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Morir en Morelos   Miguel Ángel Granados Chapa   Braulio Paredes Núñez fue asesinado a los 18 años de edad. Apenas es posible imaginar el corrosivo dolor que padecen sus padres desde aquel Día de Muertos en que su hijo                             fue … Continúa leyendo Plaza Pública

Mayo 17, 2004

Morir en Morelos  

Miguel Ángel Granados Chapa  

Braulio Paredes Núñez fue asesinado a los 18 años de edad. Apenas es posible imaginar el corrosivo dolor que padecen sus padres desde aquel Día de Muertos en que su hijo                             fue baleado en el pecho y perdió la vida. Pero su pesadumbre aumentó el 3 de mayo, cuando el homicida fue absuelto y dejado en libertad. Los atosiga aún más la posibilidad de que haya sido el dinero, y no la aplicación del derecho, lo que permitió salir de la cárcel a quien mató a su muchacho.

Con amigos y compañeros de escuela Braulio viajó a Temixco, en las inmediaciones de Cuernavaca al finalizar octubre de 2002. En casa de uno de ellos, en el fraccionamiento Burgos, pasarían los días siguientes. Pero poco después de las ocho de la noche Braulio y José Pedro Sarquís se trenzaron en una discusión enojosa. El segundo estaba acompañado por sus guardaespaldas Juan Carlos Zanatta Ruiz y Raymundo Arévalo Linares. El primero de ellos, al rendir su declaración ministerial, narró que después del desencuentro, y tras volver de hacer una compra en un establecimiento cercano, Sarquís le ordenó entregarle la pistola que llevaba consigo. Aun le anunció que la usaría contra Braulio Paredes, lo que el guardaespaldas no creyó, “porque así se hablaban”. Conforme a ese testimonio, Sarquís se habría colocado el arma en la cintura y enseguida la sacó de allí para usarla contra Paredes.

Asustados por lo ocurrido, los amigos de la víctima y el victimario resolvieron lavar el cadáver, para eliminar los pormenores de la agresión, por lo cual demoraron en llamar una ambulancia. Uno de los paramédicos que atendió la emergencia declaró su sorpresa de que el cuerpo no presentara huellas de sangre, anomalía que más tarde sería explicada por la jueza Guillermina Jiménez Serafín con base en especiosos razonamientos periciales.

Todos los muchachos se fueron del lugar inmediatamente. El 5 de noviembre volvieron y se presentaron ante el ministerio público, que inició una lentísima averiguación previa. Tan demorada fue la investigación, que apenas el 8 de julio, ocho meses después del homicidio se solicitó y obtuvo el arraigo, durante treinta días, de diez personas presentes en el lugar de los hechos. El 23 de ese mes se tomó declaración a los arraigados. En el acta correspondiente, el agente del ministerio público hace constar que “no fueron maltratados, no presentaron lesiones, preguntándoles de igual manera a los arraigados que si habían sido objeto de maltrato y me contestaron que no, que todo estaba bien, dándome las gracias”.

Puesto que las actas ministeriales en general, y en Morelos en particular según se sabe hoy, pueden no merecer fe, cabe tener presente que la Comisión de Derechos Humanos de Morelos, cuya presencia en la Academia estatal de policía, donde se cumplía el arraigo, había sido solicitada por los padres de los indiciados, se manifestó en sentido semejante. El asesor jurídico de la visitaduría regional oriente informó a los afectados que sus padres habían presentado una queja por el arraigo, y les preguntó “si deseaban formular alguna queja o ampliar la que ya habían iniciado, contestándome las personas arraigadas, antes citadas, que no, por lo que el suscrito nuevamente les pregunté cómo los trataban los servidores públicos y las autoridades que se encontraban en el lugar, contestando que bien”. También les preguntó, de modo expreso “si habían sido coaccionados, presionados o amenazados al momento de rendir su última declaración ministerial, contestando que no, que había sido libre”. En esa declaración ministerial, varios de los arraigados inculparon a Sarquís, que fue declarado formalmente bajo proceso por homicidio el 6 de agosto del año pasado. Sus nueve acompañantes lo fueron también, acusados de encubrimiento por favorecimiento, y quedaron libres bajo caución. Fueron siempre objeto de un trato deferente, sin embargo, pues no se les obligó a firmar el libro correspondiente cada semana, como dispone la ley, y el 3 de mayo pasado, al igual que Sarquís, fueron absueltos.

El principal argumento de la jueza consistió en desestimar las declaraciones ministeriales y en dar crédito a otras producidas posteriormente, según las cuales desde el exterior de la casa donde se reunieron, Braulio Paredes había sido alcanzado por el balazo que lo mató.

También atrevió la juzgadora una incursión sicológica. Frente al testimonio original de quienes narraron que la discusión entre Paredes y Sarquís versaba sobre quién tenía más dinero, la jueza consideró que ese motivo “era totalmente inaceptable, pues por lógica natural el hecho ilícito que se analiza, usualmente deriva de contiendas de obra o de palabra de gran trascendencia o consideración”.

Para la juzgadora que así razona, y no obstante la información de la CEDHM, “las declaraciones emitidas por los acusados durante el arraigo fueron el resultado mismo de una coacción física y moral ejercida en cada uno de ellos”. En una equivalencia no sustentada en argumentos, la jueza llama a esa coacción “violencia” misma que “desde luego viene a nulificar toda declaración que con motivo de ella haya sido emitida”. Insiste, al concluir, que las pruebas que incriminan a Sarquís “han sido desvirtuadas o decretada su nulidad, esencialmente las declaraciones que en base a la violencia física o moral les fueron arrancadas a todos y cada uno de sus coacusados”.

Irrecuperable la vida de su hijo, irremediable el dolor de su ausencia, a los padres de Braulio les fue arrebatada también la justicia.