EL-SUR

Jueves 18 de Abril de 2024

Guerrero, México

Opinión

Sobre la versión definitiva de la ley del INPI

Margarita Warnholtz

Noviembre 30, 2018

En mi entrega pasada me referí a la iniciativa de la Ley del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI), la cual en esos días se estaba discutiendo en los foros de consulta que se realizaron para recoger la opinión de los pueblos originarios. Revisé la versión que estaba en discusión en los foros mencionados y, entre otras cosas, comenté que me parecía relevante que se incluyera el consentimiento en el inciso relativo a la consulta previa, libre e informada, pues sin éste las consultas no tienen sentido, aunque aclaré que éste no está en la Constitución.
Ahora, revisando la versión final aprobada, me encuentro con que, entre otros cambios, simplemente desapareció esa palabra. En la versión llevada a consulta, entre las funciones del instituto está la de “garantizar, coadyuvar e implementar los procesos de consulta y consentimiento libre, previo e informado cada vez que se prevean medidas legislativas, administrativas, programas y proyectos susceptibles de afectar los derechos de los pueblos indígenas”. Y la nueva versión dice que el Instituto “será el órgano técnico en los procesos de consulta previa, libre e informada cada vez que se prevean medidas legislativas y administrativas en el ámbito federal susceptibles de afectar los derechos de los pueblos”.
No solamente desaparece el consentimiento, con lo cual las consultas dejan de ser vinculantes y se convierten en una forma de recoger simplemente la opinión de las comunidades, también desaparece la consulta a programas y proyectos y se reduce al ámbito federal, además de que el INPI ya no “garantizará” los procesos.
Desconozco los argumentos vertidos por los congresistas para hacer estos cambios, pero me parece que puede haber dos razones: una, que en tanto no esté contemplado el consentimiento en la Constitución no se puede incluir en la ley, pues la Carta Magna está por encima de todas las leyes; otra, que el nuevo gobierno no tiene intención de acatar las decisiones que surjan de las consultas.
Me inclino más por la primera, pues AMLO y sus colaboradores han dicho reiteradamente que se tomará en cuenta a los pueblos indígenas, y que se realizarán las consultas previas, libres e informadas que sean necesarias, empezando por la consulta para la construcción del Tren Maya, aunque quienes solamente leen los encabezados tendenciosos de las noticias, no se hayan enterado y continúen afirmando que la obra se va a iniciar sin realizar la consulta correspondiente o manifestando que “exigen” que se haga.
Lo que urge es una reforma al artículo segundo constitucional que incluya el consentimiento y que defina a los pueblos indígenas como sujetos de derecho, lo cual también aparece en la ley en cuestión pero no en la Constitución. Será hasta que se hagan esos cambios cuando podremos estar seguros de que se respetarán las decisiones de estos pueblos y de que serán considerados sujetos de derecho no solamente por el INPI, sino por todos (supongo que si no se quitó ese punto de la ley del instituto será porque no se contrapone a la Constitución de la misma manera que el otro). También falta incluir en la Constitución a los pueblos afromexicanos, quienes aparecen en la ley del INPI prácticamente a la par de los indígenas, lo cual fue un cambio muy positivo.
La transformación apenas empieza y no se puede cambiar todo en unos días o meses; ya se cambiaron varias cosas, sobre todo algunas urgentes para que AMLO pueda actuar, como es la creación del INPI que, según me comentó un morenista, precisamente urgía para poder organizar la consulta a los indígenas que serán afectados por el Tren Maya. Mañana, por fin, tendremos nuevo presidente y dentro de unos meses podremos comenzar a ver resultados que, confío, serán a favor de los pueblos indígenas y afromexicanos.