16 diciembre,2020 11:46 am

Avalan Covid-19 como enfermedad de riesgo de trabajo para maestros

Así lo dio a conocer el secretario de Educación federal, Esteban Moctezuma, con la aprobación del presidente López Obrador

Ciudad de México, 16 de diciembre de 2020. El presidente Andrés Manuel López Obrador aprobó que Covid-19 sea considerado como enfermedad de riesgo de trabajo para los docentes de México.

Así lo informó esta madrugada el titular de la Secretaría de Educación Pública (SEP), Esteban Moctezuma, a quien ayer le externó esta solicitud Alfonso Cepeda, secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación.

“El Presidente @lopezobrador_ me aceptó, en reconocimiento a la entrega de maestras y maestros de #Mexico por el aprendizaje, considerar al #Covid_19mx como enfermedad de riesgo de trabajo. Con efectos cuando reinicien clases presenciales”, notificó a través de su cuenta de Twitter.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, en el título noveno se especifica que los riesgos de trabajo son aquellos “accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo”.

En caso de presentarlas, la ley contempla tres tipos de incapacidades: la temporal, permanente y permanente total, mismas que son pagadas y absorbidas por el patrón, y dependen del salario del trabajador al momento del incidente.

“La cantidad que se tome como base para el pago de las indemnizaciones no podrá ser inferior al salario mínimo”, acota el documento oficial.

Además de la indemnización, con base en este documento, ante un riesgo de trabajo, el docente tendrá derecho a asistencia médica y quirúrgica; rehabilitación; hospitalización, cuando el caso lo requiera; medicamentos y material de curación; los aparatos de prótesis y ortopedia necesarios.

Asimismo, se obliga al patrón a prestar los primeros auxilios y a cuidar del traslado del trabajador a su domicilio o a un centro médico.

La ley citada también advierte que en los casos de falta inexcusable del patrón, la indemnización podrá aumentarse hasta en un 25 por ciento, a juicio del Tribunal.

La falta inexcusable del empleador aplicará si éste no cumple las disposiciones legales, reglamentarias y las contenidas en las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo.

Y entre otros, si habiéndose realizado accidentes anteriores, no adopta las medidas adecuadas para evitar su repetición; si los trabajadores hacen notar al patrón el peligro que corren y éste no adopta las medidas adecuadas para evitarlo.

Otra de las peticiones de docentes y sindicatos fue que se incluya a los docentes como grupo prioritario para la vacuna contra el nuevo coronavirus.

Texto: Iris Velazquez / Agencia Reforma