4 noviembre,2019 5:22 pm

Juez de control le quita otro delito a Javier Duarte

El fallo publicado este lunes precisa que el juez de control deberá dejar intocado todo lo desarrollado con antelación a la audiencia de vinculación a proceso del 20 de mayo de 2018.
Ciudad de México, 4 de noviembre de 2019. Un tribunal ordenó volver a determinar si Javier Duarte debe permanecer procesado y privado de la libertad por un supuesto desvío de 220 millones de pesos de la Comisión del Agua del Estado de Veracruz (CAEV).
El Primer Tribunal Colegiado Penal en la Ciudad de México concedió al ex Gobernador un amparo contra la vinculación a proceso y la prisión preventiva justificada dictada el 20 de mayo de 2018, al estimar que dicho fallo carece de fundamentación y motivación.
Por mayoría, los magistrados del colegiado determinaron que el juez de control del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, responsable del caso, deberá resolver con libertad de jurisdicción si vincula o no a proceso a Duarte por el delito de peculado.
“Es evidente que los argumentos y razones que dio el juez de control responsable para establecer la vinculación a proceso del hoy quejoso por el hecho que la ley señala como delito peculado, y la probabilidad de que éste lo cometió a título de autor intelectual… resultan lacónicos y por ende, una inadecuada fundamentación y motivación”, señala la sentencia del amparo en revisión 106/2019.
“En efecto, del análisis del auto de vinculación reclamado no se aprecia cómo el juez responsable encuadró la conducta delictiva de peculado que se encuentra prevista en el Artículo 323 del Código Penal para el estado de Veracruz, a los hechos imputados, esto es, que haya realizado algún juicio de valor al respecto y mucho menos que señalara de manera específica qué datos de prueba tomó en cuenta para ello”.
El fallo, publicado este lunes, precisa que a la hora de reponer el procedimiento, el juez de control deberá dejar intocado todo lo desarrollado con antelación a la audiencia de vinculación a proceso del 20 de mayo de 2018 y sólo concentrarse a emitir el nuevo fallo.
El tribunal aclara que la sentencia del amparo no obliga al juez a pronunciarse en un sentido u otro, es decir, si debe o no vincular a proceso a Duarte, de hecho, le reitera al impartidor de justicia que su fallo deberá dictarlo con plenitud de jurisdicción.
No obstante, el tribunal sí precisa que el juzgador deberá tomar en consideración tres aspectos: los hechos por los cuales se formuló la imputación, los datos de prueba de las partes y lo expuesto por la Fiscalía de Veracruz y la defensa de Duarte.
El peculado que le imputan al ex gobernador supuestamente ocurrió cuando la CAEV transfirió 220 millones de pesos a una cuenta BBVA Bancomer a nombre del Ejecutivo estatal, por una solicitud de la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan) del 13 de agosto de 2013.
Los recursos fueron transferidos por la CAEV en calidad de préstamo, a partir de noviembre de 2014 y hasta septiembre de 2016, el responsable de dicha comisión envió varios a la Sefiplan para reclamar el reintegro, sin conseguirlo, indica el expediente.
“(El dinero) no fue devuelto y provocó no se concluyeran diversas obras de agua potable, saneamiento de aguas y alcantarillado en zonas urbanas, es decir, los recursos mencionados fueron utilizados para un destino diverso”, dice la imputación.
“La falta de ese dinero provocó la suspensión de 97 obras programadas, además que la Federación ya no consideró a la dependencia como elegible para recibir nuevos recursos”.
En el fuero común, Duarte tiene otro proceso en el que le imputan, con su sucesor Flavino Ríos y otras personas, el uso del helicóptero Eurocopter, modelo AS365N3, matrícula XC-GEV, propiedad del Gobierno estatal, tras pedir licencia como Gobernador, el 12 de octubre de 2016.
Texto y foto: Agencia Reforma