EL-SUR

Sábado 28 de Septiembre de 2024

Guerrero, México

Política  

Desecha CNHJ de Morena queja del diputado Sánchez Esquivel contra Yoloczin Domínguez

Argumenta que los señalamientos que se le hicieron no implican un asunto de transgresión a las normas partidistas, sino del ejercicio de la función pública legislativa. Se trata del caso de las irregularidades en la construcción de la biblioteca del Congreso cuando era presidente de la Jucopo

Agosto 13, 2024

Daniel Velázquez

Casi dos años después, la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de Morena, declaró infundados los agravios esgrimidos por el diputado local Alfredo Sánchez Esquivel contra la ahora diputada federal electa Yoloczin Domínguez Serna.
Sánchez Esquivel recurrió a la CNHJ de Morena el 16 diciembre de 2022. Presentó una queja “por presuntas faltas graves realizadas contra los estatutos” de Morena, en el caso donde la entonces presidenta Junta de Coordinación Política del Congreso local (Jucopo) Yoloczin Domínguez, habló de irregularidades en la demolición de la biblioteca del Congreso, en el periodo en el que el diputado presidía la Junta.
En febrero de 2023 la Comisión la declaró improcedente por haberla presentada fuera de tiempo. Inconforme con el dictamen del órgano intrapartidista, Sánchez Esquivel recurrió al Tribunal Electoral del Estado (TEE), autoridad que ratificó el falló de la Comisión el 23 de marzo de 2023.
El 29 de marzo el diputado recurrió a la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife), la cual resolvió el 18 de mayo de 2023 y ordenó a la CNHJ de Morena que en un plazo de 15 días hábiles “se pronuncie respecto de la procedencia de la queja presentada por (Sánchez Esquivel) el 16 de diciembre de 2022”.
En su queja, Sánchez Esquivel acusó a Domínguez Serna de asociarse con el PRI para expresar ideas en contra de Morena. Señala que “ha realizado de manera sistemática, reiterada y pública, señalamientos infundados y repetitivos, como, ‘daño patrimonial’, ‘decisión unilateral’, todo esto en detrimento de nuestro partido y con estas conductas se transgreden las normas contenidas en documentos básicos y estatutos”.
Alfredo Sánchez solicitó que la Comisión se pronunciara en el sentido de que Yoloczin Domínguez había rebasado los límites del derecho a la libertad de expresión y creado una opinión negativa “en contra de nuestro movimiento”.
En un acuerdo del 8 de junio, la CNHJ de Morena argumentó que “de las pruebas ofrecidas se advierte que las actas de sesión, el dictamen de seguridad estructural, las publicaciones en redes sociales y las manifestaciones hechas en entrevistas a medios de comunicación, están encaminadas a los actos de investigación derivados de la demolición del inmueble denominado Biblioteca Siervo de la Nación, incluso se vislumbra opiniones por parte de legisladoras pertenecientes al Congreso del Estado de Guerrero, las cuales el promovente señala como infundadas.
“De lo anterior, se desprende que los motivos de disenso no están sujetos a un control por parte de esta Comisión, ya que no se trata de un asunto interno partidista sino del ejercicio de la función pública legislativa” de sus integrantes. El diputado presentó 18 pruebas documentales y seis videos para hacer valer su queja.
Inconforme, Sánchez Esquivel recurrió otra vez al TEE el 8 de junio de 2023.
En la resolución, publicada el pasado 8 de agosto, la CNHJ sostiene que “las declaraciones podrían interpretarse como parte del debate político normal y no necesariamente como ataques personales”.
“No se presentó evidencia suficiente para demostrar que las declaraciones de la diputada tuvieron un impacto negativo significativo en el denunciante. La percepción del daño debe estar bien documentada y relacionada directamente con las declaraciones hechas”.
La falta de pruebas concluyentes, la ausencia de intencionalidad clara, el impacto no demostrado en la víctima y la consideración de los principios del partido llevaron a la conclusión de qué las acciones de la diputada, Yoloczin Lizbeth Domínguez Serna no constituyen violencia simbólica ni denostaciones, por tanto no se aplicará ninguna sanción.