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Martes 02 de Julio de 2024

Guerrero, México

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Declara el Poder Judicial del estado improcedente una apelación para la libertad de Nestora Salgado

Los magistrados argumentan que tendrían que desvirtuarse todos los elementos que sirvieron como base al auto de formal prisión por secuestro y no basta que un juzgado federal haya resuelto que la coordinadora de la CRAC de Olinalá actuó como autoridad para echar abajo todo el proceso, explica su abogado. El sábado se conocerá si la luchadora social inicia la huelga de hambre que pospuso hasta saber cuál sería la resolución del TSJ, anuncia Leonel Rivero

Lourdes ChávezChilpancingo

Enero 08, 2016

 

La Primera Sala Penal del Poder Judicial del estado declaró improcedente la apelación a un incidente de libertad por desvanecimiento de pruebas de la coordinadora de la Policía Comunitaria de Olinalá, Nestora Salgado García, y se mantiene el auto de formal prisión en su contra por secuestro, informó el abogado de la luchadora social, Leonel Rivero Rodríguez.
En conferencia de prensa, Rivero Rodríguez informó que la defensa recurrirá a un amparo indirecto contra la resolución que emitieron los magistrados Vicente Rodríguez Martínez, Alfonso Vélez Cabrera y Miguel Barreto Carreño.
Hace dos días, la Red Nacional de Defensoras de Derechos Humanos de México (RNDHM) señaló las irregularidades en el proceso judicial de la luchadora social desde que militares la detuvieron en Olinalá, y demandó que los magistrados de la Sala Penal se ajustaran a los más altos estándares internacionales de derechos humanos.
Salgado García había anunciado que comenzaría una huelga de hambre el 1 de enero, pero pospuso la protesta hasta conocer el sentido de esta resolución que resultó desfavorable. Ayer, Rivero Rodríguez aclaró que el sábado conocerá qué postura asumirá la luchadora social.
Sobre el incidente de libertad, el abogado recordó que fue presentado por los anteriores defensores en abril de 2014, con base en una resolución federal que emitió un juez unitario de Distrito que anuló el auto de formal prisión por el delito de delincuencia organizada.
Aunque las denuncias en el fuero común se sustentan en los mismos hechos de la demanda por delincuencia organizada en el fuero federal, el recurso fue desechado en primera instancia por la juez de Tlapa el 18 de febrero de 2015.
En respuesta, la defensa promovió un recurso de apelación resuelto el 8 de diciembre por la Primera Sala Penal con sede en Chilpancingo, sustanciado el 15, último día de labores de 2015, y ayer fueron notificados.
El argumento, dijo, es que los magistrados consideraron que al tratarse de un incidente de desvanecimiento de pruebas, tendrían que desvirtuarse todos los elementos que sirvieron como base para establecer el auto de formal prisión, y no basta sólo con la resolución del juzgado federal para echar abajo todo el proceso de la causa penal 05/2014.
“Sin restarle valor a la resolución federal, dicen que esa resolución federal sólo puede ser valorada en tres momentos: si estuviéramos en la etapa de dictar el auto de formal prisión a la señora Salgado, otro momento puede ser cuando el juez emita sentencia y pueda valorar esa prueba, o en segunda instancia, si emitieran una sentencia condenatoria, la sala podía valorar esa resolución”.
La resolución de un juzgado federalfue que no se puede acusar a Nestora de secuestro, ya que las retenciones que hizo fueron como autoridad de la Policía Comunitaria, bajo el amparo de la Ley 701 de Reconocimiento, Derechos y Cultura de los Pueblos y Comunidades Indígenas .
El abogadio manifestó su desacuerdocon los argumentos de los magistrados, y adelantó que va a recurrir a un juicio de amparo indirecto que probablemente sea resuelto a mediados de febrero.
Por otro lado, indicó que hay otro procedimiento de apelación por la misma causa penal 05/2014, debido a que Salgado García no recibió asistencia consular, en su carácter de ciudadana estadunidense. Consideró que si la Sala decreta la nulidad del proceso, entonces se cumpliría el primer supuesto que señalaron los magistrados en la sentencia para aceptar el incidente de libertad.
Es decir, sí se aprueba la nulidad, el juez tendrá que reponer todos los procedimientos, desde la declaración preparatoria, se valorarían las pruebas reunidas a lo largo de estos meses para definir su situación jurídica, “y puede acarrear probablemente una libertad”.
Estimó que hay suficientes elementos para que la causa penal sea anulada en la Cuarta Sala Penal del Poder Judicial. Indicó que el lunes se fijará la fecha para la audiencia de vista, que podría ser entre el 20 y 22 de enero, y en los siguientes 10 días se debe emitir la resolución.
También informó que buscará al presidente del Tribunal, Robespierre Robles Hurtado, para solicitar que se dé celeridad a los citatorios de los testigos y presuntas víctimas en los careos, que a la fecha no se han realizado ni se ha podido establecer una condición de testigo ausente.
Explicó que para establecer testigos ausentes, es necesario agotar todas las medidas de apremio, los citatorios a testigos y agraviados, las multas si no se presentan y la presentación con la policía, que se ha obstruido a la fecha.