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Ordena el TEE al alcalde de Alpoyeca pagar los salarios que retuvo a regidora

Jesús Saavedra

Chilpancingo

La sala de segunda instancia del Tribunal Electoral del Estado (TEE) ordenó al alcalde priista de Alpoyeca, Roberto Almora Méndez, dejar sin efecto la retención de salarios a la regidora María de los Ángeles García Cruz, al considerar esa medida como “ilegal y arbitraria”, y ordenó a quien corresponda el pago de las remuneraciones suspendidas desde el 1 de julio del año pasado a la fecha.
A instancias de la regidora García Cruz se abrió el juicio electoral ciudadano TEE/SSI/JEC/008/2012, al considerar que el ayuntamiento “violó” sus derechos políticos en su vertiente de ejercer el cargo, y como consecuencia de recibir la remuneración económica a que tiene derecho.
Este martes por la tarde, esa sala del TEE resolvió ese expediente.
En la exposición de agravios, la regidora manifestó su inconformidad porque a partir del 1 de julio del 2011 y hasta esta fecha, por órdenes del presidente municipal de Alpoyeca, Roberto Almora Méndez, le fueron retenidas sus remuneraciones económicas “sin justificación legal”, y sin haber sido notificada de algún procedimiento jurisdiccional o resolución que contenga sanción que la inhabilite, revoque o suspenda su condición de representante popular, y en consecuencia el inherente derecho a recibir la remuneración económica conforme al presupuesto autorizado por el ayuntamiento.
En el expediente se conoció que el ayuntamiento de Alpoyeca argumentó que retuvo los salarios a la regidora porque ha incumplido con dicho encargo, “ya que no se presenta a las sesiones de cabildo, no realiza gestiones relacionadas con su encargo, ni mucho menos se presenta al edificio del ayuntamiento para atender a la ciudadanía que solicita su apoyo como regidora de Participación de la Mujer”.
En el estudio de fondo del juicio, cuya ponencia estuvo a cargo del magistrado Fernando Xochihua San Martín, se determinó que el ayuntamiento de Alpoyeca incurrió en “ilegalidad al retener de manera unilateral y arbitraria los salarios”, y destacó que en todo caso debió haber dado vista al Congreso del Estado del comportamiento irregular de la regidora, quien por mayoría de sus miembros podía suspender o revocar el cargo o el mandato de la representante popular, por abandonar sus funciones sin causa justificada por un periodo de más de 15 días.
También se comprobó que no existe constancia de que el referido ayuntamiento haya presentado una denuncia o solicitado la revocación del mandato de la regidora, por lo que se determinó que el presidente municipal “violó el derecho político de la actora para ejercer el cargo de regidora que le confirió la ciudadanía”.
Previo a la votación del proyecto, los magistrados Regino Hernández Trujillo e Isaías Sánchez Nájera señalaron por separado que la retención de salarios fue un acto ilegal porque no fue sustentado en alguno de los procedimientos previstos en la ley y consideraron que fue un acto arbitrario y unilateral, y lamentaron que en estos tiempos se sigan cometiendo ese tipo de irregularidades.
Por lo anterior, el TEE dio un término de cinco días hábiles al ayuntamiento de Alpoyeca para que pague los salarios retenidos a la regidora María de los Ángeles García Cruz.

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