13 abril,2023 4:36 am

Ordena la Corte Interamericana a México modificar la prisión preventiva

Reitera que esa figura contraviene a la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Falla sobre los casos de Daniel García y Reyes Alpízar, arrestados en 2002 y que estuvieron presos 17 años sin sentencia en el penal de Barrientos, Edomex, acusados de homicidio

Ciudad de México, 13 de abril de 2023. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) condenó este miércoles a México por el arresto de dos hombres que permanecieron en prisión preventiva por 17 años sin sentencia y pidió modificar la prisión preventiva oficiosa.

“México es responsable de la violación de los derechos a la integridad personal, libertad personal, a las garantías judiciales, a la igualdad ante la ley y a la protección judicial cometidas en contra de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz por su detención y privación a la libertad”, señaló la organización.

Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz fueron arrestados en febrero y octubre de 2002.

“El caso abordó el análisis de dos figuras que se encuentran establecidas en la normatividad mexicana: el arraigo y la prisión preventiva oficiosa”, destacó la Corte en su comunicado.

Luego de su detención y de ser interrogados, fueron decretadas medidas de arraigo que implicaron su confinamiento por 47 y 34 días, según señala el comunicado de la CoIDH.

Sin embargo, ambos fueron mantenidos en prisión preventiva por más de 17 años cuando se adoptaron medidas alternativas a la privación a la libertad, las cuales se encontraban vigentes cuando la Corte emitió su sentencia. Los dos hombres salieron de la cárcel de Barrientos en 2019.

La CoIDH señaló que la prisión preventiva oficiosa es contraria a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ya que no se hace mención a las finalidades de la prisión preventiva, ni a los peligros procesales que buscaría precaver.

Por otro lado, el tribunal consideró que las víctimas fueron sometidas a coacciones y torturas y que esos hechos no fueron debidamente investigados por el Estado.

“El Tribunal también encontró que, las declaraciones de las víctimas, obtenidas en condiciones de coacción y tortura, fueron utilizadas en distintos actos procesales del proceso penal llevado a cabo en su contra”, señaló la CIDH.

La Corte aseguró que se comprobó que el Estado vulnera el derecho de defensa en perjuicio de Daniel García en “la medida que este no contó con un defensor durante las primeras etapas de su detención, y arraigo”.

“En razón de las violaciones declaradas en la Sentencia, la Corte ordenó al Estado diversas medidas de reparación, entre otras: a) concluir los procedimientos penales en curso en los plazos más breves; b) revisar la pertinencia de mantener las medidas cautelares; c) desarrollar las investigaciones sobre los hechos de tortura en perjuicio de las víctimas, así como por las demás violaciones a los derechos humanos que padecieron; d) dejar sin efecto en su ordenamiento interno las disposiciones relativas al arraigo de naturaleza pre–procesal; e) adecuar su ordenamiento jurídico interno sobre prisión preventiva oficiosa, y f) realizar programas de capacitación a los funcionarios de la Subprocuraduría de Justicia de Tlalnepantla”, concluye el comunicado de la CoIDH.

El Gobierno de México informó que fue notificado de la sentencia y que, de acuerdo con la CoIDH, tienen plazo de un año para darle cumplimiento.

En un comunicado conjunto, las secretarías de Gobernación y Relaciones Exteriores informaron que analizarán los resolutivos, para estar en condiciones de darle cumplimiento.

“El Estado mexicano deberá adecuar su marco normativo respecto a las figuras del arraigo preprocesal y la prisión preventiva oficiosa, con el fin de que su aplicación cumpla con las disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”, refiere el comunicado de la SRE y Segob.

“El Estado mexicano analizará con atención los resolutivos de la sentencia emitida por el tribunal interamericano, con el objetivo de estar en condiciones para cumplir con sus disposiciones y asegurar el mayor respeto a las obligaciones contenidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, conforme a los compromisos internacionales del Estado y sus procesos democráticos internos.

“La determinación de la Corte IDH servirá para orientar al Estado en cuanto a sus acciones para proteger los derechos de las personas privadas de la libertad y que enfrentan juicios frente a autoridades mexicanas”, señala el comunicado conjunto.

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Texto: Agencia Reforma/Foto: Tomada de Internet