20 abril,2018 4:15 pm

Ordena el INE bajar espots de Anaya

Texto: Apro / Foto: Cuartoscuro
Ciudad de México, 20 de abril de 2018. La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó la suspensión de siete promocionales de radio y televisión de los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano (MC), debido a que su difusión es en pauta federal, pero en ellos participan candidatos a cargos públicos locales.
En estos spots aparecen Luis Donaldo Colosio Riojas, candidato a diputado local por Nuevo León; Enrique Alfaro Ramírez, a gobernador de Jalisco; Alejandra Barrales Magdaleno, a la gubernatura de la Cdmx; Rebeca Clouthier Carrillo, a la alcaldía de San Pedro Garza, Nuevo León; y Miguel Ángel Yunes Márquez, al gobierno de Veracruz.
Según el órgano electoral, este hecho –denunciado por el PRI–  “podría implicar una sobreexposición de éstos frente al electorado, además de contravenir el principio de equidad en la contienda”.
En un comunicado, el INE informó que, en sesión extraordinaria urgente, por unanimidad de votos de los consejeros Adriana Favela, Claudia Zavala y Benito Nacif, la Comisión determinó conceder las medidas cautelares solicitadas por el PRI y fijó un plazo de tres horas, a partir de la notificación formal, para que los institutos políticos señalados sustituyan los spots identificados como: EBMGR, ENDOSOTMXV2, ENDOSOTMX, J42F TV, OF76, GRO TV y FMC20TUFCANMACVT V2.
La autoridad electoral precisó que la imagen, nombre o voz de los candidatos antes mencionados “contravendría el modelo de comunicación política en procesos electorales concurrentes y generar inequidad en la contienda electoral”.
Respecto a la misma queja, la Comisión declaró la improcedencia de las medidas solicitadas por el PRI respecto del promocional ENDLNT y ENDLN, en los que aparece y se escucha la imagen de Javier Corral Jurado, gobernador de Chihuahua, por quien, en principio, participa en su calidad de ciudadano, además de que su intervención en el spot “no es preponderante”.
También resaltó que la denuncia del PRI respecto a que aparece el abogado Diego Fernández de Cevallos fumando en algunos de los promocionales, “sí bien se trata de un asunto de salud y orden público que podría afectar los derechos de la niñez, esa imagen no es perceptible, además de que deberá formar parte de un análisis de fondo”.
INE declara improcedente queja de Morena contra spots de Meade sobre amnistía
Un día antes, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE declaró improcedente la medida cautelar solicitada por Morena contra el PRI y su candidato presidencial José Antonio Meade, derivado de la difusión de cuatro spots de radio y seis de televisión pautados en todo el país.
A juicio del quejoso, dichos promocionales implicarían un presunto uso indebido de la pauta, violación a la libertad del sufragio y calumnia en perjuicio de Andrés Manuel López Obrador, candidato presidencial de la coalición Juntos Haremos Historia.
En la discusión y análisis se determinó por unanimidad de votos que dos spots televisivos, denominados “Seguridad” y “Educación V2” concluyeron su vigencia, por lo que se trata de actos consumados.
En el caso de los promocionales vigentes conocidos como “Seguridad 1”, “Educación V2 1”, “Extranjera” y “Amnistía”, pautados en radio y televisión, se declaró la improcedencia de las medidas cautelares, al no advertirse, bajo la apariencia del buen derecho, que contengan elementos o manifestaciones que, de manera clara y unívoca, conduzcan a estimar que los mensajes emitidos conlleven una amenaza directa e inmediata hacia el votante.
O bien, añadió la comisión del INE, que se afecte la libertad del sufragio, sino que transmiten la opinión de su emisor a partir de las declaraciones de López Obrador y lo que ocurriría –desde su perspectiva– si ganara dicho candidato, lo cual está amparado en la libertad de expresión en el contexto del debate público en la fase de campaña electoral.