8 junio,2023 10:12 am

Califican de irresponsable al Museo de las Momias, de Guanajuato, por exhibir los cuerpos con fines turísticos

 

Ciudad de México, 8 de junio de 2023. Todo cuerpo momificado fue persona y debe ser tratado con la dignidad que lo amerita.

Así lo advierte Carlos Lara, especialista en política cultural, a propósito de la polémica suscitada por la exhibición y traslado de restos, con fines turísticos, provenientes de recintos como el Museo de las Momias de Guanajuato.

Existe, subraya el experto, el derecho post mortem.

“Y hablar de derechos post mórtem comporta responsabilidades específicas para cada persona, y cada institución”, indica en entrevista, y menciona convenios, pactos, declaraciones, leyes, reglamentos y códigos, entre otros ordenamientos, nacionales e internacionales, de los que México es suscriptor y que debe cumplir.

Lo anterior, no obstante, no se refleja en recintos como el guanajuatense.

Las autoridades municipales han insistido en trasladar y exhibir los restos fuera de su espacio.

A finales de marzo, por ejemplo, el Ayuntamiento de Guanajuato presentó una serie de cuerpos en la edición 47 del Tianguis Turístico, en el Centro Citibanamex, en la Ciudad de México, como lo han hecho anteriormente en ferias y festivales.

“Estamos ante un caso de irresponsabilidad máxima, porque en lugar de hacer lo que al Estado le corresponde, hacen promoción turística con eso y van contra los derechos post mortem. Es como un circo en el que dicen: ‘¡Pasen a ver a la mujer barbona!’. Ese criterio de cirqueros para la gente de turismo y de cultura de Guanajuato es irresponsable; tendrían que poner orden y dar una adecuada honra a la memoria de estas personas, comenzando por el nombre”, opina Lara, autor del libro El patrimonio cultural en México, Un recurso estratégico para el desarrollo.

Y es que llamarles momias también atenta contra los fallecidos.

En este sentido, refiere como ejemplo el Museo Británico de Londres, institución que les llama ahora personas momificadas, una designación que implica derechos post mortem, señala el especialista.

Lara advierte que hace falta atender el tema en México de manera seria, en colaboración con el INAH: “Y definir qué va a pasar, si van a seguir (los cuerpos) en el museo (de Guanajuato)”.

El integrante de la organización de activismo jurídico Artículo 27 cuestiona si existe un acto de autoridad que respalde la exhibición de las personas momificadas.

“¿En calidad de qué están en un museo y no como marca la ley de salud, en un panteón?”, se pregunta.

“Si no hay un acto jurídico administrativo que los coloque ahí (a los cuerpos momificados), entonces están violando la ley”.

Se contravienen, además de leyes, diversas disposiciones jurídicas, como las relativas a panteones o códigos civiles, que prohíben, por ejemplo, la mercantilización de cenizas, criterio que puede aplicarse a los restos momificados.

En el caso de las “momias”, existe una mercantilización de las mismas, advierte Lara, toda vez que el Ayuntamiento cobra una tarifa para que el público las mire.

“Aquí no aplica que la ley es posterior: puede ser retroactiva, siempre que sea en beneficio, no en perjuicio, y aquí es en beneficio de personas a las que amparan todos los tratados”, aclara.

En ese sentido, Lara señala como fundamento de los derechos post mórtem la dignidad intrínseca de las personas y concuerda con posturas como la del académico Héctor Villarreal, quien considera a estos derechos como inmutables y perpetuos.

Del artículo sexto de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que reconoce la personalidad jurídica de todo ser humano, “se deriva que todo cadáver debe ser inhumado o cremado y guardar un registro descriptivo de sus señas particulares ante la falta de evidencias de su nombre, así como de la fecha de su inhumación o cremación y del lugar donde quedaron sus restos.

“En caso de que posteriormente sus restos sean cambiados de lugar, debe también registrarse”, prosigue.

Además, del derecho a no ser víctima de ataques a la honra o a la reputación, se fundamenta que los cadáveres y restos humanos no deben someterse a ningún escarnio público ni privado, sea por su exhibición presencial o en medios de comunicación, ni a que se falte a su honorabilidad.

Lara menciona, además, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, cuyo Artículo 7 reconoce que “nadie será sometido sin su libre consentimiento a experimentos médicos o científicos”, lo cual fundamenta la exigencia a que se respete el cadáver y el material orgánico de toda persona.

Texto: Yanireth Israde / Agencia Reforma

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