EL-SUR

Jueves 18 de Abril de 2024

Guerrero, México

Política  

Retira el TEE a sobrina de Adela Román de la lista de diputados pluris de Morena

A queja del PRI, los magistrados convienen por unanimidad que Adriana Román debió separarse de su cargo como directora del DIF en Acapulco 90 días antes de la elección. Desechan queja de Félix Salgado contra el INE. Regresan a la CNHJ de Morena juicios de aspirantes contra selección de candidatos

Jacob Morales

Abril 21, 2021

Jacob Morales

El pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEE), aprobó por unanimidad retirar de la primera diputación plurinominal de Morena a la sobrina de la alcaldesa de Acapulco, Adela Román, Adriana Román Ocampo, por no separarse 90 días antes de su cargo frente al DIF municipal, antes del día de la elección.
Durante la vigésima tercera sesión virtual, los magistrados analizaron y votaron 14 acuerdos plenarios y 14 juicios electorales ciudadanos. Casi la totalidad de las impugnaciones fueron interpuestos por militantes y aspirantes a cargos de elección por el partido de Morena.
El Recurso de Apelación TEE/JEC/011/2021 fue interpuesto por el representante del PRI ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) Manuel Alberto Saavedra Chávez, y fue acumulado junto a los expedientes TEE/JEC/049/2021, TEE/JEC/051/2021, TEE/JEC/053/2021, interpuestos por Salustio García Dorantes, Yesenia Hernández Jerónimo, y Felicitas Martínez Solano, estos últimos declarados infundados e inoperantes.
Mientras el recurso de apelación 011/2021 fue declarado fundado y votado por unanimidad de votos por las tres magistradas y los dos magistrados. El argumento expuesto para que Adriana Román fuera “inelegible” para ser postulada a una candidatura, y que presentó el PRI, es que la ex directora del DIF del municipio de Acapulco, no se separó del cargo dentro del plazo de los 90 días que marca la Ley electoral.
Según lo estudiado y analizado por la magistrada Hilda Rosa Delgado Brito a partir de las pruebas aportadas es que Adriana Román se separó del cargo el 18 de marzo, cuando lo debió de hacer antes del 7 de marzo para cumplir con lo estipulado en la Ley electoral.
El Tribunal otorgó a Morena un plazo de 48 horas para que proceda a la sustitución de la candidatura declarada inelegible y se ordenó al IEPC que proceda a su registro, y en un plazo de 24 horas se deberá de informar al TEE la modificación y el cumplimento de la sentencia.
Dentro del expediente se lee: “se presume que la citada ciudadana hizo acto de presencia a un centro de vacunación el 17 de marzo del presente año, sin precisarse las circunstancias de tiempo, modo y lugar. Sin embargo, respecto a la denuncia presentada ante la Fiscalía Especializada de Delitos Electorales del Estado, no se hace mención de algún acto relacionado con el presente asunto, por lo que dicha prueba es intrascendente”.
El 17 de marzo la alcaldesa Adela Román Ocampo realizó junto a Adriana Román vistas a los cinco puestos de vacunación que se instalaron en Acapulco donde se aplicaron las vacunas a los adultos mayores contra Covid-19, lo que originó incluso una confrontación y reclamo por parte del gobernador hacia la alcaldesa que aspiraba a la candidatura para su reelección. En tanto el PRI interpuso una denuncia ante la Fiscalía Especializada para la Atención de los Delitos Electorales (Fepade).

Desechan juicios por cancelación de candidatura de Félix Salgado

También por unanimidad de votos fue desechado un juicio electoral y un recurso de apelación, presentados de manera separada contra el acuerdo 095 de la resolución del 25 de marzo del Instituto Nacional Electoral (INE), que fue avalado por el IEPC el 29 de marzo y donde se establece la cancelación de la candidatura de Félix Salgado Macedonio por no presentar los gastos de precampaña.
La primera impugnación fue presentada por el propio candidato y quedó en el expediente TEE/JEC/043/2021 en contra del Consejo General del IEPC por avalar la resolución del 25 de Marzo.
El argumento para desechar el juicio del proyecto presentado por la magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz señala que debido a que el interesado impugnó la determinación el 30 de marzo, ante el INE y que fue remitido al Tribunal Electoral de la Federación (Trife), derivó en otra resolución el 10 de abril por parte del Tribunal que devolvió al INE el caso y donde se confirmó la primera resolución el pasado 13 de abril.
Lo anterior originó un cambio en la situación jurídica del expediente, y la impugnación presentada por el candidato quedó sin materia de análisis.
El segundo recurso fue interpuesto por el representante de Morena ante el órgano electoral local, Carlos Alberto Villalpando Millán y quedó en el expediente TEE/RAP/009/2021, y de la misma manera fue desechado, bajo el mismo criterio que el anterior.

