12 marzo,2022 5:26 am

La Corte y los desafíos del Congreso de Guerrero

Marcos Matías Alonso

 

El ex gobernador Héctor Astudillo Flores (PRI) fue uno de los principales impulsores de la reforma a la Ley 701 de “Reconocimientos, Derechos y Cultura de los Pueblos y Comunidades Indígenas” y la Ley 777 del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guerrero, ambas publicadas en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero del 21 de agosto del 2018. Florencio Salazar, en su carácter de secretario de Gobierno, de aquel tiempo, fue el principal ideólogo de ambas reformas constitucionales.

En agosto del 2018, a un mes de concluir la LXI legislatura de Guerrero, los diputados priístas aprobaron las dos iniciativas con una aplastante mayoría. María de Jesús Cisneros fue la única diputada de Morena que votó en contra de las modificaciones a la Ley 701 y a la 777. Tanto en el poder ejecutivo, como en el legislativo, eran tiempos de dominio total del PRI. Es primordial tener presente este antecedente de origen para no perder el rumbo en la coyuntura de los próximos acontecimientos y valorar la reciente sentencia de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El 24 de septiembre de 2018, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) presentó una de las primeras demandas de Acción de Inconstitucionalidad (81/2018) en contra del Poder Ejecutivo y Legislativo de Guerrero. Algunos diputados de la Sexagésima Segunda Legislatura del Congreso local, también promovieron acciones de inconstitucionalidad en contra de la reforma constitucional a la Ley 701 y 777. El argumento central de ambos procedimientos jurídicos es que en el proceso de consulta indígena, bajo consentimiento libre, previo e informado, se vulneraron derechos constitucionales y hubo limitada participación de las autoridades de los pueblos indígenas y afromexicanos.

En el comunicado del 20 de abril de 2020 (059/2020), los ministros de la SCJN invalidaron las disposiciones de la reforma a la Ley 701 y la Ley 777. En su deliberación, los juristas del Tribunal analizaron la constitucionalidad de la reforma a Ley 701, sobre Derechos y Cultura Indígena de Guerrero y la Ley 777, del Sistema de Seguridad Pública del mismo estado (No. 059/2020). Fue contundente su Sentencia: “La SCJN declaró la invalidez de ambos Decretos porque no se consultó debidamente a los pueblos indígenas y afromexicanos, porque se violaron sus derechos constitucionales y porque se violaron los tratados internacionales en la materia”.

Fue fundamental la decisión del Tribunal del 20 de abril de 2020. La anterior disposición judicial desencadenó diversas sentencias en proceso de ejecución. Sobre el mismo tema, el 17 de agosto de 2021, en el DOF del 17 de agosto de 2021, se publicó la Acción de Inconstitucionalidad (78/2018) promovida por diversos diputados del Congreso de Guerrero. Del grupo de legisladores promoventes en la Acción de Inconstitucionalidad sobresale el nombre del actual presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo). Estamos ante un bumerang político, con una sentencia que pega a los propios legisladores que la promovieron.

Desde el comunicado del 20 de abril, a la fecha, transcurrieron más de 20 meses sin implementar ninguna acción legislativa para atender la sentencia de los ministros de la SCJN. Han transcurrido un poco más de seis meses de la actual legislatura y su reacción ha sido omisa y desinteresada. Varios de los actuales legisladores de la LXIII legislatura no pueden fingir ignorancia y desconocimiento de los agravios legislativos en contra de la población indígena y menos del desacato irresponsable por incumplimiento de la sentencia judicial del Alto Tribunal. Sólo menciono a Héctor Apresa Patrón (PRI), Bernardo Ortega (PRD) y Alfredo Esquivel (Morena), todos miembros de la LXII legislatura pasada, y en funciones actuales de sus respectivas fracciones parlamentarias.

Los tres fueron reelectos y los tres omitieron la prioridad de preparar oportunamente la instrucción de la sentencia de la SCJN. Algo tardía su reacción. Se requiere un esfuerzo titánico para cumplir con el perentorio calendario del próximo 14 de abril. El tiempo es corto y la guillotina del Tribunal puede alcanzar al Legislativo y al Ejecutivo del gobierno local.

Se sabe que las sentencias dictadas por los magistrados de la SCJN son definitivas e inatacables. Ningún órgano jurisdiccional tiene facultades para modificarlas y menos para revocarlas. Sus sentencias se acatan y se cumplen sin acceder a ninguna presión política externa. El próximo 14 de abril vence el plazo determinado y seremos testigos del desenlace de este ordenamiento jurídico.

Así debe entenderse su negativa de otorgar al Congreso una prórroga de plazo para cumplir con la Sentencia del Tribunal. Si los legisladores incumplen con su obligación constitucional, tiene a su disposición diversos medios de apremio que van desde la sanción económica hasta su desafuero. El Tribunal puede proceder contra “el rebelde por el delito de desobediencia”. Urge reparar ofensas que pueden ser atendibles de manera emergente. No debe incurrirse en los mismos errores que se cometieron en tiempos de Héctor Astudillo y de Florencio Salazar. Confío que el Ejecutivo y el Legislativo tomarán medidas constructivas que reparen viejos y nuevos agravios.

Bienvenidos los diversos esfuerzos del Congreso en la instauración del “Grupo de Trabajo Interinstitucional” y la realización de la “Mesa de Alto Consenso del Proceso de Consulta a los Pueblos y Comunidades Indígenas”, en la que participan diversos representantes del poder Ejecutivo y el Legislativo. Todos los esfuerzos serán infructuosos si no se crean diversos mecanismos de participación y de representación de los pueblos indígenas y afromexicano.

Revisen la reciente experiencia federal sobre la Iniciativa de Reforma Constitucional y Legal sobre Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicano y constatarán los mecanismos de participación indígena. Un poco más de dos años ha durado este proceso con sus diversas fases de trabajo. La Iniciativa ha sido entregada al presidente de la República y en fecha próxima será turnada al Congreso de la Unión para su dictamen correspondiente. Además de constituirse un “Comité Interinstitucional”, también se creó una “Comisión Nacional de Seguimiento Indígena” y un “Comité Técnico de Expertos”, en el que participan profesionales indígenas y no indígenas. Se hicieron numerosos esfuerzos para garantizar la inclusión de múltiples y diversos representantes indígenas y afomexicanos de todo el país.

Todas las iniciativas y todos los esfuerzos son perfectibles. Es imperdonable volver a excluir la participación y representación indígena en todo el proceso, desde la planeación, hasta su fase final.