10 abril,2019 1:00 pm

Buscan diputados tipificar desplazamiento forzado

Un dictamen establece que a partir de la llamada guerra contra el narcotráfico emprendida por el entonces presidente Felipe Calderón y continuada por Peña Nieto, el país entró en una grave crisis de inseguridad y violencia, sobre todo en zonas y comunidades rurales.
Ciudad de México, 10 de abril de 2019. La Cámara de Diputados hará este miércoles la declaratoria de publicidad del dictamen que tipifica como delito el desplazamiento interno de personas.
El dictamen de la Comisión de Justicia adiciona el capítulo tercero al título decimoctavo del Código Penal Federal.
Según el documento, a partir de la llamada guerra contra el narcotráfico emprendida por el entonces presidente Felipe Calderón Hinojosa y continuada por Enrique Peña Nieto, el territorio nacional entró en una grave crisis de inseguridad y violencia, sobre todo en zonas y comunidades rurales.
A raíz de esta violencia, agrega, y al quedar atrapados en medio de operativos militares, pobladores tuvieron que abandonar sus hogares y trasladarse a lo que consideraban zonas más seguras para ellos.
De acuerdo con el dictamen, el número de desplazados ha aumentado de forma dramática.
El Centro de Monitoreo de Desplazamientos Internos del Consejo de Noruega para Refugiados señala que para 2016 existían 310 mil víctimas de desplazamiento forzado interno en el País, la mayoría de ella a causa de la violencia en diferentes estados.
En tanto, el Informe Especial sobre Desplazamiento Forzado Interno en México, elaborado por la CNDH, reporta la existencia de más de 35 mil personas desplazadas en 25 entidades federativas.
“En los últimos años, la movilidad de las personas se relaciona principalmente con grupos armados que están azotando diversas partes del territorio nacional, está violencia no se ha podido frenar por parte de más autoridades, lo que ha provocado desprotección de las víctimas”, sostiene.
Ante ello, el dictamen de la Comisión de Justicia propone incluir un capítulo III, titulado Delito de Desplazamiento Forzado.
El capítulo contará de un solo artículo, el 287 bis, y establece las penas que se aplicarán para dicho delito.
“Comete el delito de desplazamiento forzado interno quien, de manera individual o colectiva, mediante violencia o cualquier otro medio o acto coactivo, realizado contra una persona o grupo de personas, ocasione que abandonen su lugar de residencia”, establece.
“Se impondrá pena de 6 a 12 años de prisión y de 300 a 600 días de multa a la persona que incurra en la conducta prevista en el párrafo anterior”.
El dictamen establece que la pena aumentará hasta una mitad cuando el delito se cometa en contra de niñas, niños, adolescentes, personas defensoras de derechos humanos y periodistas.
Según el documento no se entenderá por desplazamiento forzado interno el movimiento de población que realice la autoridad cuando tenga por objeto su seguridad o por mandato judicial.
Texto: Martha Martínez / Claudia Salazar / Agencia Reforma
Foto desplazados de Guerrero:  Archivo El Sur-Tomás Martínez / Agencia Reforma
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