9 septiembre,2020 9:22 am

Invalida la Corte la reforma indígena del Congreso, pero aplicará en esta elección

Chilpancingo, Guerrero, 9 de septiembre de 2020. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la reforma electoral en materia de candidaturas a diputaciones y ayuntamientos indígenas aprobada por el Congreso de Guerrero, por ser inconstitucional debido a que no se cumplió con consultar a las comunidades y pueblos originarios.

Sin embargo, dicha reforma estará vigente durante el proceso electoral que hoy inicia, debido a que la Corte determinó que la declaración de invalidez surtirá efectos a partir del día siguiente de que concluya tras los comicios del 6 de junio de 2021.

La reforma que realizó el Congreso local se dio en cumplimiento a la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que se generó a partir del juicio para la protección de los derechos políticos electorales expediente número SCM-JDC-402/2018, que obliga aplicar la acción afirmativa a candidaturas de indígenas o afromexicanos.

En acato, el Poder Legislativo local aprobó el 1 de junio una reforma con la que se mandata a los partidos políticos, que en municipios y distritos con población indígena y afromexicana igual o mayor al 40 por ciento de su conjunto, la mitad de sus candidatos deben pertenecer a dichos pueblos originarios o afrodescendientes.

Pero dicha reforma en materia electoral tuvo la oposición de nueve diputados de Morena: Aristóteles Tito Arroyo, Luis Enrique Ríos Saucedo, Antonio Helguera Jiménez, Nilsan Hilario Mendoza, Marco Antonio Cabada Arias, Perla Xóchitl García Silva, Blanca Celene Armenta Piza, Carlos Cruz López, Zeferino Gómez Valdovinos, quienes se manifestaron por una reforma integral en la materia y no una parcial porque advirtieron que se violó el derecho de los pueblos originarios y afromexicanos a ser consultados, por lo que incurrirían en inconstitucionalidad.

Mientras que los 35 votos a favor fueron de diputados del PRI, PRD, PT, PVEM, PAN, MC y Morena.

Pero el 2 de julio los diputados de Morena presentaron una acción de inconstitucionalidad ante la SCJN que firmaron los diputados Aristóteles Tito Arroyo, Luis Enrique Ríos Saucedo, Antonio Helguera Jiménez, Nilsan Hilario Mendoza, Marco Antonio Cabada Arias, Perla Xóchitl García Silva, Blanca Celene Armenta Piza, Carlos Cruz López, Zeferino Gómez Valdovinos (que votaron en contra de la reforma) y se sumaron Moisés Reyes Sandoval, Ossiel Pacheco Salas, Arturo Martínez Núñez, Norma Otilia Hernández Martínez, Ricardo Castillo Peña, Yoloczin Domínguez Serna, Erika Valencia Cardona y Mariana García Guillén.

La SCJN invalidó el decreto 460 por el que se adicionó y reformó la ley número 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales del estado, por omitir la consulta a los pueblos originarios y afromexicanos, lo que viola los artículos primero y segundo de la Constitución federal.

Pero a partir de que el proceso electoral inicia hoy y la “imposibilidad de realizar la consulta” se estableció que la invalidez surtirá efectos al día siguiente de que concluya dicho proceso, y vincula al Poder Legislativo para que realice la consulta conforme a las etapas y características establecidas el pasado 20 de abril.

Texto: Rosalba Ramírez / Foto: Facebook de la SCJN