Remiten a la CNHJ de Morena 14 impugnaciones

Por unanimidad de votos y en una sola lectura fueron declarados improcedentes las impugnaciones de los Juicios Electorales Ciudadanos, 060, 061, 062, 065, 066, 067, 068, 069, 071, 072, 075, 079, 080, y 081, contra las planillas de alcaldes, síndicos y regidores de los municipios de Acapulco, Juan R. Escudero, Metlatónoc, Chilpancingo, Tixtla, y San Luis Acatlán, así como contra la falta de cumplimento del procedimiento de selección de los candidatos por parte del partido.
Las impugnaciones fueron presentadas por Luis Adrián Ireta Solís, Jesús Sánchez López, Javier Vázquez García, Silvia Alemán Mundo, Paula Sánchez Jimeno, Antonio Pérez Díaz, Elizabeth Marina Hernández, Israel Alejandro Fernández, Juan Carlos Pérez, Miguel Santiago Lorenzo, Víctor Jordan Álvarez, Irving Misael Jordán Bello, Bolívar García Aguirre, y Antonio de Jesús Martínez.
En la resolución los magistrados ordenaron remitir las impugnaciones a la Comisión Nacional de Honor y Justicia de Morena, luego de que consideran que no había perjuicio contra los derechos electorales de los quejosos. Según el argumento que plantearon para saltarse al órgano interno del partido e interponer de manera directa la impugnación ante el TEE, es que el proceso electoral estaba en camino y los tiempos transcurrían y que podría violar sus derechos políticos electorales.
Se ordenó a la Comisión del partido que en un plano de 48 horas una vez notificados, y recibidas las impugnaciones resuelva conforme a derecho y en un plazo no mayor a 24 horas después de la determinación informar al TEE el acuerdo.

Mas morenistas inconformes y en el PRI también

También por unanimidad de votos fue declarado fundado y se revocó la resolución del 14 de marzo emitida por la CNHJ de Morena, dentro del recurso de queja número CNHJ-GRO-127/2021, por la que se determinó declarar infundados e improcedentes los agravios vertidos por Sergio Montes Carrillo quien impugnó la convocatoria de los procesos internos para elegir a diputados locales por mayoría relativa y proporcional y alcaldías.
Dentro del expediente TEE/JEC/033/2021 se le dio de plazo a la Comisión Nacional de Honor y Justicia que en un plazo breve y razonable que no exceda de 48 horas posterior a la notificación para emitir una nueva resolución a fondo del caso.
Además por unanimidad fue desechado el juicio TEE/JEC/048/2021 interpuesto por Felícitas Martínez Solano, contra la omisión por parte de la CNHJ de Morena, de dar trámite a su medio de impugnación promovido 4 de abril, y para el 10 de ese mismo mes la presentó al TEE reclamando su inclusión en uno de los cuatro lugares reservados por la Comisión Nacional de Elecciones, de la lista de candidatos a diputados locales por el principio de representación proporcional de Morena en Guerrero, bajo la acción afirmativa indígena.
Dentro de las pruebas presentadas por parte de la CNHJ al TEE se envió una copia certificada “de las constancias relativas a la publicación y retiro del medio de impugnación promovido por la ciudadana Felícitas Martínez Solano en contra de la resolución emitida dentro del expediente intrapartidario CNHJGRO-553/2021”, lo que cambió la situación jurídica de la impugnación.
En la sesión por unanimidad fue declarado infundado el juicio presentado por el representante del PRI en el IEPC, contra el candidato de Morena a diputado local por el distrito 23 local, el alcalde con licencia de Atenango, Andrés Guevara Cárdenas argumentando que pidió su licencia el 7 de marzo pero fue aprobada en el Congreso hasta el 17 de ese mismo mes.
Mientras que en el juicio interpuesto por Jesús Gómez López contra el registros de candidatos a diputados locales de Morena de representación proporcional ante el IEPC por el distrito 28 de Tlapa, fue conformado el acuerdo impugnado y se vinculó el caso a la CNHJ para que en un término de tres días naturales contados a partir de la notificación resuelva la petición e impugnación de manera congruente y completa, considerando que la perspectiva indígena.
Mientras los Juicios interpuestos por Mariana Félix García y Felipe Rojas García contra las planillas de regidores de Morena en Ometepec, remitidos en los expedientes TEE/JEC/076/2021 y TEE/JEC/077/2021, se declaró que los actos impugnados eran inexistentes.
Fue desechado el juicio TEE/JEC/058/2021 que interpuso el aspirante a la diputación local por mayoría relativa del distrito electoral 17 Michel Higuera Ibarra contra la CNHJ de Morena, al considerar que es violatoria de la normatividad interna del partido, contraria a derecho, incongruente y carente de fundamentación y motivación.
Los magistrados confirmaron el acuerdo impugnado en el expediente TEE/JEC/052/2021 interpuesto por Merced Valdovinos Diego contra el acuerdo 106/SE/03-04-2021, donde el Consejo General del IEPC aprobó el registro de la fórmula conformada por Marco Tulio Sánchez Alarcón y Roberto Guzmán Jacobo, como candidatos a diputados en el Distrito 8, de Morena.
“Se advierte que, esencialmente, no plantea disensos encaminados a controvertirlo por vicios propios, sino más bien, sus alegaciones se dirigen a poner en evidencia que el partido MORENA, indebidamente seleccionó a los citados ciudadanos, como candidatos propietario y suplente a la diputación local de mayoría relativa en el Distrito 8 y, que se vulneró el procedimiento interno de selección de candidaturas, porque los mencionados ciudadanos no se registraron para el referido distrito y tampoco se notificaron las designaciones respectivas derivadas del proceso de selección interno, con lo cual se infringió lo previsto en la normativa interna”, señala el acuerdo.
Además fue desechado el juicio del expediente TEE/JEC/046/2021 interpuesto por Laurentino Zeferino Sánchez contra la Comisión Estatal de Justicia Partidaria del PRI, en tanto se declaró improcedente el juicio del expediente TEE/JEC/047/2021 interpuesto por Eloy Villanueva Moreno contra la misma Comisión, en ambos casos las resoluciones impugnadas no eran definitivas.
Del juicio interpuesto por Yadira Fabiola Nieto Díaz, en el expediente TEE/JEC/037/2021 contra el Consejo General del IEPC, se declaró fundado y se revocó 091/SO/24-03-2021, que aprobó la designación de consejeras y consejeros en el distrito 23 con sede de Huitzuco, y se ordenó al IEPC que en un término de tres días emita una nueva resolución.