26 mayo,2020 4:53 am

Llega al Congreso local la iniciativa de Ley de Educación; debió ser aprobada antes del 15 de mayo

Como el plazo no se cumplió, sigue vigente la Ley de Educación del Estado publicada el 21 de abril de 1995. En el documento se señala que en el nuevo ordenamiento que se propone se incorporará la participación de autoridades educativas en el cumplimiento de los nuevos objetivos nacionales

Chilpancingo, Guerrero, 26 de mayo de 2020. El viernes llegó al Poder Legislativo la iniciativa de Ley General de Educación Guerrero, que envió el gobernador Héctor Astudillo Flores, la cual debió ser aprobada antes del 15 de mayo, pero aún no hay fecha parasu dictaminación, discusión y aprobación.

Desde abril, el Congreso local sólo realiza sesiones virtuales, que son únicamente delibertativas y en las que se pueden aprobar sólo puntos de acuerdos y exhortos; a diferencia de las presenciales, en las que se pueden aprobar reformas y discutir iniciativas.

Fuentes del gobierno estatal proporcionaron una copia de la iniciativa de ley, en la que se recuerda que el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2021 establece entre las prioridades de la entidad, actualizar las leyes y los reglamentos internos; y recuerda que el 15 de mayo de 2019 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 3, 31 y 73 de la Constitución federal, en materia educativa, por lo que el 30 de septiembre de ese mismo año, el gobierno federal expidió la nueva Ley General de Educación, que en su artículo 6 transitorio establece que, dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigor las legislaturas de los estados, en el ámbito de su competencia, deberán armonizar el marco jurídico educativo.

El plazo no se cumplió, por lo que sigue vigente la Ley de Educación del Estado, publicada el 21 de abril de 1995, por lo que la iniciativa señala que en el nuevo ordenamiento que se propone, se incorporará la participación de autoridades educativas en el cumplimiento de los nuevos objetivos planteados nacionalmente, así como la participación activa de educandos, familias, docentes y demás actores; así como establecer los mecanismos de aplicación y vigilancia, enfatizando la rectoría del Estado en todos los procesos educativos y la corresponsabilidad de los demás actores en esta materia.

En la argumentación de la iniciativa también se señala que busca la modernización educativa, la cual tiene como objetivos establecer a la educación como un derecho y medio para alcanzar el bienestar de las personas y el desarrollo del Estado; colocar en el centro del proceso educativo a las niñas, niños, adolescentes y jóvenes, señalando en ellos el interés superior dentro del sistema educativo estatal; revalorizar la labor de las maestras y los maestros; establecer la obligación de madres y padres de familia, tutoras y tutores de participar en el proceso educativo.

Así como que el Sistema Educativo Estatal será considerado como una comunidad educativa y máxima instancia de educación, encargado de la planeación y la implementación de acciones para combatir las desigualdades socioeconómicas, regionales, de capacidades y de género; disponer que la educación impartida por el Estado sea obligatoria, universal, pública, inclusiva y laica; reconocer el derecho a acceder a la educación de todas las personas, desde la educación inicial hasta la superior; establecer que la educación debe impartirse bajo el respeto de la dignidad humana, con un enfoque de derechos humanos e igualdad sustantiva.

Entre otras señala que la Ley General de Educación plantea promover una educación humanista, “para desarrollar en los educandos el pensamiento crítico, la observación, el análisis, la reflexión, habilidades creativas y la expresión de sus sentidos”; reconocer el derecho de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, para garantizar el ejercicio de los derechos educativos, culturales y lingüísticos, a través de una consulta previa e informada; y disponer de medidas para garantizar el acceso a la educación de niñas, niños, adolescentes y jóvenes migrantes, repatriados o desplazados, mediante becas y otros mecanismos de apoyo.

Apunta la propuesta que se debe de fortalecer el Federalismo Educativo, estableciendo el marco de facultades exclusivas del Estado y municipios; además de las atribuciones concurrentes en educación y reconocer la participación de los municipios en el mantenimiento de los planteles educativos; se incluye crear la Comisión Estatal de Planeación y Coordinación del Subsistema de Educación Media Superior del Estado.

