Carlos Toledo Manzur
Legalizar las policías comunitarias
Ante las limitaciones y los problemas que han tenido los tres órdenes de gobierno para enfrentar las graves condiciones de inseguridad que la población padece, han proliferado por todo el estado los grupos de autodefensa ciudadana y las policías comunitarias, inspiradas en la amplia experiencia de la Policía Comunitaria de la CRAC de la Montaña y Costa Chica, pero abarcando ya más circunstancias, modalidades y formas organizativas. Estas manifestaciones civiles y sociales, nacidas de la desesperación de muchas comunidades, en la mayoría de los casos han tenido impactos efectivos e inmediatos sobre las condiciones de seguridad, mejorándola significativamente, como ha venido ocurriendo ya desde hace años en el territorio de la CRAC, donde el índice delictivo ha disminuido en 95 por ciento.
Dada esta actuación exitosa de las policías comunitarias, sería muy conveniente la adopción de este modelo, para expandirlo en todo el estado como una buena alternativa para mejorar este grave y complicado asunto de la seguridad. Sin embargo, la propuesta comunitaria se enfrenta a diversos riesgos y dificultades para que pudiera convertirse en una estrategia generalizada para todo el estado. En primer lugar su estatus legal, ya que la operación de estos grupos incurre en un conjunto de acciones y actos que se salen del marco jurídico actual. Pero además una alternativa de uso generalizado de la autodefensa requiere la definición y establecimiento de procedimientos y garantías para asegurar el respeto a los derechos de todos y que no se no incurra en injusticias en la aplicación de la Ley, ni en camuflajes de la ilegalidad. En estos temas existen avances interesantes en la propia organización de los comunitarios, no solo en relación con la policía y la seguridad, sino incluso en la organización de un sistema de justicia comunitaria y regional que ya cuenta con experiencias valiosas.
Por ello es que resulta absolutamente urgente y necesaria la legalización de las policías comunitarias y los grupos de autodefensa a través de hacer una reforma profunda del marco jurídico, para que esta alternativa pueda generalizarse a todo el estado.
Sin embargo, llevar a cabo esta reforma jurídica adecuadamente no es para nada un asunto sencillo que pueda resolverse al vapor. Se requiere que se realice un proceso serio y meticuloso en el que participen juristas expertos y, lo más importante, que recoja los consensos y las experiencias de los actores y organizaciones que están involucrados. La participación y el acuerdo de las organizaciones, incipientes o más desarrolladas, que están operando los diversos casos existentes actualmente, es un asunto fundamental, así como lograr un fuerte acuerdo entre los principales actores políticos.
Un punto central que tiene una fuerte connotación política es el relativo al control de las policías comunitarias. La esencia de la experiencia llevada a cabo por la CRAC en este tema, es que los policías son controlados por las asambleas de las comunidades y por sus organizaciones. Es decir se trata de un control social y comunitario (ciudadano) del aparato de seguridad que entre otras cosas, lleva a cabo la selección de sus integrantes, lo que garantiza la honorabilidad y el compromiso de quienes se incorporan como guardianes civiles de la Ley. Sin embargo, es necesario que las maneras en que se lleve a cabo ese control social sean efectivas en todas las regiones del estado, lo que a su vez requiere que se tenga realmente una vida política comunitaria y ciudadana, con asambleas realizadas de manera periódica y organizada, con la participación de una mayoría legítima de ciudadanos, como ocurre en el territorio de la CRAC.
Asimismo se requiere establecer muy claramente los mecanismos y procedimientos puntuales para que estas asambleas y organizaciones ejerzan un control, vigilancia, seguimiento y supervisión de sus propias policías. Y todo ello incorporarlo al marco jurídico. La manera en la que se norma el funcionamiento de los ejidos y comunidades en la Ley Agraria, que está centrado en las asambleas ejidales y comunales, podría tener elementos para regular la operación de asambleas comunitarias, que sean la base de un sistema de seguridad alternativo.
Lo que sí tiene que estar muy claro en el diseño y realización de una reforma jurídica, es que se trata de adecuar las disposiciones legales a la realidad de la operación de las policías comunitarias; y no al revés, usar la ley para desvirtuar el concepto fundamental de la autodefensa y someterlos simplemente al control gubernamental.
Partiendo de las iniciativas de legalización que ya se han empezado a generar, se debe organizar un proceso de diseño, discusión y generación de acuerdos, que sea abierto, público y fuertemente participativo, a fin de que genere una propuesta de modificación jurídica lo suficientemente profunda y consistente para que contribuya realmente a mejorar este aspecto tan importante del bienestar social que es la seguridad.




