10 junio,2024 9:23 am

Avanza en el Congreso dictamen para eliminar pensión a magistrados y jueces del TSJ

 

Chilpancingo, Guerrero, 10 de junio de 2024. La comisión de Justicia del Congreso local aprobó un dictamen con proyecto de decreto por medio del cual se propone eliminar el retiro vitalicio equivalente al 100 por ciento de las percepciones de los jueces y magistrados del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), de acuerdo con un documento fechado el pasado 5 de junio.

La propuesta, con la que se reforma el artículo 71 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, fue signada por el diputado del PRD, Bernardo Ortega Jiménez, y según algunas fuentes puede subirse a tribuna este martes.

El artículo 71 de la Ley Orgánica del Poder Judicial vigente establece que los magistrados del Tribunal Superior de Justicia al retirarse tendrán derecho “a un haber de retiro de carácter vitalicio equivalente al cien por ciento durante los dos primeros años y al setenta por ciento durante el resto del tiempo, del ingreso mensual que corresponda a los magistrados en activo”.

Además, indica que cuando los magistrados se retiren sin haber cumplido quince años en el ejercicio del cargo, “tendrán derecho a la remuneración de manera proporcional al tiempo de su desempeño en el ejercicio del cargo”.

En tanto que la propuesta que se reforma dice que el haber de retiro consiste en una prestación económica “personalísima e intransferible, que se cubrirá mediante único pago, en una sola exhibición”, y que será equivalente a tres meses de remuneraciones que el magistrado o juez percibía al momento de su terminación de cargo o de retiro, así como el equivalente a un mes de remuneración por cada dos años de servicios prestados como magistrado o juez”.

La propuesta de reforma agrega: “El haber de retiro no se otorgará en los casos que el magistrado o juez sea privado de su cargo en forma definitiva por sanción, de conformidad con las disposiciones de la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado”.

Aclara que: “Cuando la persona que ocupe el cargo de magistrado provenga de carrera judicial, haya sido juez o trabajador del Poder Judicial del Estado, sus derechos laborales y retiro le serán respetados independientemente del haber de retiro como magistrado o juez”.

Texto: Zacarías Cervantes / Foto: Archivo