
El abogado de los padres de los 43, Vidulfo Rosales, explica que el juez Ventura Ramos no tomó en cuenta las pruebas que aportó el fiscal especial para el caso Ayotzinapa con las que se acredita ese delito y la desaparición de los normalistas. El juez se negó a cambiar secuestro por ejecución, desaparición y tortura, señala la Red Década contra la Impunidad
Chilpancingo, Guerrero y Ciudad de México, 19 de mayo de 2023. El abogado de las madres y los padres de los 43 normalistas desaparecidos en 2014, Vidulfo Rosales Sierra, informó ayer que impugnarán la decisión del juez Primero de Distrito de Procesos Penales Federales del Estado de Tamaulipas, Samuel Ventura Ramos, de absolver del caso Ayotzinapa al ex presidente municipal de Iguala, José Luis Abarca Velázquez, y al ex líder del grupo delictivo Guerreros Unidos, Sidronio Casarrubias Salgado, en cuanto reciban la notificación de la resolución dictada el 12 de mayo pasado.
Afirmó que el juez tiene un criterio sesgado, luego de que la Fiscalía General de la República (FGR) no pudo acreditar la existencia de la organización Guerreros Unidos, a la que se le atribuye la desaparición de los 43 estudiantes, pues se declararon nulas las pruebas de la verdad histórica y no se otorgó valor probatorio a las nuevas pruebas entregadas por el ex fiscal especial para el caso Ayotzinapa, Omar Gómez Trejo.
También, argumentó que esa decisión del juez se debe al “pleito casado” que existe entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial, en el que se ven arrastrados el caso Ayotzinapa y las víctimas.
El martes, en la conferencia matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador, el subsecretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Luis Rodríguez Bucio, exhibió al juez Samuel Ventura Ramos, por absolver el 12 de mayo de este año a Sidronio Casarrubias Salgado, líder del grupo delictivo Guerreros Unidos, y al ex presidente municipal de Iguala, José Luis Abarca Velázquez por del delito de delincuencia organizada en el caso Ayotzinapa.
No obstante, después se informó que en la misma causa penal 100/2014 –VIII, el juez Primero de Distrito de Procesos Penales Federales del Estado de Tamaulipas, Samuel Ventura, sí impuso una pena de 92 años y seis meses de prisión, así como una multa de 15 mil días, equivalente a 920 mil 700 pesos, al ex edil perredista de Iguala, pero por el delito de secuestro en agravio del dirigente social, Arturo Hernández Cardona y seis integrantes de la organización Unidad Popular (UP) de Iguala.
Ayer, vía telefónica, se consultó al abogado del Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan, Vidulfo Rosales Sierra, quien afirmó que la defensa del caso Ayotzinapa apelará la absolución de Abarca Velázquez en el caso Ayotzinapa.
Sin embargo, contó que aún no han sido notificados de manera directa, para que puedan inconformarse mediante la interposición de algún recurso. Aseguró que no debe demorar, luego de que la resolución del juez es reciente, y espera que entre ayer y hoy les notifiquen de la resolución.
Consideró que el juez Samuel Ramos Ventura no valoró de manera minuciosa las pruebas, “si bien es cierto, hay varios datos de pruebas que fueron excluidos por ilegales, que se refieren a la verdad histórica, también hay nuevos datos de prueba que la Fiscalía (General de la República) incorporó”.
Dijo que el razonamiento del juez se basa en que esas nuevas pruebas son copias certificadas y no le merecen valor probatorio alguno, agregó que como defensa de los padres y madres de los 43 difieren de ese criterio, porque debe tomarse en cuenta el contexto del caso Ayotzinapa, y valorar de manera exhaustiva las pruebas, que son “declaraciones de los propios estudiantes, también son declaraciones de los padres de familia de los 43, que no se valoren de manera acusiosa esas pruebas nos parece una posición sesgada del juez”.
Expuso que el juez Ventura Ramos tuvo un criterio el cual se inclina en contra del caso Ayotzinapa, al absolver al líder de Guerreros Unidos, y al ex presidente municipal de Iguala, “por esa razón y otros argumentos habremos de apelar la resolución”.
