
Chilpancingo, Guerrero, a 24 de septiembre de 2025.- La jueza Mariela Soraya Alfaro Zapata dictó un fallo condenatorio a los cuatro detenidos por el feminicidio de la niña Ayelin Iczae Gutiérrez Marcelo, desaparecida y asesinada en Tixtla en octubre de 2020, con detalle de los argumentos para establecer que se cometió el delito con tres causales de género, y para validar la declaración de la única testigo de cargo que durante el juicio oral rechazó haber señalado a los detenidos.
Subsanó las deficiencias de la Fiscalía General del Estado.
En una audiencia de cinco horas, donde revisaba al mismo tiempo legajos del expediente, confirmó que en el cuerpo de la víctima se halló semen de un quinto perfil genético, que permitió establecer que hubo una violación sexual, así como una mancha sangre sobre un tenis blanco de la niña, que corresponden a un hombre de quien se desconoce la identidad, pero no se pronunció al respecto.
Al final, se refirió a algunas de las inconsistencias que señaló la defensa particular en la audiencia de alegatos, como contradicciones de testigos, que no haya documentos de las diligencias ni cadenas de custodia, que sólo presentaron folios y no registros en la averiguación previa, ni acta de defunción de la víctima.
La jueza consideró “que no tienen el alcance de demeritar las pruebas”, y lo reseñara en el documento de la sesión del fallo condenatorio.
Citó para el martes 30 de septiembre a las 2 de la tarde, la audiencia para la individualización de sentencia y reparación del daño de Aurelio Guillermo Rodríguez, Juan Pablo de la Cruz, Hugo Guerrero y Eleazar Casarrubias, como responsables de feminicidio.
La mamá de Ayelin, Flora Marcelo Rojas, que asistió de manera virtual a la sala, pidió la pena máxima, “una sentencia justa para Ayelin, no se merecía que le quitarán la vida de una manera tan cruel, tan ruin. Deberíamos estar celebrando sus 18 años, no pidiendo justicia”.
El abogado de la defensa, Juan Rivas, en línea, calificó la audiencia como “una burla a la administración de la justicia”, al momento de solicitar los testigos de video de la audiencia de alegatos finales del día anterior, que no había recibido, así como los de esta audiencia de fallo, para trabajar cuestiones de la apelación, adelantó.
Incluso, pidió a su representado, uno de los señalados, autorización para continuar el litigio, mientras la jueza lo llamaba al orden.
En la lectura del fallo, la jueza recriminó a la Fiscalía que no haya propuesto a la testigo de cargo, que planteó la asesora legal del Consejo de la Judicatura, Aracely Velasco Santiago. No intervino la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del estado (CEAV).
Denunció también la omisión de la Fiscalía en la audiencia de alegatos finales, de argumentar la causal séptima del delito de feminicidio, de que “la víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida”, que incorporó el martes.
Corrigió la plana de la representación legal con varios peritajes que reseñó previamente, para establecer que el periodo de la desaparición de Ayelin, fue de las 9 de la noche del 15 de octubre de 2020, a las 8:35 de la mañana del 19 del mismo mes y año, considerando que su mamá habló con ella por teléfono a las 3:30 de la tarde del día de la desaparición, y a las 9 de la noche, cuando regresó a su domicilio, ya no estaba en su casa, y entonces comenzaron la búsqueda, con su pareja de entonces, Eduardo Gatica.
El juez del Tribunal Unitario añadió que la localización de los restos en la barranca La Candelaria fue a las 8:55 de la mañana del 19 de octubre, con la declaración de María Oliva, hermana de Flora, de que a esa hora recibió una llamada de su hermano Bartolo, para decirle que regresara, “al parecer la habían encontrado, que no estaba nada bien”.
Confirmó lo dicho por el abogado de la defensa el día anterior, que la hora estimada de la muerte de Ayelin, fue a alrededor de las 10 de la noche del 17 de octubre, a partir del resultado de la necropsia a las 2 de la tarde, que estableció una ventana de postmorten de 35 a 40 horas, antes del procedimiento.
La mayor parte de la audiencia, Alfaro Zapata estableció con peritajes y declaraciones, lo planteado por la parte agraviada en los alegatos iniciales: la existencia previa de una vida, la suspensión de la vida y que haya cometido por razones de género, la violación sexual, lesiones o mutilaciones degradantes, el único punto que desestimó porque las pruebas periciales concluyeron que el cuerpo de la víctima fue desmembrado por perros, no por un agresor.
Así como la exposición del cuerpo en un lugar público, y que la víctima haya sido incomunicada.
Sobre la responsabilidad de los acusados, indicó que si Azalea Guillermo, a quien declaró como testigo hostil en el juicio oral, negó que declaró contra los acusados ante un policía ministerial en la Fiscalía, sí reconoce que estuvo en la oficina donde firmó el documento. Ella decía que le dijeron que la firma era para apoyar la búsqueda.
Mediante preguntas sugestivas dijo que la asesora logró evidenciar contradicciones, y la testigo tampoco negó haber estado en la barranca, o no haber visto a los cuatro señalados en la barranca la noche anterior a la localización de los restos de Ayelin, con una costalilla blanca con un olor muy fuerte, pensó que iban a tirar a un animal muerto, como dice la declaración escrita, y que al siguiente día, del hallazgo, consideró que habían vaciado la costalilla con los restos de Ayelin.
Relacionó dicho testimonio escrito con la declaración del policía ministerial Pantaleón Loaeza Campos, que recabó la entrevista de manera reservada, inicialmente se identificó como testigo 2, ya que dijo que temía por su seguridad.
También señaló que en el perfil genético de la víctima identificaron fibras de plástico blancas, que corresponden a la costalilla.
Texto: Lourdes Chávez / Foto: Archivo


