20 mayo,2019 4:37 pm

Instruye tribunal federal reconocer a víctima del caso Iguala

También ordena a la CEAV a que, hecho el registro del ex futbolista de los Avispones, se pronuncie sobre si es procedente que acceda a recursos del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral de Víctimas.
Ciudad de México, 20 de mayo de 2019. Un tribunal federal ordenó hoy lunes incluir en el Registro Nacional de Víctimas a un ex futbolista del equipo de tercera división Avispones de Chilpancingo que sufrió el ataque de la Policía de Iguala ocurrido horas antes de la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa anuló una determinación de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) que negaba dar de alta a Luis Enrique Romero Morales en dicho registro, y ordenó reconocerlo como víctima directa de violaciones a los derechos humanos.
La Sala Superior del tribunal también instruyó a la CEAV a que, una vez efectuado el registro, se pronuncie sobre si es procedente que acceda a los recursos del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral de Víctimas y a la reparación integral de los daños ocasionados.
“En cuando a la inscripción del núcleo familiar del demandante como víctimas indirectas, es de señalarse que el actor fue omiso en controvertirlo en su escrito de demanda del presente juicio, por lo que esta juzgadora se abstiene de realizar pronunciamiento alguno”, dice el fallo del juicio de nulidad 1581/18-17-09-4.
El 9 de mayo de 2017 el Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa emitió un acuerdo en el que reconoció a Romero como víctima, sin embargo, la CEAV no lo registró como tal.
En parte, la comisión argumentó que ese fallo judicial fue dictado después de la sentencia de amparo y posterior a que cumpliera con dicha ejecutoria. Por ello, cuando el colegiado realizó el reconocimiento de su calidad de víctima, afirmó que ya se había restituido el goce de sus derechos.
Sin embargo, según el proyecto del magistrado Víctor Martín Orduña Muñoz, la defensa tuvo razón al señalar que la CEAV hizo una apreciación inadecuada de los hechos y desacató las normas aplicables.
Es por ello que los 11 magistrados de la Sala Superior del TFJA decretaron la nulidad de la resolución dictada por la CEAV y reconoció el derecho subjetivo de la víctima para que sea inscrita en el Registro de las personas con esa calidad.
Texto: Abel Barajas / Agencia Reforma
Foto: Twitter @CEAVmex