Manifestó que hay tiempo todavía suficiente para apelar la decisión de Ventura Ramos y que en todas las resoluciones en las cuales se han absuelto a las personas involucradas en el caso Ayotzinapa, han sido impugnadas con recursos de apelación y no son definitivas todavía.
Argumentó que mediante un amparo de revisión, el Juzgado del Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito con sede en Tamaulipas fue quien declaró ilegal todos los datos de pruebas que fueron obtenidos al amparo de la verdad histórica, es decir, las investigaciones del pasado gobierno priista de Enrique Peña Nieto.
“Por lo tanto, al declarar ilegal todas esas pruebas, dejó sin sustento la acusación que había contra Sidronio, Abarca Velázquez y otras personas más, sin embargo, cuando llega (el fiscal especial para el caso Ayotzinapa) Omar (Gómez Trejo) a la Fiscalía, incorpora nuevos datos de prueba, entre ellos, las declaraciones de los padres de los 43, declaraciones de los estudiantes y otras pruebas con las que se acredita la delincuencia organizada y se acredita la desaparición de los jóvenes”, mencionó.
Rosales Sierra manifestó que esas pruebas incorporadas por Gómez Trejo, para el juez Ventura Ramos no tienen “valor convictivo” porque son copias certificadas, es decir, esos testimonios devienen de un proceso diverso donde fueron ofrecidos esas pruebas.
Señaló que por esa razón, la FGR no pudo acreditar la existencia de la organización Guerreros Unidos, a la que se le atribuye la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa, al haber sido declaradas nulas las pruebas de la verdad histórica y al no otorgarle el valor probatorio de las nuevas aportadas por Gómez Trejo.
El abogado de Tlachinollan aseveró que no se analizó exhaustivamente las nuevas pruebas, y que “el proceso está en un sistema mixto en el que tienen prevalencia los documentos escritos, no es necesario que los testimonios sean de viva voz al tribunal, sino pueden ser valorados en su versión de documentos o de un testimonio escrito, sin embargo, el juez no lo considera así”.
Dijo que el sesgo del juez se debe a otras circunstancias de carácter político-ideológico “en el pleito que existe entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial (federal), en este pleito casado que hay entre los poderes, el caso Ayotzinapa y las víctimas de este caso se ven arrastradas por esa disputa, nosotros no tenemos nada que ver ahí, entonces debe haber un espíritu que se ciña al caudal de pruebas que exista y a los anhelos de justicia de las víctimas”.
Absuelven a Sidronio de delincuencia organizada; la FGR no probó que existe Guerreros Unidos
Debido a que la Fiscalía General de la República (FGR) no pudo acreditar la existencia de la organización Guerreros Unidos, a la que se le atribuye la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa, Sidronio Casarrubias Salgado, presunto líder de esta asociación delictiva, fue absuelto por un juez federal.
El 12 de mayo de 2023 se dictó sentencia definitiva en la causa penal 100/2014 del Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Tamaulipas, en la que se acusaba a Casarrubias de delincuencia organizada para cometer el delito contra la salud con fines de fomento.
El juez Samuel Ventura Ramos, que también fue el que absolvió a José Luis Abarca, ex alcalde de Iguala, por el mismo delito, falló a favor del presunto líder de esta célula criminal que se presume fue fundada en el año 2011, a raíz de la desaparición del cártel de los Beltrán Leyva, y que operaba en Morelos y Guerrero.
La Fiscalía ejerció acción penal en contra de Sidronio Casarrubias en octubre de 2014. Fue detenido junto con José “N” (José Luis Abarca, ex alcalde de Iguala), acusado además de participar en los secuestros de diversas personas en 2013 y quien también fue relacionado con el caso Ayotzinapa.
En este fallo, por el que ambos quedaron absueltos del delito de delincuencia organizada, José “N” fue condenado por secuestro agravado, por lo que se le impuso la pena de 92 años de prisión y una multa.
