
La propuesta que se discutirá hoy propone la ampliación del periodo del auditor actual otros siete años, le da a éste la función de nombrar a los auditores especiales que ahora es de los diputados y también los exonera de ser juzgados por responsabilidad política y en consecuencia el Poder Legislativo no podrá destituirlos.
Texto: Rosalba Ramírez García / Foto: El Sur
Chilpancingo, Guerrero, 24 de julio de 2018. La propuesta de reforma en materia de fiscalización que hoy se discutirá y votará en el Congreso local, plantea que el titular de la Auditoría Superior del Estado puede repetir en el cargo un periodo (estaría hasta 14 años); podrá nombrar a los cuatro auditores especiales y determinar su temporalidad en el cargo; también los exonera de ser juzgados por responsabilidad política y en consecuencia el Poder Legislativo no podrá destituirlos.
Con la legislación actual, el auditor es nombrado por las dos terceras partes del Congreso local por un periodo de siete años improrrogables, y la propuesta que se pretende aprobar hoy es que pueda ser reelecto por un periodo más.
Mientras que los auditores especiales son propuestos por la Jucopo en ternas y elegidos por el pleno, también con el voto de dos terceras partes y por un periodo de cuatro años, con la posibilidad se ser nombrados nuevamente en sus cargos por un periodo más.
La Comisión de Estudios Constitucionales y Jurídicos del Congreso de Guerrero, presentó el jueves pasado de primera lectura al pleno su dictamen para reformar y derogar diversas disposiciones de la Constitución en materia de fiscalización.
La comisión está integrada por tres diputados del PRI, el presidente Cuauhtémoc Salgado Romero, los vocales Samuel Reséndiz Peñaloza y César Landín Pineda; del PVEM (aliado del PRI) Mauricio Legarreta Martínez y un vocal del PRD, Carlos Reyes Torres.
Las reformas que plantea el dictamen de la Comisión de Estudios Constitucionales y Jurídicos son en materia de fiscalización pero todas recaen en modificaciones a la Constitución del estado.
La propuesta establece una reforma al artículo 145, que en el texto vigente dice que los órganos con autonomía técnica (en este caso la ASE) tendrán atribuciones para proponer al Poder al que estén adscritos (el Legislativo), los reglamentos para su organización y funcionamiento.
Sin embargo, en la reforma que se propone se quita al Congreso la facultad de aprobar la manera en como la ASE estará organizada de manera interna.
La propuesta de reforma establece dejar el texto de la siguiente manera: “tendrá autonomía de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones”.
Otra de las reformas es al artículo 151 en la que se quita la facultad al Poder Legislativo de nombrar a los cuatro auditores especiales y en consecuencia de removerlos por las causas graves. Esa solo será facultad del titular de la ASE.
Para eso se deroga o anula en numeral tercero de ese artículo que en el texto vigente faculta a la Junta de Coordinación Política para proponer ternas para la designación de los cuatro auditores especiales “que durarán en su encargo cuatro años, con una sola posibilidad de reelección”.
En lugar de ese numeral no se agrega nada, por lo que la temporalidad de los cuatro auditores (de aprobarse las reformas) sería definido de manera interna en la ASE de acuerdo a las facultades que le dan en la reforma al artículo 145.
También el artículo 151 es modificado para abrir la posibilidad a que el auditor será nombrado nuevamente en el cargo por una sola vez, lo que significa que podría ser titular de la ASE durante 14 años; el texto vigente dice que el durará en el encargo siete años improrrogables.
Pero también se exenta a los auditores especiales de las sanciones por responsabilidad política que establece la Constitución del estado en su artículo 195, por lo que el Congreso no los podrá remover de sus cargos.
El actual texto del artículo 195 establece que “incurren en responsabilidad política los servidores públicos que en ejercicio de sus funciones realicen actos u omisiones que vulneren los principios fundamentales de la presente Constitución o infrinjan las leyes que regulan el manejo del patrimonio del Estado o de los municipios”.
Pero de acuerdo a la propuesta que hoy se discutirá en el Congreso, en la lista de servidores públicos que podrían ser juzgados por responsabilidad política se quitan a los auditores especiales.
Con la reforma que se propone, los auditores especiales ya no serán nombrados por el Poder Legislativo, su temporalidad en el cargo será decisión interna y no pueden ser juzgados ni removidos por el poder del cual depende la ASE.
El artículo 195 de la Constitución del estado dice que la responsabilidad política se sancionará con la destitución del servidor público y su inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público del estado o de los municipios, por un periodo máximo de diez años; se impondrá mediante juicio político ante el Congreso local erigido en gran jurado, quién dictará resolución con el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros; y la resolución será definitiva e inatacable.


