30 julio,2023 8:57 am

Manda Cultura a La Guardesa en Chapultepec a revisión técnica declaratoria de Monumento Artístico

Ciudad de México, a 30 de julio de 2023.- El anteproyecto de declaratoria de Monumento Artístico del inmueble conocido como La Guardesa fue retirado del portal de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) y puesto a revisión por parte de la Secretaría de Cultura (SC).

Esto a pesar de que, apenas el pasado junio, autoridades de la dependencia daban ya por concluido el polémico trámite que, a causa de una resolución judicial, obliga al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL) a otorgar esta categoría a la residencia privada.

Se trata de un caso único en la historia de la gestión del patrimonio cultural, puesto que, por primera vez, un juicio de amparo logró revertir la decisión experta de la Comisión Nacional de Zonas y Monumentos Artísticos (CNZMA) del INBAL, en 2014.

Los dueños del inmueble, los empresarios y coleccionistas de arte Manuel Reyero y María Estrella Rodríguez, llevan casi una década buscando la declaratoria, y lograron una sentencia judicial en firme que declaró la nulidad del fallo de los especialistas de la CNZMA.

Ubicada en el corazón de dos barrancas en la Tercera Sección del Bosque de Chapultepec, La Guardesa tiene una larga historia de victorias judiciales, pues estuvo en la mira para su expropiación por parte del Presidente Andrés Manuel López Obrador cuando era Jefe de Gobierno de la Ciudad de México y, particularmente, de la entonces Secretaria del Medio Ambiente, Claudia Sheinbaum, quien hoy busca la candidatura presidencial por Morena.

En entrevista con REFORMA el mes pasado, la arquitecta Dolores Martínez, subdirectora general de Patrimonio Artístico Inmueble de Bellas Artes ya daba por zanjado el asunto.

“Es un caso singular, puesto que (la casa) no es un elemento estético relevante de acuerdo a lo que dictaminó la Comisión, sin embargo, el particular, en todo derecho, acude al Poder Judicial y se lleva a cabo este juicio, y el Instituto tiene que acatar esta sentencia, entonces el Instituto ha cumplido desde su área jurídica con esta situación”, dijo.

Ahora, sin embargo, en la antesala de que la declaratoria fuera aprobada por el Ejecutivo y promulgada, la Secretaría de Cultura solicitó la baja del expediente de la Conamer para “que se realizaran nuevas gestiones”.

“La baja del anteproyecto de declaratoria se debe a una revisión técnica del expediente. Sin que ello implique la negativa o el otorgamiento de la declaratoria”, informó la SC a este diario tras ser consultada.

No se ofrecieron más detalles sobre qué tipo de gestiones se están realizando y en qué consiste la revisión técnica.

En zona privilegiada

Enclavada en una zona absolutamente privilegiada de bosque, la residencia está rodeada por barrancas y su arquitectura ecléctica y estrafalaria ha capturado la imaginación popular como la posible locación de la leyenda de la “Casa de la Tía Toña”.

En el 2014, a petición de los propietarios, la Comisión Nacional de Zonas y Monumentos del INBAL, órgano integrado por especialistas de reconocido prestigio público, dictaminó que la casa no reviste valor estético relevante alguno, por lo que denegó, por unanimidad, la solicitud de declararla monumento.

A raíz de ello, los propietarios interpusieron un juicio de amparo que puso en marcha un proceso judicial que, en noviembre de 2018, resultó en una sentencia que establece que el INBAL actuó de manera arbitraria y que lo obligaba a declarar la casa como Monumento Artístico.

El proyecto de decreto podía consultarse públicamente en el portal de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria y sólo esperaba a que la Consejería Jurídica de la Presidencia lo aprobara para su promulgación.

Esta decisión judicial ha resultado oprobiosa para dos de los integrantes de la CNZM, el arquitecto restaurador Gabriel Mérigo y la especialista en arquitectura Louise Noelle Gras, quienes, hace dos meses, en declaraciones a REFORMA, reiteraron su juicio del 2014.

“Tampoco tendría mucho que decir, salvo refrendar mi opinión en cuanto a que dicha casa no puede considerarse patrimonio artístico. Tal vez agregaría mi extrañeza, ante la decisión de un juez, que no es especialista en el tema, para asentar que su opinión puede revocar la opinión de reconocidos estudiosos y académicos”, declaró Gras.

“Ante esta resolución, es oportuno comentar que una característica de la propiedad que llamó nuestra atención al revisar el caso fue su emplazamiento único, en medio de la abundante vegetación del bosque, con una ubicación inexplicablemente privilegiada, una condición que nos hizo cuestionarnos si la casa fue construida en una zona restringida y ahora había la firme intención de declararla monumento artístico con el fin de protegerla ante una posible afectación”, señaló Mérigo.

Texto: y foto: Agencia Reforma