La sentencia señala que en el proceso penal de origen no se acreditó la existencia de la organización criminal Guerreros Unidos, además de que tampoco se comprobó que los procesados pertenecieran a alguna organización criminal.
Para justificar lo anterior, expuso que el órgano acusador intentó acreditar la existencia de la organización criminal con la copia certificada de diversas sentencias dictadas en distintos procesos penales federales.
Sin embargo, en ellas se tuvo por sentada la existencia de diversas agrupaciones criminales, como el Cártel de los Beltrán Leyva y La Barredora, pero se consideró que en su contenido no hay datos que fundamentaran que Guerreros Unidos derive de éstas.
Además, señaló que los testimonios fueron recabados ilícitamente y éstos dan cuenta de la privación ilegal de la libertad de diversas personas, entre otras actividades, pero no de la existencia de la organización criminal.
Asimismo, estimó que las documentales exhibidas por la FGR dan cuenta de la existencia de otras averiguaciones previas y que en ellas se recabaron pruebas relacionadas con procesos seguidos en territorio nacional y el extranjero a otras personas.
No obstante, opinó que éstas no pueden valorarse como pruebas en el proceso de origen porque se recabaron en diversas indagatorias y con esto insistió que su contenido no demuestra que los procesados pertenecen a una organización criminal.
“La decisión no debe entenderse en el sentido de que no existe la organización criminal, ni que los hechos por los que se formuló acusación no hayan sucedido, sino que las pruebas aportadas por la Fiscalía (que no fueron excluidas) -en esa causa penal- no lo demuestran”, precisó el juez.
De manera contraria, en el fallo condenatorio por el delito de secuestro agravado, el juzgado de Distrito afirmó que la FGR ofreció pruebas aptas y suficientes para tener por acreditada la responsabilidad penal de José “N” en la comisión de dos delitos de secuestro agravado cometidos en el 2013.
En el caso de Abarca, el juez se negó a cambiar secuestro por ejecución, desaparición y tortura
La Red Solidaria Década contra la Impunidad denunció ayer violaciones al debido proceso en la sentencia que emitió el Juez Primero de Distrito de Procesos Penales Federales del Estado de Tamaulipas, Samuel Ventura Ramos en el caso del dirigente social Arturo Hernández Cardona.
La secretaria ejecutiva del organismo, Magdalena López Paulino, declaró ayer por teléfono que el juez se negó sin justificación alguna a reclasificar el delito de secuestro agravado al de ejecución extrajudicial, desaparición forzada y tortura, y que derivado de ello el organismo de derechos humanos abandonó el litigo en el ámbito nacional y lo siguió ente la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
El 12 de mayo pasado el Juez Primero de Distrito de Procesos Penales Federales del Estado de Tamaulipas, Samuel Ventura Ramos, impuso una pena de 92 años y seis meses de prisión, así como una multa de 15 mil días, equivalente a 920 mil 700 pesos, al ex presidente municipal perredista de Iguala, José Luis Abarca Velázquez, por el delito de secuestro en agravio del dirigente social, Arturo Hernández Cardona y seis integrantes de la organización Unidad Popular (UP) de Iguala.
“Quizás 92 años es una sentencia justa, pero lo injusto es que no se le está sentenciando, aunque la sentencia fuera menor, por desaparición forzada, tortura y por ejecución extrajudicial, tomando en cuenta, sobre todo, que Arturo Hernández Cardona era un defensor de los derechos humanos”, dijo ayer López Paulino.
Informó que el caso lo defendían a favor de los familiares de Hernández Cardona, Ernesto Rodríguez, Ericka Zamora y Armando Venegas, de la Red Solidaria Década contra la Impunidad, pero que lo abandonaron en acuerdo con la familia de Hernández Cardona porque les implicaba un alto costo trasladarse en avión hasta Matamoros, Tamaulipas, donde está el Juzgado que llevó el caso.
“Había que estar litigando hasta Matamoros y (los defensores) tenían que viajar en avión y es muy caro, por eso ya no continuaron con el litigio y ahora lo lleva un defensor de oficio”, informó la secretaria técnica de la Red.
