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Sábado 28 de Septiembre de 2024

Guerrero, México

Acapulco  

Ordena la Contraloría la destitución del titular de Seduop, Arquelao de la Cruz

La Contraloría municipal dictaminó que el secretario de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, Arquelao de la Cruz Piza, debe ser destituido del cargo y lo inhabilita por tres años “para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio publico”. El fallo se debe a la queja por hostigamiento sexual, despido injustificado y abuso de autoridad … Continúa leyendo Ordena la Contraloría la destitución del titular de Seduop, Arquelao de la Cruz

Daniel Velázquez Olea

Enero 04, 2007




La Contraloría municipal dictaminó que el secretario de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, Arquelao de la Cruz Piza, debe ser destituido del cargo y lo inhabilita por tres años “para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio publico”.
El fallo se debe a la queja por hostigamiento sexual, despido injustificado y abuso de autoridad que presentó la ex trabajadora del Ayuntamiento, Raquel Beatriz Alonso Trani –aunque dicho resolutivo aún no se le ha notificado a la agraviada–, quien señaló que si el alcalde Félix Salgado Macedonio no acata la resolución acudirá a la Comisión Nacional de Derechos Humanos para que se respete el dictamen.
Mediante el oficio CGM/2402/2006 donde se incluye el expediente 172/2006, se especifica que la resolución es con carácter definitivo y solicita que se le envíe al director de Recursos Humanos, Joseph Williams Rosario Estévez, para que dé cumplimiento.
Del mismo documento se enviaron copias al alcalde, al secretario de la Función Pública federal, Germán Martínez Cazares, y al contralor general del estado, Carlos Arturo Bárcenas, además de la síndica María Antonieta Guzmán Vizairo; al síndico Ernesto Mastache Manzanarez y al entonces secretario de Finanzas municipal, Alberto Torreblanca Galindo.
“Se declara existencia de responsabilidad administrativa del servidor público Arquelao Manuel de la Cruz Piza (…), por lo que se ordena la destitución del cargo que viene desempeñando como secretario de Desarrollo Urbano y Obras Públicas de este H. Ayuntamiento e inhabilitándose por un periodo de tres años para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público”, se lee en la página 18 del dictamen emitido por la Contraloría.
Asimismo se incluye una sinopsis de los casos por los que la Contraloría inició procesos administrativos contra el funcionario, además de copias de algunas resoluciones que contralorías internas de otros órganos han ejecutado contra funcionarios públicos.
La contraloría señala que de acuerdo con los archivos de la dependencia, desde que De la Cruz Piza tomó posesión del cargo “ha tenido un comportamiento apartado de la normatividad, no cumpliendo con la máxima diligencia del servicio encomendado”.
En los documentos se especifica que por cuatro procesos administrativos ya fue sancionado con descuentos a su sueldo, que en conjunto suman 10 meses de salario mínimo en el primer año que lleva en el cargo.
El sustento jurídico
El dictamen de la Contraloría municipal se sustenta en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero, el cual señala que las cuestiones no previstas en dicha ley “se observarán las disposiciones del Código de Procedimientos Penales, asimismo se atenderán en lo conducente las del Código Penal del Estado”.
En este sentido la Contraloría aplicó el artículo 145 del Código Penal vigente para el estado, el cual señala que “a quien con fines móviles o lascivos asedie reiteradamente a personas de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica o poder derivado de sus relaciones laborales, docentes, religiosas, domésticas o cualquier otra que implique subordinación, se le impondrá de seis a tres años de prisión”.
“Si el hostigador fuese servidor público y utilizara los medios o circunstancias que el cargo le proporcionan, será destituido”.
El caso de hostigamiento sexual
La queja ante la Contraloría municipal fue presentada por la ex trabajadora Raquel Alonso el 15 de agosto, y la resolución a su favor se esperaba desde el 23 del mismo mes, cuando el contralor municipal José Guillermo Navarrete Magdaleno envió al alcalde un informe detallado de los seis asuntos que seguía esa dependencia contra el secretario de Desarrollo Urbano y Obras Públicas.
La razón se debe a que De la Cruz Piza no se presentó a la audiencia preliminar a la que fue citado para comparecer por la queja presentada en su contra, por lo que se tomaron “por ciertos” los hechos que se le imputaban.
