23 junio,2023 4:31 am

Convienen gobiernos federal y estatal presupuesto de más de 24 mdp para búsqueda de desaparecidos

 

Entre los lineamientos está que al menos 25 por ciento del monto total solicitado, se debe aplicar, en el fortalecimiento de capacidades para acciones de búsqueda y localización de las Comisiones Locales de Búsqueda, el resto se podrá aplicar para temas forenses

 

 

 

Chilpancingo, Guerrero, 23 de junio de 2023. El gobierno federal y el gobierno del estado suscribieron un convenio para acceder a un presupuesto de 24 millones 342 mil 642 pesos con 90 centavos, para la búsqueda de personas desaparecidas en Guerrero. El estado aporta el 10 por ciento: 2 millones 434 mil 264 pesos con 29 centavos.

Este jueves se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Convenio de Coordinación y Adhesión para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas a través de sus Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones de búsqueda de personas, en el marco de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, que celebran la Secretaría de Gobernación, por conducto de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas y el estado de Guerrero.

El gobierno del estado suscribió el convenio en la vertiente II.b Infraestructura para el fortalecimiento de comisiones locales de búsqueda, y capacidades e infraestructura para acciones de búsqueda forense con fines de identificación humana y por eso accedió al monto máximo de poco mas de 24 millones de pesos.

De acuerdo con los lineamientos vigentes para este 2023, “esta modalidad debe aplicar, obligatoriamente, conceptos de la Modalidad I, Fortalecimiento de capacidades para acciones de búsqueda y localización de las Comisiones Locales de Búsqueda, al menos el 25 por ciento del monto total solicitado. El resto se podrá aplicar para temas forenses”.

El dinero debe aplicarse en la “adecuación, ampliación y/o construcción de Centros de Resguardo Temporal”, para este fin se debe contar un predio para llevar a cabo la obra, del cual deberá acreditarse la propiedad a nombre del Gobierno del Estado o del Gobierno Federal”.

También podrá emplearse para el equipamiento para Centros de Resguardo Temporal de Cuerpos; equipamiento para Centros de Identificación Humana; insumos para Centros de Identificación, sujeto a validación del Centro Nacional de Identificación Humana; reactivos para toma de muestras referenciales, sujeto a validación del Centro Nacional de Identificación Humana, y siempre con la obligación de que los mismos se dediquen exclusivamente, por las Instituciones estatales con fines de identificación humana, a la identificación de personas desaparecidas y no localizadas, con una metodología de enfoque masivo a gran escala aplicada por la Comisión Nacional de Búsqueda, y que la información sea entregada en los términos dispuestos por la misma, y software en programas que permitan la comparación masiva de perfiles genéticos de restos y de los grupos familiares cuyo objeto sea generar coincidencias genéticas, bajo los criterios y validación del Centro Nacional de Identificación Humana.

El dinero no ejercido hasta el 31 de diciembre de 2023 deberá devolverse a la federación a más tardar el 15 de enero de 2024, “junto con los rendimientos financieros generados”. El acta de cierre del ejercicio 2023 deberán entregarla a más tardar el 15 de febrero de 2024 a la Comisión Nacional de Búsqueda.

El acta de cierre del ejercicio 2023 deberá incluir el reporte de aplicación de los recursos, la documentación comprobatoria que acredite la aplicación de los mismos tales como contratos, convenios, pedidos, facturas y actas o documentales que acrediten la recepción de conformidad de los bienes y servicios contratados, los estados de cuenta de la cuenta bancaria, medios de verificación que contenga memoria fotográfica y/o videográfica en la que se identifiquen los bienes y servicios adquiridos en el marco del Proyecto Ejecutivo y su funcionamiento, el informe, reporte o estudio del análisis de contexto aplicado a la desaparición de personas y en el caso de actividades de comunicación tales como campañas de prevención, difusión, publicidad, en medios (impresos, radio, televisión o digitales) vallas, espectaculares, etc. o impresos (trípticos, volantes, etc.) será necesario incluir: plan o estrategia de medios, evaluación de impacto correspondiente, informe de resultados.

 

 

 

 

Texto: Daniel Velázquez / Foto: Carmen González Benicio