Declaró que, además, decidieron con los familiares de Hernández Cardona que ya no se iba a seguir la defensa en el ámbito nacional “porque se estuvo solicitando mediante oficio al juez de la causa que se reclasificara el delito de secuestro agravado a ejecución extrajudicial, desaparición forzada y tortura y nunca tuvimos respuesta”.
Insistió que en el organismo nunca estuvo de acuerdo que el caso se tipificara sólo como secuestro agravado.
“Estuvimos solicitando en tiempo y forma que se cambiara la tipificación y se negaron, por eso junto con la familia decidimos ya no darle seguimiento en el ámbito nacional porque, además, había dilación de justicia”, denunció López Paulino.
Informó que con la familia de Hernández Cardona acordaron canalizar todo ante la CIDH, y que actualmente están en espera de que la CIDH les diga si le dará o no traslado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Cidh).
Según la defensora, el Juzgado nunca les dio una respuesta técnica ni oficial del por qué no se tipificó el delito de ejecución extrajudicial, desaparición forzada y tortura, a pesar de que se acreditaron.
“Solo a nivel personal nos dijeron que era mejor continuar con el delito de secuestro agravado”, contó la abogada.
Dijo que el 31 de mayo habrá un conversatorio y una conferencia en la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México en la que se hablará del caso, como parte de las actividades por el décimo aniversario de la ejecución extrajudicial de Hernández Cardona.
Adelantó que participarán familiares del dirigente social asesinado, encabezados por su hija Soledad Hernández y los integrantes de la Red Solidaria Década contra la Impunidad que participaron en la defensa del caso.
“Me voy a dar el gusto de matarte”, dijo Abarca a Hernández Cardona, según un testigo del crimen
El 30 de mayo del 2013, aproximadamente a las 16:30 horas, la camioneta Honda tipo Pilot en la que viajaban el finado Arturo Hernández Cardona y siete miembros de Unidad Popular (UP), fue, de pronto, interceptada en el trayecto del tramo de la caseta de Iguala al crucero de Tuxpan por hombres armados que iban en dos camionetas, una Cherokee gris y una Explorer roja.
“Bájense hijos de su puta madre, se los llevó la chingada”, les gritó uno de seis hombres armados con pistolas que bajaron de la Cherokee, mientras que un hombre y una mujer se quedaron a bordo de la Explorer, parada en medio de la carretera.
Minutos después, los sicarios se llevaron con rumbo desconocido a siete miembros de UP y sólo uno de ellos, Jimmy Castrejón, se echó a correr y escapó.
Cinco días después, el 3 de junio, los cuerpos de Arturo Hernández, Ángel Román Ramírez y Rafael Bandera Román fueron hallados a orillas de la carretera Iguala-Chilpancingo, cerca de Colonia Valerio Trujano, municipio de Tepecoaculco.
El testimonio de lo que pasó esos cinco días es del sobreviviente Nicolás Mendoza Villa, quien el día que fueron secuestrados manejaba la camioneta Honda Pilot de Hernández Cardona. Su versión quedó registrada con el número 14868 en el libro de la Notaría Pública 47 del Distrito Federal (hoy Ciudad de México). Así como en la Averiguación Previa HID/SC/04/0745/2013 que integró la agencia del Ministerio Público de Iguala.
Los datos fueron definitorios para que el juez Primero de Dis-trito de Procesos Penales Federales del Estado de Tamaulipas, Samuel Ventura Ramos sentenciara el 12 de mayo pasado a 92 años y seis meses de prisión, así como a una multa de 15 mil días, equivalente a 920 mil 700 pesos, al ex presidente municipal de Iguala, José Luis Abarca Velázquez, “por resultar penalmente responsable en el delito de secuestro en agravio de Hernández Cardona y seis miembros más de UP, dos de ellos, Román Ramírez y Bandera Román, que también fueron asesinados”.
Los otros cuatro activistas sobrevivientes son: Héctor Arroyo Delgado, Efraín Amates Luna, Gregorio Dante Cervantes y el propio Mendoza Villa.