Consultada por teléfono, Alonso Trani dijo que el miércoles solicitó una copia de la resolución pero que le informaron que debía solicitarla por escrito y por ello aún no la tenía en su poder, pero que se había enterado del resolutivo por la nota que se publicó en el periódico local Novedades.
Alonso Trani se dijo sentirse contenta por la resolución de la Contraloría y confiada en que se hará justicia en esta denuncia por hostigamiento sexual.
Del mismo caso el 20 de diciembre de 2006, la Comisión Estatal de Defensa de los Derechos Humanos (Codehum) dictaminó que sí hubo hostigamiento sexual contra la ex trabajadora municipal Raquel Beatriz Alonso Trani por parte del secretario de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, Arquelao de la Cruz Piza.
Y por ello emitió la recomendación 096/2006, en la que pide al alcalde Félix Salgado “que instruya el procedimiento administrativo que establece la Ley de Responsabilidades de los Servidores del Estado de Guerrero” por hostigamiento sexual contra Alonso Trani.
El documento señala: “se le recomienda a usted, presidente municipal de Acapulco, que instruya el procedimiento administrativo que establece la Ley de Responsabilidades de los Servidores del Estado de Guerrero al C. Arquelao Manuel de la Cruz Piza, secretario de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, y le imponga la sanción que procedente por haber hostigado sexualmente a la C. Raquel Beatriz Alonso Trani, de ello debe informar del inicio hasta la resolución que se emita”.
Las otras quejas
En el mismo documento se detallan los procedimientos anteriores que se han seguido contra de la Cruz Piza, que iniciaron desde el 10 de febrero de 2006 cuando el entonces asesor jurídico de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, Eduardo Fabián Zamora, acudió a la Contraloría para denunciar acoso laboral de Arquelao de la Cruz, a quien señalo de ser el responsable de “bloquear su trabajo al hacer funcionar una asesoría jurídica paralela a la cual le (daba) mayores atribuciones y los elementos necesarios –materiales y humanos– para el mejor desempeño de su trabajo”.
El dictamen precisa que De la Cruz Piza no acudió a las audiencias de Pruebas y Alegatos a pesar de que se le notificó al respecto, por lo que el 7 de abril se declaró la “existencia de responsabilidad administrativa” y fue sancionado con el descuento de 30 días de salario mínimo.
Otro de los procesos administrativos disciplinarios que ha llevado la Contraloría contra el secretario es la “omisión en el caso La Isla”; aquí se menciona que la Contraloría llevó a cabo investigaciones en el desarrollo “por las múltiples quejas de los colonos y las irregularidades que se observaron en la obra y en las diligencias que se llevaron a cabo no compareció Arquelao de la Cruz, por lo que dictaminó que tenía responsabilidad y se le sancionó con 90 días de salario mínimo.
El 22 de mayo de 2006, de nuevo la Contraloría inició un proceso administrativo disciplinario contra Arquelao de la Cruz, esta vez “por no salvaguardar los recursos que le fueron asignados para el desempeño de sus funciones al abandonar chocado el vehículo tipo Guayin, marca Chevrolet, modelo 2004, color amarillo, con número de placas HAK2522 y serie 2CNBE13C346913866, que se encontraba bajo su resguardo”.
Los documentos señalan que De la Cruz Piza no asistió a las comparecencias de pruebas y alegatos, por que se le sancionó con el descuento de 90 días de salario mínimo.
Por el accidente se inició la averiguación previa Tab/3ª/I/AM/0516/2006-3 por el delito de daños imprudenciales para que responda por la reparación del vehículo, “y a la fecha el citado servidor público no ha realizado el pago del pisaje ni mucho menos ha reparado el vehículo”.
Otro proceso administrativo disciplinario por el que fue sancionado con el descuento de 90 días de salario mínimo es por el “reembolso de facturas que no había pagado realmente”.
El 5 de julio de 2006 la representante legal de Medios Informáticos Digitales S.A. de C.V. denunció en la Contraloría el adeudo de 29 mil 42 pesos de la Secretaría de Desarrollo Urbano por “productos consumibles”, a pesar de que la Secretaría de Finanzas “ya había liberado vía de fondo revolvente, (…) lo que amparaba la factura expedida por le empresa” antes citada.
Además se dejó en libertad a la empresa Medios Informáticos Digitales S.A. de C.V. para que proceda “en la vía y forma correspondiente”.
El quinto caso es de “negligencia” al negarse a firmar una contestación de demanda judicial que el director de Asuntos Jurídicos, Antonio Sebastián Ortuño, le envió para contestar a la demanda interpuesta por Raymundo Melgarejo Vázquez ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo y no acudió a las comparecencias a las que fue citado para aclarar este hecho, sin que se haya dictaminado una sanción al respecto.