6 marzo,2018 6:59 am

Califica la CNDH con riesgo crítico a cinco de los 11 penales con baja población del estado

Las cárceles señaladas son la de Tecpan de Galeana, Coyuca de Catalán, Arcelia, Taxco y Ometepec. Recomienda la Comisión al gobierno del estado desarrollar obras de infraestructura y acciones efectivas para mejorar la readaptación social.
Texto: Lourdes Chávez
Foto: Archivo EFE
Chilpancingo, Guerrero. La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) clasificó con riesgo crítico cinco de los 11 penales con baja población penitenciaria en Guerrero; uno en riesgo alto, tres en situación de riesgo moderado, y dos no entraron en alguno de estos los tipos de riesgo, según el Informe Especial de los Centros de Reclusión, publicado por el organismo con datos a diciembre de 2017.
La CNDH recomienda a los gobernadores de Guerrero y otras entidades, desarrollar obras de infraestructura penitenciaria de baja capacidad (diseñados para 250 prisioneros), con acciones efectivas para mejorar la readaptación social, de acuerdo con las exigencias que señala la Constitución y que se derivan de las “Reglas Mandela”, normas mínimas de Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos.
Para la CNDH, la versión más reducida de penales en México debe atender a 250 presos, en un terreno de 16 mil metros cuadrados en promedio, “si se considera la dotación de 64 metros cuadrados por persona privada de la libertad”.
Pero la mayoría de los 109 centros estatales de readaptación de “baja capacidad” del país, sin contar las cárceles de municipales, no tiene infraestructura para desarrollar un buen régimen penitenciario, y 48 tiene problemas de sobrepoblación.
Entre los penales con sobrecupo aparecen cinco en “riesgo crítico” en Guerrero, la prisión de Tecpan de Galeana, con instalaciones para 65 internos, tienen 144, sobrepasa su capacidad en 122 por ciento.
El de Coyuca de Catalán, con capacidad para 65 presos, tiene 94, es decir, 45 por ciento de sobrecupo; y la prisión de Arcelia, que tiene capacidad para 34 reclusos, alberga 49, 15 por encima de su capacidad.
Taxco y Ometepec, que tienen una capacidad similar de 67 y 62 internos, tienen 97 y 144 reclusos, un sobrecupo de 45 y 129 por ciento.
Aunque la prisión de Taxco es muy pequeña, y con una sobrepoblación de 30 reclusos, aparece entre un bloque de prisiones en el país, “que no respeta la clasificación entre procesados y sentenciados, se presenta sobrepoblación, hacinamiento, falta de actividades laborales, de capacitación para el trabajo, educativas y deportivas”.
La CNDH agrega otras deficiencias halladas durante recorridos en 2015 y 2016, “en algunos centros se observaron malas condiciones materiales, higiene deficiente en el área médica y de igual manera pobre infraestructura y mal equipamiento de cocinas, repercutiendo en la elaboración, calidad y distribución de los alimentos”.
En la estadística de centros con sobrepoblación, la CNDH coloca al penal de San Luis Acatlán, en “riesgo alto” con 33 por ciento más de su capacidad de reclusión, ya que tiene espacio para 48 reclusos, pero alberga 64.
Las prisiones de Zihuatanejo, Chilapa y Teloloapan aparecen como penales de “riesgo moderado”, pues el sobrecupo es igual o menor a 7 por ciento. Zihuatanejo, con capacidad para 108 internos, tiene 116; Chilapa con espacios para 121 personas, tiene 128, y Teloloapan, con capacidad para 52, reportó 54.
Fuera del cuadro de sobrepoblación, quedaron las prisiones de la Unión y de Ayutla de los libres, que tienen menos población penitencia, de la que limita su capacidad. En la Unión, con espacios para 200 presos, el penal tiene 118; y en Ayutla, con capacidad para 127, hay 87.
La Comisión explicó que, a diciembre de 2017, el sistema penitenciario del país albergaba 204 mil 617 presos en 358 penales. La gran mayoría, 99.3 por ciento de la población penitencia está en prisiones con alta capacidad, son los casos de Acapulco y Chilpancingo.
Mientras, 109 penales de baja capacidad en la República mexicana, albergan a 13 mil 177 reos (0.6 por ciento del total nacional), la mayoría de estos centros penitenciarios no cuentan con la infraestructura para un buen régimen penitenciario.
El organismo reiteró su preocupación por la ausencia de políticas públicas enfocadas al diseño de un verdadero sistema penitenciario que haga compatible la infraestructura de las prisiones con los sistemas de gestión penitenciaria, en concordancia con los instrumentos internacionales y las normas que deben de observarse durante la prisión preventiva y la ejecución de penas”.
Precisó que, en lo general, el problema de los penales pequeños no es la sobrepoblación, “lo que existe es una inadecuada clasificación que provoca en algunos centros esta problemática”.
La CNDH solicita a los gobernadores y al comisionado nacional de Seguridad Pública, que desarrollen acciones efectivas para mejorar los centros, de acuerdo con las exigencias previstas en el artículo 18 Constitucional, los criterios que se derivan de las “Reglas Mandela”, los estándares nacionales e internacionales, las buenas prácticas y los resultados de los estudios desarrollados en la materia.
También que consideren en esta mejora, programas de especial atención a las necesidades específicas de esta población, bajo criterios de protección a sus derechos humanos, particularmente de las mujeres y sus hijos menores, “bajo los principios de progresividad, universalidad e indivisibilidad, de conformidad con los estándares internacionales”.
Recomienda también que establezcan programas de dignificación penitenciaria en infraestructura y equipamiento, “para garantizar la separación de procesados y sentenciados, seguridad, salud, deporte, educación, trabajo, capacitación, y vinculación con su entorno social y familiar, “elementos básicos para una reinserción social bajo el criterio de respeto a la dignidad de las personas”.
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