
Ciudad de México, 4 de julio de 2025.- Un tribunal federal canceló la última posibilidad legal para revivir el caso de la concesión del Viaducto Bicentenario a OHL (hoy Aleática), en el que la Fiscalía General de la República (FGR) atribuyó a siete imputados un supuesto daño al erario de 8 mil 403.2 millones de pesos.
Por unanimidad, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de Toluca desechó ayer en definitiva el amparo con el que el abogado Paulo Díez Gargari buscaba ser reconocido como víctima en este asunto y, por consecuencia, que los denunciados volvieran a ser imputados.
Los magistrados concluyeron que es improcedente su amparo porque reclamó un acto consumado y de imposible reparación, en virtud de que un juez de control y luego un tribunal ya resolvieron no vincular a proceso a los señalados y cancelaron la imputación en forma definitiva.
Es decir, tanto la carpeta de investigación como la causa penal han sido canceladas de modo irreversible, lo que también significa un revés para la FGR.
“(La causal) se encuentra vinculada con la improcedencia del juicio de amparo contra actos consumados de modo irreparable, esto es así, porque en la causa penal de la que deriva el actor reclamado se dictó auto de no vinculación a proceso a favor de los imputados, con efectos de sobreseimiento”, señaló el ponente del proyecto de sentencia.
“Aunado a ello, dicha determinación fue recurrida en apelación por el agente del Ministerio Público de la Federación, respecto del cual correspondió conocer al Primer Tribunal Colegiado de Apelación, quien confirmó la resolución recurrida”.
En este asunto, la FGR imputó a un ejecutivo, tres ex directivos y tres ex funcionarios del Estado de México por los delitos de asociación delictuosa y explotación ilegal de un bien de la nación, ya uno de ellos adicionalmente por usurpación de funciones.
La Fiscalía sostuvo que la explotación del tramo Viaducto Bicentenario, por parte de OHL-Aleática, era ilegal porque la concesión no fue autorizada por la Federación sino por el Gobierno del Edomex, con un título del 7 de mayo de 2008.
El 13 de marzo de 2024, Daniel Ramírez Peña, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal de Almoloya de Juárez, dictó la no vinculación a proceso y ordenó sobreseer o cancelar en forma definitiva esta investigación, porque no existía delito.
El fallo benefició a Rubén Gerardo López Barrera, director general de Aleática; José Andrés de Oteyza Fernández y Sergio Hidalgo Monroy Portillo, ex presidente del Consejo de Administración y ex Director general de OHL, respectivamente.
También a favor de Ernesto Javier Nemer Álvarez y Luis Gilberto Limón Chávez, ex secretarios generales de Gobierno y de Movilidad; así como Jorge Joaquín González Bezares, director general de la Junta de Caminos, y Alberto Tomás Angulo Lara, director federal en Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Sistemas Conexos y Auxiliares, todos del Edomex.
La FGR apeló el fallo del juez y el tribunal de apelación confirmó la cancelación de la imputación en junio de 2024, decisión que fue el final del litigio para la Fiscalía.
Sin embargo, había otra vía que no estaba agotada. En la misma audiencia de marzo del año pasado, Ramírez Peña no reconoció la calidad de víctima a Díez Gargari, denunciante del caso.
El abogado presentó un amparo, pero el juez en esa materia lo desechó porque estimó que antes de interponer su demanda de garantías, el quejoso debía haber presentado un recurso de revocación y no lo hizo.
Díez impugnó el desechamiento y ahora un tribunal lo ha confirmado -aunque con el argumento diverso ya reseñado-, lo que constituye el final del litigio.
Agencia Reforma


