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Aumentó en dos años de 69.5 a 71.9 % la población con ingresos inferiores a la línea de bienestar

Aumentó en dos años de 69.5 a 71.9 % la población  con ingresos inferiores a la línea de bienestar

Daniel Velázquez

De 2010 a 2012 en Guerrero se incrementó la población con ingresos inferiores a la línea de bienestar y también la población con ingresos inferiores a la línea de bienestar mínimo,  de acuerdo con el informe del Consejo Nacional  de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval).
Y aunque el organismo indica que disminuyó el rezago educativo y la población con carencias de acceso a servicios de salud, la entidad es la que tiene el mayor porcentaje de personas con problemas para satisfacer sus necesidades alimentarias.
El pasado lunes el Coneval presentó la Medición de Pobreza del 2012 y el organismo especializado ubicó a Guerrero en el primer lugar de carencia alimentaria. El informe indica que en el estado el porcentaje de personas en situación de pobreza se incrementó 2.1 por ciento en el 2012 en comparación con el 2010.
De acuerdo con cifras del Coneval, en Guerrero 4 de cada 10 personas no tiene la alimentación adecuada.
En la medición multidimensional de la pobreza hecha por el Coneval, evaluó los indicadores de rezago educativo, carencia por los accesos a los servicios de salud, carencia por acceso a la seguridad social, carencia por calidad y espacios en la vivienda, carencia por acceso a los servicios básicos en la vivienda, carencia por acceso a la alimentación, población con ingreso inferior a la línea de bienestar mínimo y población con ingreso inferior a la línea de bienestar.
El estado presentó disminuciones pero continúa en el segundo lugar nacional con mayor población en situación de pobreza y pobreza extrema.
En 2012 la población de Guerrero que el Coneval consideró para realizar la medición multidimensional de la pobreza fue de 3 millones 505 mil 100 personas.
En el indicador de “Población con ingreso inferior a la línea de bienestar”, el estado pasó de de 69.5 por ciento en 2010 a 71.9 por ciento en 2012.
La “Línea de bienestar” “permite identificar a la población que no cuenta con los recursos suficientes para adquirir los bienes y servicios que requiere para satisfacer sus necesidades básicas (alimentarias y no alimentarias)”.
En la medición de la “Población con ingreso inferior a la línea de bienestar mínimo”, pasó de 38.8 por ciento en 2010 a 45.1 por ciento en 2012.