La tarde del 30 de mayo cuando fueron interceptados cerca del fraccionamiento San Ángel, uno de los seis hombres que bajaron de la Cherokee -todos con vestimenta negra y el escudo Ferrari, gorras y lentes oscuros-, disparó a la camioneta Honda tipo Pilot en el momento que los activistas bajaban y una bala hirió a Hernández Cardona en la pierna derecha.
Enseguida subieron a seis miembros de la UP a la camioneta Honda tipo Pilot blanca de Hernández Cardona, y a éste lo subieron a la Cherokee, pero minutos después lo volvieron a bajar y lo pasaron a la Pilot.
“Nos trasladaron agachados a un lugar desconocido, sólo sé que era campo, era un lugar de matorrales y espinos donde había más personas secuestradas, eran como seis entre hombres y mujeres tiradas bajo los matorrales”.
Mendoza Villa contó que le consta porque no los llevaban vendados.
Minutos después llegó una persona a interrogarlos y lo que le respondían lo escribía en hojas blancas, les preguntó sus nombres, direcciones, también datos de sus familiares.
Mendoza Villa dijo que cuatro hombres armados con cuernos de chivo (rifles AK-47), los estuvieron “cuidando” la primera noche, “uno de ellos nos golpeaba con un machete largo, con un látigo de alambre o con una tabla en forma de paleta, así nos tuvieron toda la noche”.
Al día siguiente, el 31 de mayo, la vigilancia aumentó a 10 hombres, “todos con armas largas”, y por la mañana les siguieron pegando y alrededor de las seis de la tarde, dos de los pistoleros cavaron una fosa.
“Ya muy noche llegaron tres personas, entre las cuales conocí al presidente municipal José Luis Abarca Velázquez, al secretario de Seguridad Pública Municipal de Iguala Felipe Flores Velázquez, y a otra persona a la que no conocí”.
Mendoza Villa recordó un detalle: “los tres llevaban una cerveza barrilito en la mano”.
Recordó que Abarca Velázquez ordenó a las personas que los cuidaban que los siguieran golpeando, “al término de nuestra tortura se dirigió al ingeniero Arturo Hernández Cardona, a quien le dijo, “qué tanto estás chingando con el abono, me voy a dar el gusto de matarte, y lo siguieron torturando aproximadamente 10 minutos”.
De acuerdo con su testimonio, después el secretario de Seguridad Pública Flores Velázquez, lo levantó del suelo y se lo llevó junto a la fosa que estaba aproximadamente a 10 metros, en donde el presidente municipal Abarca le disparó dos escopetazos, uno en la cara y otro en el pecho, y el cuerpo cayó dentro de la fosa.
Detalló que minutos después comenzó a llover. La fosa seguía destapada y la lluvia caía sobre el cadáver descubierto.
“El compañero Rafael Bandera Román trató de escapar y también fue ejecutado, lo sé y me consta porque tres de las personas que nos vigilaban trajeron el cuerpo de regreso”.
“Esa noche, (del 31 de mayo) nos volvieron a interrogar preguntando nuestras direcciones, nuestra relación con el ingeniero Arturo Hernández Cardona y nuestra participación en Unidad Popular”, refirió el sobreviviente.
De acuerdo con su testimonio, a partir de esa noche aumentaron las amenazas en contra de los sobrevivientes. Escuchó que los hombres armados hablaban que tenían que esperar para ejecutarlos “y se dedicaron a cavar fosas”.
Escuchó que alrededor de las 10 de la noche quienes los vigilaban recibieron una llamada telefónica y recibieron la orden de que “se debían destapar los depósitos y sacar los cuerpos, porque ya se puso cabrón”.
Vio que desenterraron el cuerpo de Arturo Hernández y de Rafael Bandera Román, metieron los cuerpos en una camioneta Cherokee, a la que también subieron a los sobrevivientes y se los llevaron a un paraje cerca de Mezcala, “donde nos tiraron a todos”.
