EL-SUR

Lunes 22 de Abril de 2024

Guerrero, México

Opinión

PRD y PAN niegan la participación indígena en la Constituyente

Marcos Matias Alonso

Abril 07, 2016

En otros artículos de opinión he informado que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha elaborado diversas resoluciones, sentencias y varias disposiciones enfocadas para garantizar la participación indígena en los procesos político electorales. De acuerdo con lo anterior, el 26 de febrero pasado, la Sala Superior del TEPJF determinó que, para la integración de la Asamblea Constituyente de la CDMX, los partidos políticos deben incluir “una fórmula de candidatos indígenas en el primer bloque de 10 candidaturas que registren, a efecto de garantizar una participación plural…”.
La Sala Superior del TEPJF consideró, “Que la Constitución no es sólo un texto jurídico sino también la expresión de un nivel de desarrollo cultural, instrumento de la representación cultural autónoma de un pueblo, reflejo de su herencia cultural y fundamento de nuevas esperanzas”. Por lo anterior, “se motivó que en la integración de la Asamblea Constituyente se ha de contemplar necesariamente mecanismos para garantizar la participación efectiva de los sectores juveniles, así como de los pueblos y comunidades indígenas”.
Consecuencia de lo anterior, el TEPJF ordenó al Instituto Nacional Electoral incluir la “Acción afirmativa en favor de las personas jóvenes” y la “Acción afirmativa en favor de personas, pueblos y comunidades indígenas”.
La determinación del TEPJF es precisa:
“Los partidos políticos que pretendan registrar candidaturas deberán incluir en el primer bloque de diez, de las que propongan, al menos una fórmula de candidatos indígenas. Tanto los partidos políticos, como el Instituto Nacional Electoral, a través de sus órganos competentes, deberán hacer del conocimiento de su militancia y de las demás personas que puedan estar interesadas, la existencia de la obligación de incluir cuando menos una fórmula de candidatura indígena en el primer bloque de diez candidaturas”.
En sesión del pasado 16 de marzo, el Consejo General y los consejeros electorales del Instituto Nacional Electoral, se comprometieron a cumplir y hacer cumplir las disposiciones ordenadas por el TEPJF. A las 24 horas del domingo 27 de marzo, venció el plazo para la entrega de la lista de candidaturas por parte de los partidos políticos. En el siguiente cuadro está la lista del primer bloque de 10 candidaturas de los cuatro principales partidos políticos.
El partido de Movimiento de Regeneración Nacional (Moena) incluyó a Mardonio Carballo en el número 10 de su lista de candidaturas. Mardonio Carballo es un nahuatlato de Chicontepec, Veracruz, con varios años de residencia en la Ciudad de México. Es un destacado poeta, actor y periodista indígena. MORENA hizo una postulación incuestionable.

El PRI, incluyó en el número 10 de su lista a Filogonio Sánchez Alvarado, el cual es un nahuatlato de Milpa Alta. Fue Secretario de Acción Indígena del Comité Municipal de su jurisdicción y dispone de amplia trayectoria en el trabajo partidario y organizativo de los pueblos originarios de su zona. Sin la disposición del TEPJF, ni Mardonio ni Filogonio estarían en el número 10 en las prioridades de sus respectivos partidos políticos. Morena, además de Mardonio Carballo, también incluyó en el número 29 a Larisa Ortiz Quintero, una destacada abogada indígena con sólida experiencia en la defensa de los derechos indígenas.
Al parecer la equidad de género ha sido respetada en el ámbito de las decisiones para la conformación de las candidaturas. La paridad es una conquista irrenunciable. Las listas de Morena, PRI y PRD son encabezadas por destacadas mujeres. El PAN privilegió a Santiago Creel y desplazó a valiosos cuadros de su partido. Jesús Ortega en su ambición desmedida por el poder se encuentra en un número privilegiado para ocupar un escaño en la Constituyente de la CDMX.
El Partido de la Revolución Democrática (PRD) y el Partido de Acción Nacional (PAN) no registraron ninguna postulación indígena en el primer bloque de 10 candidaturas. EL PRD y el PAN desacataron la disposición del TEPJF y los lineamientos a los cuales el INE se comprometió cumplir y hacer cumplir.
Fuentes informativas de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades (Sederec) de la CDMX, me comunicaron que el PAN registró en el número dos de su lista a Margarita Saldaña Hernández, como parte de su cuota de la “Acción afirmativa indígena”. Ha sido brillante la “hoja de vida” de M. Saldaña: ex jefa delegacional en Azcapotzalco, ex diputada local de la Asamblea Legislativa y ex Diputada Federal. En su larga trayectoria política, M. Saldaña nunca se asumió como originaria de ningún pueblo indígena y mucho menos hablante de alguno de los idiomas nativos del país. Salvo que demuestren lo contrario, me atrevo a pensar en una estafa anticipada la postulación de M. Saldaña, como parte de la cuota indígena.
El PRD informa que postuló a Guadalupe Muñoz Ruíz en el número cinco del primer bloque de 10 y la registró con la cuota de la “Acción afirmativa indígena”. Se sabe que G. Muñoz es consejera del PRD en Iztapalapa y es hija de Nury Delia Ruíz, diputada local de Movimiento Ciudadano. No hay ningún antecedente sobre su trayectoria de trabajo con los pueblos indígenas de su delegación. Posiblemente el PRD, al igual que el PAN, registraron sus candidatos con la figura de indígenas o de pueblos originarios sólo para cubrir la disposición del INE y del Tribunal, pero no privilegiaron a los verdaderos cuadros indígenas que merecen una oportunidad de coadyuvar en la Asamblea Constituyente de la CDMX.
Quizá los pueblos indígenas de la CDMX no disponen de la experiencia necesaria para impulsar procesos de impugnación que obliguen al PAN y al PRD cumplir con los ordenamientos del Tribunal de incluir en sus listas a verdaderos indígenas. Aún es complicado hacer valer los derechos político electorales, pero es un camino jurídico que necesariamente transitarán los pueblos indígenas. Hoy, sólo Morena y el PRI garantizaron la inclusión indígena. El derrotero hacia la Asamblea Constituyente de la CDMX está lleno de lecciones que. tarde o temprano, los partidos políticos tendrán que cumplir con la normatividad judicial que los tribunales determinen y que son parte del legítimo derecho de los pueblos indígenas de México.

* Investigador titular del CIESAS