28 junio,2018 7:39 am

Avala la SCJN la instalación de la oficina encargada de políticas para discapacitados

Texto: Víctor Fuentes/ Agencia Reforma/ Foto: Agencia Reforma
Ciudad de México, 28 de junio de 2018. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló en definitiva la instalación de la Asamblea Consultiva del órgano encargado de las políticas públicas para personas con discapacidad, que ha sido motivo de litigios desde hace tres años.
La Segunda Sala de la Corte negó ayer un amparo que cuestionaba la convocatoria e instalación de la Asamblea Consultiva del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (Conadis), que un juez federal había declarado inconstitucional.
Por cuatro votos contra uno, la Sala determinó que anular la instalación de la Asamblea Consultiva, realizada en mayo de 2017, iría en perjuicio de los intereses que se busca proteger con la existencia del Conadis.
“El establecimiento e integración de la Asamblea Consultiva del Conadis representa un avance importante para que el Estado mexicano pueda dar cumplimiento al artículo 4.3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ya que permite el involucramiento efectivo y real a las personas con discapacidad en los procesos de toma de decisiones gubernamentales sobre cuestiones que les afecten”, afirmó la Corte.
El juez de Distrito Francisco Javier Rebolledo había ordenado anular la instalación de la Asamblea, por un defecto formal en la convocatoria para instalarla, a saber, que se hizo referencia al Estatuto Orgánico del Conadis, declarado inconstitucional en otro amparo.
La Corte rechazó que esta pueda ser razón para revertir todo el proceso de instalación de la Asamblea del Conadis, órgano descentralizado adscrito a la Secretaría de Desarrollo Social.
“Dejar insubsistente la convocatoria reclamada y, por ende, la integración actual de la Asamblea Consultiva del Conadis, atendiendo meramente a la referencia que se hizo al Estatuto Orgánico de tal ente estatal, lejos de generar un verdadero beneficio a la promoción, respeto, protección y garantía de los derechos de las personas con discapacidad, produciría un perjuicio para la salvaguarda de tales derechos fundamentales”, resolvió la Corte.
También rechazó el argumento de que la convocatoria para la Asamblea no se hizo con la difusión necesaria, ni en formatos accesibles para personas con discapacidad, pues 176 organizaciones que las representan tuvieron conocimiento y participaron en el proceso.
El amparo fue negado a la asociación civil Consejo Consultivo para Personas con Discapacidad (Cocopadis), que desde 2015 promovió amparos para impugnar el Estatuto Orgánico de Conadis, cuyos defectos legales ya fueron corregidos.