Contó que de inmediato los sobrevivientes huyeron corriendo hacia el monte y al momento les comenzaron a disparar, pero sólo alcanzaron a matar a Ángel Román Ramírez.
Tres días después, el 3 de junio, se hallarían ahí los cuerpos de Hernández Cardona, Bandera Román y Román Ramírez.
En el expediente del caso se asentó que ese día en la mañana, el agente del Ministerio Público del Fuero Común de Iguala recibió un reporte del C-4 informándole el hallazgo de tres cuerpos en la carretera Iguala-Chilpancingo, cerca de Colonia Valerio Trujano, a donde se trasladó el personal para realizar las primeras diligencia, hacer el levantamiento y el traslado de los cadáveres al Servicio Médico Forense de Iguala.
Ese mismo día la representación social acordó la acumulación de la averiguación previa HID/SC/01/756/2013 iniciada por el delito de homicidio por arma de fuego en agravio de Hernández Cardona, Bandera Román y Román Ramírez a la diversa HID/SC/01/758/2013 por la puesta a disposición del vehículo marca Honda tipo Pilot propiedad de Hernández Cardona.
Sin embargo, en la sentencia que emitió el 12 de mayo pasado el Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales del Estado de Tamaulipas, no se incluyó el delito de homicidio.
En este segundo expediente se estableció que el 31 de mayo elementos de la Policía Municipal de Iguala localizaron en la avenida Cristo Rey de esa ciudad la camioneta Honda tipo Pilot, placas de circulación 983YMF del dirigente social.
Otra averiguación previa que se acumuló al expediente fue la HID/SC/04/0745/2013 misma que se integró horas antes del secuestro de Arturo Hernández Cardona y sus compañeros de UP, debido a que ese 30 de mayo en la mañana habían presentado una denuncia de hechos ante el Ministerio Público en contra de José Luis Abarca Velázquez, su esposa María de los Ángeles Pineda Villa “y quienes resultasen responsables, aduciendo ser víctimas de hostigamiento por parte del gobierno municipal, con motivo de las gestiones que realizaban como organización social”.
En esta misma indagatoria quedó integrada la denuncia que presentó el 1 de junio la ahora viuda de Hernández Cardona, Sofía Lorena Mendoza Martínez y algunos miembros de UP ante el Ministerio Público del Fuero Común de Iguala, por la desaparición de Arturo y sus compañeros.
En su denuncia, asentaron que el último contacto que tuvieron con ellos fue entre las 15:30 y las 16:00 horas del 30 de mayo “al término de una actividad política”, en referencia a un mitin en el que habían participado en la caseta de la Autopista del Sol en Paso Morelos, en demanda de la entrega de fertilizante.
En el oficio DDH05318 del 9 de diciembre del 2013, el director general adjunto de Política Internacional Sobre Derechos Humanos de la Secretaría de Relaciones Exteriores, Roberto de León Huerta solicitó a la Procuraduría de Justicia del Estado (ahora Fiscalía General del Estado) información con relación a la “ejecución” de Hernández Cardona y sus dos compañeros.
En el documento se argumentó la petición porque las relatorías especiales sobre Promoción y la Protección del Derecho a la Libertad de Opinión y Expresión, sobre el Derecho a la Libertad de Reunión y Asociación Pacífica, así como sobre la Situación de los Derechos Humanos de la ONU, tenían información de que “los perpetradores” del secuestro de los miembros de UP “fueron policías municipales y miembros de los Caballeros Templarios, un grupo armado no estatal que opera con la Policía Municipal y Estatal de Guerrero”.
“Además de que fueron trasladados a una colonia donde se encontraban más personas retenidas, a las que les vendaron sus ojos y les taparon sus oídos con algodones para que no vieran a sus perpetradores”, se escribió en dicho oficio.
El documento refiere que “en un primer momento se les recriminó (a Hernández Cardona y a sus compañeros) por sus inclinaciones políticas y por estar en contra del presidente municipal, puntualizándoles que se la andaban buscando”.
Texto: Emiliano Tizapa Lucena, Agencia Reforma y Zacarías Cervantes / Foto: Archivo


