13 enero,2026 11:49 am

Evita Corte, por segunda vez, fallar sobre bloqueos de UIF

Ciudad de México, 13 de enero de 2026.- Por segunda vez en poco más de un mes, la Suprema Corte de Justicia decidió a última hora no discutir un proyecto que propone avalar sin restricciones la facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) para bloquear cuentas bancarias, sin autorización de un juez o participación de la FGR.

Al iniciar la sesión pública de hoy, el Secretario General de Acuerdos anunció que no se discutirá el proyecto de la Ministra Loretta Ortiz para aprobar una reforma de marzo de 2022 a la Ley de Instituciones de Crédito, que estableció un procedimiento administrativo de garantía de audiencia, para que los afectados por bloqueos puedan probar ante la propia UIF el origen lícito de sus recursos.

En el proyecto, Ortiz propone rechazar argumentos de legisladores de Oposición, que cuestionan la facultad unilateral de bloqueo de la UIF, misma que, además, ya está blindada contra suspensiones judiciales, luego de la reforma de octubre pasado a la Ley de Amparo.

No hay, por ahora, fecha para retomar el asunto.

“Las facultades de la UIF vinculadas al bloqueo de cuentas forman parte de las obligaciones internacionales del Estado Mexicano para prevenir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo, las cuales imponen la existencia de mecanismos administrativos inmediatos de identificación y mitigación de riesgos financieros. En este contexto, el legislador adoptó un modelo cautelar administrativo, coherente con estándares globales y con la arquitectura Constitucional de distribución de competencias”, afirma el proyecto de Ortiz.

En su lista para el 4 de diciembre, la Corte incluyó y luego retiró un amparo directo proyectado por la Ministra Lenia Batres, que era aún más contundente en apoyar las facultades de la UIF, y abandonaba la jurisprudencia de la Segunda Sala de la anterior integración de la Corte, que sólo avaló los bloqueos por solicitud de autoridades extranjeras.

“Dicho criterio (de la Segunda Sala) se originó en un contexto de políticas gubernamentales proteccionistas hacia los capitales privados. En contraste, la actual orientación estatal prioriza la igualdad y la justicia social; además, promueve la protección del patrimonio nacional y de la población, así como la prevención de conductas que comprometan la integridad del sistema financiero”, se lee en el proyecto de Batres, que ya no ha aparecido en la lista del Pleno.

En 2017, la Primera Sala de la Corte declaró inconstitucional el bloqueo de cuentas, legislado en 2014, por considerar que una oficina administrativa como la UIF, que depende de la Secretaría de Hacienda, no debe ejercer funciones propias de autoridades penales, como la FGR o los jueces en la materia.

Dos años después, la Segunda Sala consideró que los bloqueos de la UIF son válidos, pero sólo cuando deriven de solicitud expresa de un gobierno extranjero, dirigida a una persona e investigación específicas, pero no cuando en asuntos originados por autoridades nacionales.

Agencia Reforma