14 diciembre,2022 9:20 am

Dan 60 años de cárcel a cuatro militares por desaparición forzada y ejecución en 2015

 

Ciudad de México, 14 de diciembre de 2022. La Suprema Corte de Justicia confirmó, en definitiva, 60 años de cárcel contra un coronel y otros tres oficiales del Ejército, sentenciados por la desaparición forzada y ejecución de siete civiles en Calera, Zacatecas, en julio de 2015, entre ellos una mujer y dos menores de edad.

La Primera Sala de la Corte desechó el 30 de noviembre el último recurso del Coronel retirado Martin Pérez Reséndiz, del Capitán José Manuel Castañeda Hernández, del Teniente Víctor Manuel González Aldrete, y del Subteniente Juan Ordóñez Prado.

Documentos del hackeo de Guacamaya indican que, en mayo de 2021, personal jurídico de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) hizo preparaciones para exponer este caso durante un desayuno con el Presidente de la Corte, Arturo Zaldívar.

“Los cuatro militares son acusados (sin pruebas fehacientes) de que el día 7 de julio 2015, sustrajeron a siete civiles de un domicilio ubicado en Calera, Zacatecas, y haber subido a tres de ellos a una camioneta y a otros cuatro, a otra camioneta, para posteriormente ultimarlos de un disparo en la cabeza y abandonarlos en dos lugares distintos”, menciona una presentación de power point previa al desayuno.

En esa fecha, estaba pendiente ante el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito el amparo directo de los acusados contra la condena que les había impuesto un tribunal unitario.

“Se solicite al C. Pdte. de la SCJN que el Magistrado ponente (en el tribunal colegiado) advierta que se violentaron los derechos humanos de los sentenciados relativos a la debida defensa y les otorgue el amparo y protección de la justicia federal, cuando menos, para el efecto de que se reponga el procedimiento y se dé la oportunidad a los sentenciados de contar con una adecuada defensa”, fue el plan para el desayuno.

Pero el tribunal colegiado no tuvo consideraciones para los militares, y el 19 de noviembre de 2021, negó el amparo y confirmó la condena.

La defensa promovió un recurso de revisión ante la Corte, buscando probar violaciones al derecho de defensa adecuada durante el juicio de primera instancia, que Zaldívar admitió a trámite.

El ministro Jorge Pardo incluso publicó un proyecto que declaraba fundado este recurso. Ordenaba revisar si los testigos de cargo fueron torturados, como alegó la defensa, y de ser el caso, repetir la audiencia del juicio oral.

Sin embargo, en su sesión publica, la Primera Sala desechó el recurso de los militares —con voto en contra del Ministro Alfredo Gutiérrez—. Esto implica que la mayoría consideró que no había tema de Constitucionalidad que ameritara su intervención, y cerró el caso en definitiva.

La operación

El 7 de julio de 2015, el coronel Pérez, comandante de un batallón que participaba en el operativo “Fresnillo Seguro”, ordenó enviar un convoy de cinco camionetas con 30 elementos de tropa, al mando del Capitán Castañeda y otros tres oficiales, a detener a un jefe de plaza detectado por los militares, que operaba en el municipio de Calera, a medio camino entre Zacatecas y Fresnillo.

Según la sentencia del tribunal colegiado —que censuró los nombres de acusados y víctimas, entre muchos otros datos—, alrededor de las 6 de la mañana los soldados entraron sin orden judicial a catear un domicilio y se llevaron a varias personas, incluidos dos menores.

Estas personas nunca fueron presentadas ante alguna autoridad. La Procuraduría General de la República (PGR) no estaba enterada del operativo y Calera estaba fuera del sector asignado al batallón de Pérez.

Entre las 11 y 12 del día, los soldados ejecutaron a los detenidos. Cuatro de ellos, incluida una mujer, fueron ultimados por el Teniente González Aldrete con una pistola nueve milímetros, en una casa abandonada cerca de la comunidad La Tesorera, mientras que los otros tres, entre los que estaban dos menores de edad, fueron ejecutados en un arroyo cercano a la comunidad El Naranjo.

“No eran unas blancas palomitas”, le justificó González a uno de los soldados, mostrándole en su celular un video de civiles degollando a otros civiles. Pero la mujer ejecutada les había dicho que era una trabajadora sexual, y dos detenidos le habían pagado por sus servicios esa noche.

Según los testigos, en algún momento entre las dos ejecuciones, el coronel Pérez alcanzó al convoy para reunirse con el Capitán Castañeda, el Teniente González y el Subteniente Ordóñez.

Pérez y sus oficiales acordaron un encubrimiento, alterando los reportes de los itinerarios del convoy. El encubrimiento se empezó a desmoronar días después, cuando familiares de las víctimas denunciaron su desaparición en la prensa y ante las autoridades locales.

Los cadáveres fueron localizados, y fiscales militares y de la PGR obtuvieron declaraciones de ocho soldados que iban en el convoy.

Durante el juicio, los acusados sostuvieron que toda la historia fue fabricada por los fiscales militares que torturaron a los testigos y declararon que el día de los hechos ningún miembro del batallón estuvo en Calera, porque no era su sector, y que las ejecuciones pudieron ser perpetradas por narcos rivales disfrazados de soldados.

Ni el juez federal que dictó la condena de primera instancia en octubre de 2018, ni el tribunal unitario que revisó la apelación, ni el tribunal colegiado que negó el amparo directo, aceptaron esta historia.

Texto: Agencia Reforma