Rosa Icela Ojeda Rivera
Abril 18, 2016
Como lo citamos en la parte I del artículo del mismo título publicado en este medio, las estadísticas de diversas fuentes, entre las que se hallan las de la entonces Procuraduría General de Justicia, hoy Fiscalía General del Estado de Guerrero, los homicidios dolosos cometidos en contra de las mujeres se incrementaron gradualmente hasta duplicarse en 2005. De entonces a la fecha las cifras no han dejado de crecer e incorporar entre sus particularidades la exacerbación y crueldad con las que más y más mujeres son asesinadas cada día.
Es preciso puntualizar que mientras generalmente los hombres son asesinados por otros hombres, de forma regular los asesinatos de las mujeres son cometidos por hombres y no por personas de su mismo sexo.
Además, en un número considerable de casos, previo a la privación de la vida las mujeres son sometidas a crudelísimas y diversas formas de violencia sexual. Sólo en el caso de las mujeres sus cadáveres son exhibidos en vía pública mostrando de forma impúdica, obscena y libidinosa sus cuerpos. Sólo en el caso de las mujeres los medios electrónicos y algunos impresos incluyen imágenes degradantes, acompañadas de títulos que no sólo legitiman la violencia ejercida contra ellas sino incluso contribuyen a su deshumanización aun después de haber sido asesinadas. Se lee: “La mato su novio por infiel”, “Taibolera muerta con narcomensaje”, “Apareció la abejita asesinada”.
No falta quien intente una explicación al aumento de los crímenes de las mujeres emitiendo argumentos a priori refiriendo que el aumento se debe a los vínculos afectivos y sentimentales que las mujeres asesinadas mantenían con personas que colaboran con la delincuencia organizada, por no pagar “derecho de piso” o por colaborar directamente, de forma voluntaria o no, con grupos delincuenciales, como si cualquiera de estas circunstancias eximiera a las autoridades de cumplir su obligación de investigar y aplicar castigo a los responsables. El incumplimiento de esta obligación en razón de la presunta actividad o relaciones de la víctima con el victimario o victimarios es una grave omisión que viola sus derechos humanos y el de sus familiares.
En Guerrero 2005 fue el punto de inflexión para el aumento de asesinatos de mujeres, de un máximo de 55 homicidios dolosos de mujeres registrados hasta 2004, en 2005 la cifra registrada aumentó a 120. También fue a partir de 2005 que se incrementó el número de mujeres asesinadas no identificadas de inmediato, por haber sido desfiguradas o por el grado de exposición al medio, al ser encontradas muchos días después de haber sido privadas de la vida. Cada día más mujeres son asesinadas y abandonadas en parajes solitarios o en la vía pública. Muchas mujeres han sido previamente torturadas, desmembradas, incineradas mutiladas o desfiguradas. Gradualmente también aumentó el número de mujeres agredidas sexualmente antes de ser asesinadas. Se amplió el número de mujeres asesinadas que laboraban en comercios establecidos y otras que vivían de la economía informal, otras más fueron asesinadas en compañía de esposos y familiares, pero eso tampoco exime a la autoridad de cumplir el procedimiento penal al que están obligados en este tipo de delitos.
En 2010 fallecieron mujeres que trabajaban en las Comandancias de Policía de Ciudad Renacimiento y Zapata cuando fueron atacados con granadas; otras mujeres fueron secuestradas, torturadas y asesinadas por estar casadas con agentes de la policía. En junio de 2012 fue asesinada la Fiscal Especial para Delitos Sexuales del Distrito Judicial de Tabares. La prensa mencionó que fue por no acceder a las presiones y amenazas recibidas por parte de grupos de delincuencia organizada. Ese mismo año se perpetró el ataque contra una institución defensora de los derechos de las mujeres y el 9 de julio de ese mismo año fue baleado en su interior el Instituto Municipal de la Mujer del Municipio de Acapulco, resultando gravemente herida la directora del Departamento Jurídico.
Es la impunidad y la falta de resultados en el castigo de los responsables lo que incrementa la inseguridad y evidencia las rupturas del Estado de Derecho. Es la impunidad y la naturalización de la violencia que sufren las mujeres la que niega sus derechos humanos y convierte sus asesinatos en un crimen de estado. Cuando se hace evidente la ruptura del Estado de Derecho, algunas leyes previenen la adopción de medidas emergentes y temporales para su reparación con el objetivo de garantizar la restitución de esos derechos. Las medidas reparadoras son innecesarias si el Estado de Derecho está vigente y el Estado de Derecho está vigente y sin rupturas cuando se halla garantizada la procuración de justicia mediante una investigación eficiente, transparente e imparcial, cuando se aplican los protocolos previamente establecidos, cuando se cuenta con personal suficiente y capacitado para la investigación de los delitos y se garantiza el castigo de los responsables.
Tampoco hay evidencia de la ruptura del Estado de Derecho si, en lo que respecta a las mujeres, las instituciones que garantizan la vigencia de sus derechos humanos poseen suficientes recursos económicos para la atención, prevención, sanción y erradicación de la violencia de género y si existe un número suficiente de mujeres en los distintos órdenes de gobierno; Entonces las medidas emergentes salen sobrando.
Mientras el escenario de la plena vigencia del estado de Derecho esté en construcción no habrá garantía de que nadie, ni hombres ni mujeres, vivamos una vida libre de violencia y con calidad humana. La construcción del cambio y la consolidación del Estado de Derecho no se logra negando una realidad evidente ni escindiendo más a una sociedad ya de por sí polarizada. Quizá el camino más corto sea la búsqueda de convergencia en torno a las preocupaciones que nos son comunes a sociedad y gobierno.