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Miércoles 09 de Octubre de 2024

Guerrero, México

Educación  

Logran 10 maestros un amparo ante la SEG por irregularidades en cambios de centro de trabajo

En caso de no corregir las fallas, se aplicarán sanciones económicas y administrativas “por dilación y falta de cumplimiento”, señala en su resolución el Juzgado Primero de Distrito de Chilpancingo

Octubre 13, 2023

Zacarías Cervantes

Chilpancingo

El Juzgado Primero de Distrito de Chilpancingo amparó a 10 maestros ante irregularidades cometidas por la Secretaría de Educación Guerrero (SEG) y la Unidad Estatal del Sistema de Carrera de las Maestras y de los Maestros (Uesicamm), durante el proceso para la asignación de cambios de centros de trabajo.
El juzgado federal apercibió desde 2021 al entonces titular de la Contraloría Interna de la SEG, ahora Órgano Interno de Control, Ramón Apreza Patrón, para que en caso de no corregir las fallas, se le aplicarán sanciones económicas y administrativas, “por dilación y falta de cumplimiento” de una resolución emitida el 25 de noviembre de 2020 a favor de los quejosos.
Los maestros, informaron que a la fecha la resolución judicial sigue sin cumplirse, debido a que la SEG y la propia Uesicamm recurrieron a un recurso de revisión, pero el 25 de septiembre pasado el Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Décima Región, con residencia en Saltillo, Coahuila, desechó el recurso.
De acuerdo con el expediente, en abril de 2020, la SEG convocó al personal estatal y federalizado con funciones de docente, técnico docente, de asesoría técnica pedagógica, de dirección y de supervisión en educación básica, a participar en un proceso de cambio de centro de trabajo.
Esta sería la primera vez que el proceso estaría fundamentado en la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y de los Maestros, que garantiza los principios de legalidad, certeza, imparcialidad, objetividad y transparencia.
En el proceso participaron 40 trabajadores educativos, tanto de ámbito estatal como federal.
Sin embargo, sólo se ofrecieron dos espacios, lo que originó molestia en los participantes, y 10 de ellos presentaron una queja ante la entonces Contraloría Interna de la SEG, el 1 de septiembre de 2020.
Sin embargo, agregaron que el entonces contralor interno, Ramón Apreza, los convocó a un diálogo para buscar una solución a su inconformidad, “pero sólo se aprovechó para darle largas al asunto”.
En esa reunión, los maestros le presentaron ejemplos de movimientos que se realizaron fuera del proceso, de cambios en el subsistema de telesecundaria por los miembros de la Uesicamm, “exhibiendo la doble moral, la falta de ética, honradez y probidad”.
El 25 de noviembre de 2020, la Controlaría Interna emitió un acuerdo en el que les otorgó la razón a los inconformes, pero las autoridades de la Uesicamm hicieron caso omiso al acuerdo.
El 10 de marzo de 2021 presentaron un amparo indirecto, ante el Juzgado Primero de Distrito en contra de la SEG, del titular de la Uesicamm y de la Subsecretaria de Planeación Educativa de la SEG, en el que solicitaron la protección de sus garantías constitucionales.
El 10 de agosto de 2021, el juzgado federal resolvió el amparo 86/2021, mediante el cual “amparó y protegió” a los maestros Gilberto Navarrete Hernández, Cresencia Lorenzo López, Bernabé Benítez Felipe, Marquel García Rojas, Francisco Javier Rodríguez Zamudio, Armando Verdel Núñez, Pedro Castañeda Cornelio, Nancy Dalia Godínez González, Leticia Giles Hernández y Luis Delgado Baranda, que impugnaron “por dilatación y falta de cumplimiento” de la resolución del 25 de noviembre de 2020.
Sin embargo, las autoridades de la SEG promovieron un recurso de revisión a través del área jurídica, ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa del 21 Circuito y fue turnado al Tercer Tribunal Colegiado de Circuito, del Centro Auxiliar de la Décima Región con Residencia en Saltillo, Coahuila, pero el 25 de septiembre pasado desechó el recurso.
En esa resolución se requiere al contralor interno de la SEG, para que dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la notificación, “remita copias certificadas que denoten el cumplimiento de la ejecutoria”.
El tribunal requiere, además, corregir las fallas del proceso, pronunciarse respecto de la destitución de los servidores públicos que incumplieron y realizar todos los actos que resulten necesarios para que se cumpla la resolución del 24 de noviembre de 2020.
A principios de este año, Ramón Apreza renunció a su cargo en el Órgano de Control Interno y fue sustituido por Isabel Rosales Garduño, derivado de ello, los maestros anunciaron que promoverán un incidente de “aclaración de la autoridad que debe dar cumplimiento a la resolución”.
Además, advirtieron que si se acredita que Apreza Patrón incurrió en responsabilidad, al evadir los efectos de la protección constitucional, como lo prevé el artículo 198 de la ley de amparo, exigirán que por igual se le aplique la sanción que se resolvió.