11 diciembre,2020 8:24 am

Diputados prohíben que obras de infraestructura en curso sean sometidas a una consulta popular

Con 386 votos a favor, 58 en contra y cuatro abstenciones modifican la Ley Federal para impedir que sean objeto de estos ejercicios que, además se llevarán a cabo cada año y no cada tres como está previsto actualmente

Ciudad de México, 11 de diciembre de 2020. La Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley Federal de Consulta Popular para prohibir que las obras de infraestructura en curso puedan ser objeto de este tipo de ejercicios y que ésta se lleve a cabo cada año y no cada tres, como actualmente se establece.

Los legisladores emitieron 386 votos a favor, 58 en contra y cuatro abstenciones, con lo que avalaron modificaciones para incorporar los requisitos para llevar a cabo las consultas populares de trascendencia nacional y permitir la posibilidad de recabar firmas para su solicitud de manera electrónica.

La reforma, que fue enviada al Senado, armoniza la ley con la Constitución al establecer que la fecha para la realización de dichos ejercicios será el primer domingo de agosto, con lo que se abre la puerta para que éstos puedan realizarse cada año.

Además, agrega a la lista de temas que no pueden ser objeto de consulta popular los tratados internacionales de los que México sea parte, la permanencia o continuidad en el cargo de servidores públicos de elección popular, el sistema financiero y las obras de infraestructura en ejecución.

Asimismo, incorpora las consultas de trascendencia regional y plantea que, para considerarlas como tal, deben repercutir en una o más entidades federativas e impactar significativamente en los habitantes de la o las entidades federativas de que se trate y podrá ser solicitada por el dos por ciento de las personas inscritas en lista nominal de electores correspondiente a la o las entidades que correspondan.

Las modificaciones agregan también el reconocimiento de los votos nulos en el escrutinio y cómputo de los votos e incorpora el sistema de voto electrónico en este tipo de ejercicios, con lo que podrán participar mexicanos residentes en el extranjero.

La diputada de Movimiento Ciudadano, Martha Tagle, advirtió que esta reforma llegó tarde porque debió realizarse en abril pasado, es decir, antes de que el presidente solicitara la realización de consulta popular y antes de que la Suprema Corte determinara si ésta era o no constitucional.

Reconoció que la inclusión de las obras en curso en la lista de temas que no serán sujetos a consulta popular impedirá que ocurran casos como el del Aeropuerto Internacional de la Cdmx, que fue cancelado tras un ejercicio de este tipo.

Tagle advirtió que no importan las reglas en torno a la consulta popular, ya que ésta jamás se convertirá en un ejercicio real de participación ciudadana mientras sea utilizada con fines electorales del Ejecutivo en turno.

La priista Claudia Pastor expresó preocupación por el hecho de que se abra la puerta para presentar solicitudes de consulta popular en cualquier momento, ya que cada uno de estos ejercicios puede tener un costo de mil 500 millones de pesos en tanto que la verificación de firmas por parte del INE tiene un costo de 28 millones de pesos.

En su turno, la presidenta de la Comisión de Gobernación y Población, Rocío Barrera, celebró que con la reforma se agiliza el proceso de recolección de firmas al permitir el uso de medios electrónicos y al establecer que los formatos de aviso e intensión y recolección de firmas deberán estar actualizados y disponibles.

Aprueban el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil

En medio de críticas porque no se consideran recursos para llevarlo a cabo y podría poner en riesgo a las personas y violentar sus garantías constitucionales, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó la creación de un Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil que deberá contener información de cada línea telefónica, los datos biométricos de su titular y la información del concesionario que la activó.

Con 390 votos a favor, 43 en contra y 6 abstenciones, los legisladores aprobaron reformas a diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para establecer que el registro será una base de datos operada y regulada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) y para mantenerlo actualizado los concesionarios de telecomunicaciones suministrarán información relativa a altas, bajas, cambios de propietarios, robos y extravíos.

Las modificaciones señalan que el registro de cada línea telefónica móvil deberá contar con el número de la línea, el número de serie o identificador único de la tarjeta SIM, la fecha y hora de la activación, nombre completo o razón social del usuario, número de identificación oficial con fotografía, Clave Única de Registro de Población del titular de la línea, datos biométricos y su domicilio.

Tipifican como delito el odio racial

El Pleno avaló tipificar como delito el odio racial, que será sancionado con entre uno y tres años de prisión.

El Pleno avaló reformas a los artículos 149 Quáter, 149 Quintus, 149 Sextus y 140 Septies del Código Penal Federal para establecer que además de sanciones penales, se impondrán sanciones pecuniarias que irán de 70 a 300 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

“A quien por cualquier medio difunda ideas basadas en la superioridad o el odio raciales, o por motivos racistas incite a cometer cualquier acto de violencia en contra de una persona determinada o algún grupo de personas, se le sancionará con una pena de uno a cuatro años de prisión, multa de setenta a doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, y de ciento cincuenta a trescientos días de trabajo en favor de la comunidad”, establece.

El proyecto fue aprobado con 460 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones y enviado al Senado.

Prohíbe los castigos corporales a niños como medidas disciplinarias

Por unanimidad, el pleno de San Lázaro aprobó prohibir los castigos corporales y tratos humillantes como medidas de corrección o disciplina.

El proyecto avalado con 446 votos a favor, modifica diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas y Niños y Adolescentes y del Código Civil Federal para establecer que esta prohibición estará vigente para los padres y madres de los menores, pero también para las personas que ejerzan la patria potestad, tutela, guarda o custodia y para personal de instituciones educativas, deportivas, religiosas, de salud, de asistencia social y cualquier otra que brinde asistencia a este sector.

Texto: Martha Alicia Martinez Paredes / Agencia Reforma

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