Rosa Icela Ojeda Rivera
Mayo 14, 2016
El aporte de las Legislaturas
Hace 29 años en el estado de Guerrero, durante el gobierno de José Francisco Ruiz Massieu, inició la institucionalización de las políticas de Igualdad con perspectiva de género. Correspondió a los integrantes de la LII Legislatura 1987-1990 la aprobación de la Ley Orgánica de la Administración Pública que en su artículo 30 creó la Secretaría de la Mujer y le encomendó la puesta en práctica del Programa para la Participación Social de la Mujer. A esa misma legislatura correspondió el mérito de incluir en La Ley Orgánica del Municipio Libre la Regiduría para la Participación Social de la Mujer. En la práctica ese logro se materializó muchos años después.
Durante el desempeño de la LIII Legislatura 1990-1993, los legisladores aprobaron La Ley del Divorcio que incluyó el divorcio administrativo, es decir la disolución del vínculo matrimonial sin formalismos judiciales; en 1991 homologaron el Código Penal del Estado con las reformas del Código Penal Federal de agosto de 1990, modificando el capítulo de delitos contra la libertad sexual. Como consecuencia de ello aumentó la penalidad para el delito de violación, se amplió el concepto de cópula y la violación equiparada para menores de 12 años y quién no tuviera capacidad de comprender ó resistir. Introdujeron el tipo penal de hostigamiento sexual, aunque no fue sino hasta 1996 que se dictó la primera sentencia condenatoria por ese delito.
La LV Legislatura 1996-1999 incluyó en el artículo 39 inciso t) del Código Electoral del Estado la indicación de garantizar en sus estatutos igualdad de condiciones para hombres y mujeres y que las candidaturas a diputados por ambos principios y la disposición para que los cargos edilicios no excedieran del 70% para un mismo sexo, así como la recomendación de promover una mayor participación política de las mujeres. En 1999, esta Legislatura aprobó la Ley de Asistencia y Prevención de la Violencia Intrafamiliar que impactó en la Ley de Divorcio y en el Código Civil, aunque los legisladores cometieron el error de definir la violencia intrafamiliar como ¨…el acto u omisión recurrente”. Tocó a esa Legislatura hacer la precisión de los delitos contra la libertad sexual, aumentar las penalidades para algunos delitos y eliminar del tipo penal de estupro los elementos de castidad y honestidad, aunque persistió la incongruencia de preservar el delito y mantener la extinción de la acción penal por matrimonio entre el estuprador y la víctima, extendiendo el beneficio a los copartícipes de ese delito. A la LV Legislatura corresponde el mérito de haber creado la Comisión de Asuntos de la Mujer, que con posterioridad se convirtió en Comisión de Equidad y Género del H. Congreso del Estado de Guerrero. La LV Legislatura fue una de las de mayor pluralidad política, con 8 diputadas electas y 2 suplentes que sumaron 10 al acceder como propietarias.
La legislatura LVII 2002- 2005 eliminó el certificado de no gravidez como requisito de contratación para las mujeres que laboran en el ámbito formal y en 2002 modificó el Código Penal del Estado para establecer que en el delito de violación el responsable no tiene derecho a gozar de conmutación de sanciones, remisión parcial de la pena o cualesquiera otro beneficio que establece la ley para los reos de la comisión de otros delitos.
A la LVIII Legislatura 2005-2008 correspondió aprobar disposiciones a favor de la Igualdad de Oportunidades, Paridad y Equidad de género en el ámbito electoral; la Ley número 553 para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y eliminar el concepto “recurrente” en el delito de violencia intrafamiliar; en abril de 2007 incluyeron la trata de personas en el artículo 133 bis del Código Penal.
La LIX Legislatura 2008-2012 modificó el Código Penal del Estado para incluir en el artículo 108 Bis el delito de feminicidio, estableciendo una penalidad de 30 a 50 años de prisión a “Quien privara de la vida a una mujer: para ocultar una violación, por desprecio u odio a la víctima, por tortura o tratos crueles o degradantes, cuando exista o haya existido una relación de afecto entre la víctima y el agresor, se hubiere producido en el marco de violencia familiar, o la víctima se encontrare en estado de indefensión”.
Correspondió a los y las integrantes de la LX Legislatura 2012- 2015, marcar un punto de inflexión en el retroceso de los derechos de las mujeres. En primer lugar mantuvieron vigentes disposiciones que vulneran el contenido de ordenamientos internacionales y de las leyes nacionales para la igualdad y no discriminación como el derecho de las mujeres a elegir libremente a su cónyuge, el cual se violenta con la persistencia del delito de estupro al promover el matrimonio entre el agresor sexual y su víctima; o en el caso de la imposición de una penalidad mínima en delitos donde las víctimas suelen ser mujeres, como es la privación de la libertad con fines eróticos, sexuales, o para contraer matrimonio. La LX Legislatura negó la oportunidad de reconocer la maternidad voluntaria como un derecho humano de las mujeres a pesar de que Guerrero presenta altos índices de muerte materna y es un estado que posee altas tasas de embarazo adolescente. Los y las integrantes de esta Legislatura eliminaron el artículo 108 Bis del Código Penal del Estado que estableció el delito de feminicidio.
La LXI Legislatura 2015-2018 ha recibido en sus comisiones unidas de Equidad y Género y de Justicia una iniciativa de reformas y adiciones al Código Penal que intenta corregir un acto de injusticia restableciendo el delito de feminicidio con una amplia casuística. La LXI Legislatura tiene al menos tres escenarios: repetir la actuación de la LX Legislatura negando una vez más los derechos a las mujeres; aprobar sin más la propuestas que hoy les han sido presentadas ó promover una urgente y necesaria una reforma integral para el logro de la igualdad sustantiva de las mujeres.
El rumbo de la LXI Legislatura respecto al tema de los Derechos Humanos de las mujeres dependerá sin duda de las posibilidades reales de la construcción de consensos según los posicionamientos que asuman las élites políticas partidarias representadas en el Congreso, que tanto pueden orientarse en favor del cambio democrático o por la preservación de la cultura machista y patriarcal, causa estructural de la violencia de género con todas las consecuencias que ello implica, como el aumento exponencial de los homicidios dolosos de las mujeres y la impunidad en los feminicidios. Esperemos por el bien de Guerrero ocurra lo primero.