La “Línea de bienestar mínimo” definido por el Coneval “permite identificar a la población que, aun al hacer uso de todo su ingreso en la compra de alimentos, no podría adquirir lo indispensable para tener una nutricio_n adecuada”.
En el rubro de “Carencia por acceso a los servicios básicos” en la vivienda se registró otro incremento, de 56.6 en 2010 subió a 59 por ciento en 2012.
El Coneval explica que “de acuerdo con los criterios propuestos por la Comisión Nacional de Vivienda (Conavi), se considera como población en situación de carencia por servicios básicos en la vivienda a las personas que residan en viviendas con al menos una de las siguientes características: el agua se obtiene de un pozo, río, lago, arroyo, pipa, o bien, el agua entubada la obtienen por acarreo de otra vivienda, o de la llave pública o hidrante; no cuentan con servicio de drenaje, o el desagüe tiene conexio_n a una tubería que va a dar a un río, lago, mar, barranca o grieta; o no disponen de energía eléctrica”.
En el indicador de “Carencia por acceso a la alimentación”, Guerrero logró disminuir el porcentaje de 42.7 a 39.4 por ciento, pero no fue suficiente para que el estado dejara el primer lugar en carencia alimentaria.
El Coneval define que “el derecho a la alimentación es el derecho de todos los individuos a disfrutar del acceso físico y económico a una alimentación adecuada y los medios para obtenerla (Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos-OACDH, 2004). No padecer hambre es el mínimo nivel que debe estar garantizado dentro del derecho a la alimentación”.
“A fin de contar con una medida que refleje con la mayor precisión posible la existencia de limitaciones significativas en el ejercicio del derecho a la alimentación, se considera en situación de carencia por acceso a la alimentación a los hogares que presenten un grado de inseguridad alimentaria moderado o severo”, afirma.
“El grado de inseguridad alimentaria refleja el proceso que comienza con la reducción en el consumo de calorías, primero entre los adultos y luego entre los niños. Esta reducción es leve al comienzo, pero puede llevar al hambre, primero entre los adultos, y eventualmente entre los niños”, agrega.
En “Rezago educativo”, en 2010 el estado tenía un porcentaje de 28.4 por ciento y para 2012 el porcentaje disminuyó a 26.8 por ciento.
“De acuerdo con la Norma de Escolaridad Obligatoria del Estado Mexicano (NEOEM) se considera con carencia por rezago educativo a la población que cumpla los siguientes criterios: tiene 3 a 15 años, no cuenta con la educación básica obligatoria y no asiste a un centro de educación formal; o tiene 16 años o más, nació antes de 1982 y no cuenta con el nivel de educación obligatoria vigente en el momento en que debía haberla cursado (primaria completa), o tiene 16 años o más, nació a partir de 1982 y no cuenta con el nivel de educación obligatoria (secundaria completa)”, señala el Coneval.
En el rubro de “Carencia por calidad y espacios en la vivienda”, la entidad registró una disminución, pues pasó de 40.7 en 2010 a 33.4 por ciento en 2012.
Explica que “se considera como población en situación de carencia por calidad y espacios de la vivienda a las personas que residan en viviendas que presenten al menos una de las siguientes características: el material de los pisos de la vivienda es de tierra; el material del techo de la vivienda es de lámina de cartón o desechos; el material de los muros de la vivienda es de embarro o bajareque; de carrizo, bambú o palma; de lámina de cartón, metálica o asbesto; o material de desecho, o la razón de personas por cuarto (hacinamiento) es mayor o igual que 2.5”.
En la medición de “Carencia por los accesos a los servicios de salud”, el estado consiguió otra disminución de 38.9 por ciento en 2010 a 25.4 por ciento en 2012.
El Coneval dice que “se considera que una persona se encuentra en situación de carencia por acceso a los servicios de salud cuando: no cuente con adscripción o derecho a recibir servicios médicos de alguna institución que preste servicios médicos, incluyendo al Seguro Popular, a las instituciones de seguridad social (IMSS, ISSSTE federal o estatal, PEMEX, Ejército o Marina) o los servicios médicos privados”.
En el aspecto de “Carencia por acceso a la seguridad social”, el estado no consiguió ninguna variación, mantuvo el mismo porcentaje de 2010 a 2012 con 78.5 por ciento.
“La seguridad social puede ser definida como el conjunto de mecanismos diseñados para garantizar los medios de subsistencia de los individuos y sus familias ante eventualidades como accidentes o enfermedades, o ante circunstancias socialmente reconocidas como la vejez y el embarazo. La exclusión de los mecanismos sociales de protección vulnera la capacidad de los individuos para enfrentar contingencias fuera de su control que pueden disminuir significativamente su nivel de vida y el de sus familias”, señala el Coneval.
Como mecanismos de seguridad social se consideran las prestaciones de servicios médicos, incapacidad con goce de sueldo y SAR o Afore; trabajadores independientes  que disponen de servicios médicos como prestación laboral o por contratación voluntaria al régimen obligatorio del IMSS, y además disponga de SAR o Afore.
“En la población en general se considera que no tiene carencia cuando tiene alguna jubilación o pensión, o sea familiar de una persona dentro o fuera del hogar con acceso a la seguridad social”, indica el informe.
“En el caso de la población en edad de jubilación (65 años y más), se considera que no tiene carencia por acceso a la seguridad social si es beneficiario de algún programa social de pensiones para adultos mayores, y la población que no cumpla con al menos uno de los criterios mencionados anteriormente, se considera en situación de carencia por acceso a la seguridad social”, explica.

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