Se buscará a miembros de la comunidad cultural de Acapulco y al director de la CICAEG, Javier Taja, para analizar qué se hará con la efigie del comediante instalada frente al hotel Elcano, anuncia el director del Instituto Municipal de Planeación, Yair García Delgado
Octubre 12, 2021
Óscar Ricardo Muñoz Cano
El director del Instituto Municipal de Planeación (Implan) de Acapulco, Yair García Delgado, señaló que si la sociedad lo solicita, deberá retirarse la estatua del comediante Eugenio Derbez colocada en sigilo en una glorieta frente al hotel Elcano, a una cuadra de la avenida Costera, el sábado, por parte del gobierno del estado, que concluye su periodo este viernes.
Para ello, adelantó que concertará una reunión con la comunidad cultural y contactará al director de la Comisión de Infraestructura Carretera y Aeroportuaria del Estado de Guerrero (CICAEG) Javier Taja para platicar del tema.
En charla telefónica, declaró que “la idea primero es que se tome se cuenta la comunidad en el entorno, quien siempre tiene la última palabra es la ciudadanía y en ese sentido nosotros estaríamos entablando una comunicación institucional con la comunidad cultural y la sociedad civil que se quiera integrar a efecto de darle una orientación mejor a esa estatua”.
“Yo creo que entre hoy (lunes) y mañana (martes) estaremos buscando a la comunidad cultural para que pudiéramos hacer un balance juntos de cuáles podrían ser las acciones sociales, y por supuesto jurídicas, según sea la normativa respecto al espacio público.
“En tanto nosotros no nos reunamos con la comunidad, con la sociedad, con todos aquellos interesados en ese espacio, no podremos determinar si se queda o se va (…) Si (la decisión) es, por ejemplo, quitarla, pues hacer lo conveniente para hacerlo y si sólo se va a hacer alguna modificación, lo mismo”, recordando que su dirección sólo es el intermediaria para hacer o una o la otra cosa de la mano de la sociedad, la cual podría incluso “hacer oficios a nuestra dependencia para que nosotros pudiéramos involucrar a la presidenta municipal (Abelina López Rodríguez) para que ella esté enterada y pudiera hacer la recomendación o la solicitud pertinente”.
Tras reiterar que el municipio tiene la rectoría en este tipo de intervenciones urbanas o territoriales, independientemente de que el recurso y la acción sean del orden federal o estatal añadió que “es necesario atender el reclamo de la comunidad (cultural) la sociedad civil e incluso asociaciones civiles que están clamando por el retiro (de la estatua)”.
El municipio puede solicitar
su retiro: especialista
Mientras tanto, el doctor en Desarrollo Regional, Manuel Ruz Vargas, miembro del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (Icomos, un organismo de la Unesco), aceptó que el municipio puede ejercer su función rectora y solicitar el retiro de la estatua, ya que la CICAEG no tiene facultades para erigir una estatua o monumento.
En charla telefónica declaró que “la CICAEG no tiene nada que ver ahí, les atañe hace infraestructura y equipamiento como tuberías de drenaje, alumbrado público e incluso la ornamentación de algunas áreas, pero no esto (esculturas o estatuas) porque no es mobiliario urbano”.
Señaló que se incurre en una ilegalidad, por contravenir el artículo 115 constitucional –sobre los derechos y obligaciones de los municipios– y la Ley de Cultura del estado, por lo que “el municipio podría solicitar su retiro, toda vez de que además de la molestia a la comunidad no hubo alguna invitación al municipio, algún aviso ni nada que sustentara esta acción”.
El también profesor-investigador de la UAG en temas de conservación y difusión del patrimonio cultural, señaló también que la obra realizada ahí fue con dinero del pueblo que debe ser fiscalizado, pero por ejemplo, “la escultura en sí no puede ser tasada por metro cuadrado, y al ser un trabajo intelectual, uno no sabe cuánto haya costado, eso puede generar una discusión: el uso de recursos públicos para realizarla”.
Esta situación es muy cuestionable, enfatizó, además de que “la instalación de un monumento, una estatua tiene que ser aprobada por Cabildo y la obra debe tener vinculación directa sobre el lugar”.
Esto es que por ejemplo, “el personaje debe tener alguna acción protagónica que valga la pena ensalzar ya que si no, cualquier hijo de vecina puede poner la estatua de alguno de sus familiares”.
Por ello, “nadie pone en entredicho a la estatua de (Germán Valdés) Tin Tan, quien sí hizo difusión para el puerto no con una película sino con varias, e incluso radicó aquí; él estaba arraigado en la comunidad, tenía pertenencia a la misma y su labor contribuyó con la proyección de la imagen de Acapulco”.
Impide la Ley de Cultura que se ponga el nombre del actor a la glorieta
La Ley 444 para la Protección del Patrimonio Cultural y Natural del Estado y los Municipios de Guerrero impediría que la glorieta donde está situada la estatua lleve el nombre de Eugenio Derbez, tal y como dice su placa alusiva.
El artículo 110 del Capítulo II de la Nomenclatura de los Bienes, donde en su parte V señala: “Para la denominación con nombres de personas, sólo podrán usarse los de quienes hayan destacado por sus actos a nivel municipal, estatal, nacional o internacional en la cultura, la educación, la ciencia, la tecnología o el deporte; tomando en cuenta el sentir de los ciudadanos”.
Así también, en su parte VIII indica: “Se deberá dar preferencia a los nombres, fechas, lugares y hechos representativos del estado y de los municipios de Guerrero”.