7 enero,2021 11:33 am

Deben mujeres denunciar violencia política aun sin pruebas suficientes: magistrada

Señala Alma Delia Eugenio Alcaraz que en el TEE “tendremos que seguir jugando con perspectiva de género”

Chilpancingo, Guerrero, 7 de enero de 2021. La magistrada del Tribunal Electoral del Estado (TEE) Alma Delia Eugenio Alcaraz, dijo que es importante que las mujeres hagan uso de su derecho jurídico para denunciar la violencia política en razón de género, tengan o no las pruebas suficientes.

En entrevista telefónica, la magistrada indicó que en 2020 hubo dos resoluciones por violencia política en razón de género, una mediante un procedimiento especial sancionador por parte del Instituto Electoral y de Participación Ciudadano (IEPC), y otra por una queja electoral ante el TEE.

La magistrada quien durante las sesiones del TEE en 2020 hizo hincapié en la importancia de estudiar los casos que argumentaban violencia política en razón de género en el tratamiento de distintos casos, dijo que durante el proceso electoral, y los casos que lleguen al Tribunal “nosotros, tendremos que seguir jugando con perspectiva de género siempre que el agravio ya sea que se haga valer o se deduzca”.

Recordó que en abril de 2020 se legisló la norma jurídica federal que introduce en lo local la violencia política en razón de género, dijo que antes los órganos jurisdiccionales conocían del término y las resoluciones se tomaban adecuando las normas nacionales a lo local.

Luego de la legislación, se establece que hay tres formas de proceder cuando existe violencia política por razón de género: la administrativa, la queja o la denuncia. En el caso administrativo se inicia un proceso especial sancionador en el IEPC, que investiga, integra el expediente y lo remite al TEE para que resuelva.

La segunda vía es mediante un juicio o impugnación, que es competencia del TEE y en caso de que la resolución no sea satisfactoria el interesado o la otra parte puede recurrir a la sala regional, e incluso al Tribunal Electoral.

La última forma de proceder es la denuncia penal.

Dijo que la violencia política en razón de género ha existido desde siempre en México, y que el debate jurídico es reciente y comenzó en 2016 y 2017, antes estaba invisibilizado y normalizado dentro de la política. Además de que este término venía dentro de los medios de impugnación pero no existía cómo figura jurídica.

Para el 2018 el movimiento de las mujeres comenzaron a impulsar la legislación en atención también a las recomendaciones que hizo la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. En 2020 se legisló e incluso varias instituciones crearon un protocolo general para atender la violencia en razón de género y se crearon reglas y lineamientos

Sin embargo, dijo que antes de la legislación juzgadoras y juzgadores fueron capacitados y formados, en su caso dijo que en su primer periodo como magistrada en 2008-2012, ya había la capacidad de juzgar con perspectiva de género.

Dijo que como magistradas y magistrados están obligados a aplicar en las sentencias la perspectiva de género, en la desigualdad existente entre hombres y mujeres,  aplicar una serie de reglas y equilibrar el acceso de justicia y las resoluciones judiciales.

Recordó a las mujeres que  “lo importante es que la mujeres tienen en el marco jurídico, ésta figura de la violencia política y tendrán que acudir a ella, tengan o no tengan los suficientes elementos, señalar si existe o no, es lo que tenemos que darle la relevancia, es que tienen el acceso a las diferentes instancias ya sea al IEPC, o la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales, el TEE, para denunciar o para demandar Justicia, si llegase o no tener la razón, ya lo verían de manera secundaria, lo importante es que tiene un instrumento que las defienda”.

Eugenio Alcaraz, precisó que la violencia política se comete en contra de una mujer y en contra de un hombre, pero violencia política en razón de género solo se comete en contra de las mujeres.

La magistrada se le preguntó si el hecho de que haya tres mujeres en el TEE el hay una mayor apertura y análisis de los casos, respondiendo que uno de los objetivos de la paridad de género es que las mujeres tomen cargos de decisiones, y esas consisten en que el género de la mujer tiene un perspectiva diferente para poder conocer de los asuntos y tomar las decisiones que considere.

En el contexto electoral que se vive en Guerrero dijo que los partidos políticos que son institutos, debe de respetar la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, donde se establece cumplir la paridad de género, sin abundar respecto al proceso electoral actual.

Texto: Jacob Morales