En el artículo 12 de la propuesta de ley, se señala que educación además de obligatoria, será universal, tendrá especial énfasis en el estudio de la realidad y las culturas nacionales y estatales; inclusiva, eliminando toda forma de discriminación y exclusión; eliminará las distintas barreras al aprendizaje y a la participación que enfrentan los educandos en lo individual, para lo cual las autoridades educativas estatal y municipales, en el ámbito de su competencia, adoptarán medidas en favor de la accesibilidad y los ajustes razonables.

Además, en el mismo artículo, en el apartado cuarto señala que la educación será gratuita, al ser un servicio público garantizado por el Estado; por lo que se prohíbe el pago de cualquier contraprestación que impida o condicione la prestación de este servicio en la educación; no se podrá condicionar la inscripción, el acceso a los planteles, la aplicación de evaluaciones o exámenes; la entrega de documentación, “al pago de contraprestación alguna, ni afectar en cualquier sentido la igualdad en el trato a los educandos; y las donaciones o aportaciones voluntarias destinadas a dicha educación, en ningún caso se entenderán como contraprestación del servicio educativo”.

En el artículo 15 apunta que “la educación impartida en el Estado, se basará en los resultados del progreso científico; luchará contra las causas y efectos que genera la ignorancia, las servidumbres, los fanatismos, los prejuicios, la formación de estereotipos, la discriminación y la violencia, especialmente la que se ejerce contra la niñez y las mujeres, así como en personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad social”, y será democrática, nacional, humanista, promoverá el respeto al interés general de la sociedad, inculcará los conceptos y principios de las ciencias ambientales, el desarrollo sostenible, la prevención y combate a los efectos del cambio climático, la reducción del riesgo de desastres, la biodiversidad, el consumo sostenible y la resiliencia; equitativa, inclusiva, intercultural, integral, de excelencia.

En el artículo 25 se establece que las autoridades educativas estatal y municipales impartirán la educación multigrado, la cual se ofrecerá, dentro de un mismo grupo a estudiantes de diferentes grados académicos, niveles de desarrollo y de conocimientos, en centros educativos en zonas de alta y muy alta marginación.

El capítulo sexto de la iniciativa de ley se refiere a la educación indígena, en el que señala que el Estado se garantizará el ejercicio de los derechos educativos, culturales y lingüísticos a todos los educandos, personas, pueblos y comunidades indígenas o afroamericanas, migrantes y jornaleros agrícolas.

Las autoridades “consultarán de buena fe y de manera previa, libre e informada, de acuerdo con las disposiciones legales nacionales e internacionales, cada vez que prevea medidas en materia educativa, relacionadas con los pueblos y comunidades indígenas o afromexicanas, respetando su autodeterminación; fortalecer las instituciones públicas de formación docente, en especial las normales bilingües interculturales, la adscripción de personas docentes en las localidades y regiones lingüísticas a las que pertenecen, así como impulsar programas de formación, actualización y certificación de maestras y maestros en las lenguas de las regiones correspondientes.

En el título quinto de “revalorización de las maestras y maestros” establecen que el magisterio es agente fundamental en el proceso educativo y, “por tanto, el valor de su contribución a la transformación social”, con lo que buscan priorizar su labor para el logro de metas y objetivos centrados en el aprendizaje de los educandos; fortalecer su desarrollo y superación profesional mediante la formación, capacitación y actualización; fomentar el respeto a la labor docente y a su persona; impulsar su capacidad para la toma de decisiones cotidianas respecto a la planeación educativa; otorgar, en términos de las disposiciones aplicables, “un salario profesional digno, que permita a las maestras y maestros de los planteles del Estado alcanzar un nivel de vida decoroso para ellos y su familia; arraigarse en las comunidades en las que trabajan y disfrutar de vivienda digna; así como disponer del tiempo necesario para la preparación de las clases que impartan y realizar actividades destinadas a su desarrollo personal y profesional”.

Texto: Rosalba Ramírez García / Foto: Archivo El Sur