
Chilpancingo, Guerrero, a 23 de enero de 2026.- Representantes de colectivos de familiares de víctimas de desapariciones en el estado presentaron ayer la solicitud de un amparo indirecto en contra de la negativa del poder Ejecutivo estatal para transformar a la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas (CEBP) en un Organismo Público Descentralizado (OPD).
El documento se entregó en las instalaciones del Tribunal del Vigésimo Primer Circuito, que alberga los juzgados primero y séptimo de distrito, ubicado en el bulevar Vicente Guerrero, al sur de la ciudad, donde se radicará al juzgado de turno y en cinco días darán respuesta a los promoventes.
Entregaron el documento la representante del Colectivo Familiares en Búsqueda María Herrera de Chilpancingo, Gema Antúnez Flores; del Colectivo Guerrero no más Desaparecidos, Betzi Munivez Mayo, y del Colectivo Lupita Rodríguez Narciso, David Molina Rodríguez.
En el documento citan como “autoridades responsables” a la gobernadora Evelyn Cecia Salgado Pineda y al titular de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado, Jorge Salgado Parra.
Los representantes de los colectivos fundamentan su petición en el oficio CJ/1172/2025, emitido por la Consejería Jurídica del Estado de Guerrero, mediante la cual “se niega la transformación de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas del Estado de Guerrero en Organismo Público Descentralizado, sin expresar fundamentos ni motivación legal suficiente”.
En el oficio de respuesta de la Consejería Jurídica a los colectivos establece que “se considera jurídicamente improcedente, al no existir disposición federal que así lo prevea, al encontrarse actualmente homologada al modelo nacional y al no haberse acreditado los elementos técnicos, financieros y presupuestales que exige la creación de una nueva entidad pública”.
Sin embargo, los representantes de las víctimas de desapariciones en el estado argumentan en su solicitud de amparo que la negativa es “injustificada y arbitraria”, para no adoptar medidas institucionales necesarias para fortalecer la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas del Estado de Guerrero, particularmente su transformación en Organismo Público Descentralizado, “a pesar de la obligación constitucional y convencional del Estado de garantizar una búsqueda efectiva de personas desaparecidas”.
Consideran que hay omisión al no realizar un análisis exhaustivo, razonado y conforme al principio pro persona respecto de la solicitud presentada, “al no valorar su impacto en los derechos humanos de las personas desaparecidas y de sus familiares, ni aplicar los estándares nacionales e internacionales en materia de búsqueda de personas”.
Además, consideran que su solicitud se justifica por la violación continua y actual de los derechos humanos de las víctimas indirectas de desaparición, derivada de mantener a la Comisión Estatal de Búsqueda del Estado de Guerrero sin autonomía técnica, operativa y presupuestal suficiente, como consecuencia directa de la negativa impugnada.
Recuerdan que el 13 de octubre de 2025, “las personas suscritas”, como representantes de los colectivos de búsqueda y organizaciones de familiares de personas desaparecidas y no localizadas se reunieron con la encargada de despacho de la Secretaría General de Gobierno, Anacleta López Vega, a quien le solicitaron que la CEBP dejara de ser un órgano administrativo desconcentrado de esa Secretaría, y se transformara en un Organismo Público Descentralizado.
“Con el objeto de fortalecer su autonomía técnica, operativa y presupuestal para garantizar una búsqueda efectiva de las personas desaparecidas”.
Añaden que López Vega se comprometió a emitir una respuesta por escrito, mediante la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo, debidamente fundada y motivada, que justificara la determinación que adoptarán respecto de la solicitud planteada.
Refieren que la respuesta negativa se las dio el 15 de diciembre de 2025, la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado, mediante oficio CJ/1172/2025 al titular de la CEBP, Alejandro García Solorio.
Consideran la respuesta como una violación a los derechos humanos de acceso a la justicia, al principio de legalidad y a la seguridad jurídica, así como al principio pro persona, y que “representa una violación directa a la Constitución y a diversos tratados internacionales en la materia, y que además se trata de un asunto de urgencia”.
Por ello, plantean que su demanda de amparo “debe ser admitida por este H. Juzgado, al considerar que dichos derechos fundamentales se encuentran bajo un riesgo inminente”.
Zacarías Cervantes / Foto: Jessica Torres Barrera


