30 noviembre,2017 6:12 pm

Por mayoría priista aprueban la controvertida Ley de Seguridad Interior

Ciudad de México, 30 de noviembre de 2017. Con 248 votos a favor y 115 votos en contra, y 48 abstenciones el pleno de la Cámara de Diputados avaló la Ley de Seguridad Interior, por la que se faculta a las Fuerzas Armadas su inclusión en actividades de Seguridad Pública. Quedaron para el debate 101 artículos en reserva.

La Ley fue aprobada con una mayoría priista y votos del PVEM, Encuentro Social y Nueva Alianza.

En la sesión hubo cartulinas y pancartas en contra, por considerar a la ley como violatoria de los derechos humanos de los mexicanos. Hubo tres mociones suspensivas de Morena y el PRD, así como un receso.

Diputados priistas rechazaron que la Ley de Seguridad Interior esté relacionada con la militarización del país pues establece que la participación de las Fuerzas Armadas en los estados y los municipios deberá ser temporal y no podrá exceder del periodo de un año; deberá estar sujeta a la colaboración de las entidades para apoyar en la labores de seguridad interior, después de lo cual deberá cesar su participación.

Esta intervención así como su duración o prórroga sólo podrá ser modificada por el Ejecutivo de la República, si es que continua la amenaza a la Seguridad Interior, se explica en el artículo 15 del documento.

El documento de la Comisión de Gobernación aclara que para que la presente ley entre en vigor, en los estados y municipios en los que ya haya presencia de las Fuerzas Armadas, dichos lugares tendrán hasta 90 días para hacer la Declaratoria de Amenaza a la Seguridad  Interior para poder sujetarse a esta nueva ley.

También establece, según la legisladora del PRI Mercedes del Carmen Guillén, que la actuación de las autoridades se hará en el marco de la corresponsabilidad y señalará obligaciones específicas para que se cumpla a la brevedad con los fines de la Declaratoria de Protección de Seguridad Interior. El incumplimiento de estas determinaciones será sancionado de acuerdo con los artículos 112 y 113 de la Constitución, lo cual garantiza el equilibrio de poderes.

De acuerdo con la postura de la diputada de Nueva Alianza, Mirna Saldivar Paz, dijo que la aprobación de la ley no se podía posponer más y que su bancada encontraba necesario aprobarla para tener las condiciones normativas idóneas para que las Fuerzas Armadas realicen su “encomiable” labor a favor de los mexicanos.

En el pasado, un tema que causó la negativa ante el proyecto, fue la duda de si habría represión de las manifestaciones sociales por parte del Ejército; pero en este nuevo documento se aclara de manera explícita la negativa de que la Ley de Seguridad Interior será usada en protestas sociales o políticas no violentas.

De permitirse este tipo de represión, dichos actos serían anticonstitucionales pues contravendrían lo dispuesto por los artículos 1º, 7 y 9 de la Carta Magna, pues la Seguridad Interior no tiene facultades para la violación o suspensión de los derechos y garantías.

El documento

El documento de la ley aclara que las Fuerzas Armadas sin afectar las misiones que ya tienen asignadas por la Constitución, y en sus Leyes Orgánicas, sólo podrán intervenir mediante solicitud explícita de la Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior, cuando las fuerzas federales resulten insuficientes para contener las amenazas de la delincuencia.

Las autoridades federales, incluyendo las Fuerzas Armadas, tendrán las facultades para implementar sin necesidad de declaratoria programas, políticas y acciones para identificar, prevenir y atender los riesgos previstos en la Agenda Nacional de Riesgos.

Corresponde a las autoridades federales, incluyendo a las Fuerzas Armadas, por sí mismas o coordinadas con los demás órdenes de gobierno, identificar, prevenir, atender, reducir y contener las amenazas a la seguridad interior.

Los actos realizados por las autoridades con motivo de dicha ley deben someterse al cuidado y protección de los derechos humanos y las garantías constitucionales.

El Ejecutivo podrá ordenar ya sea por petición de las legislaturas de las entidades federativas o de los gobernadores respectivos la intervención de la Federación para la implementación de actividades de seguridad interior en el territorio respectivo, previa emisión de la Declaratoria.

En el caso de que las amenazas a la Seguridad Interior representen un peligro grave en la integridad y la seguridad de las personas y la actuación de las instituciones básicas de gobierno, el Ejecutivo, bajo su estricta responsabilidad deberá ordenar acciones inmediatas de las dependencias y entidades de las administración pública federal, incluidas las fuerzas federales y armadas.

El documento también reafirma que “las movilizaciones de protesta social o las que tengan un motivo político-electoral que se realicen pacíficamente de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo ninguna circunstancia serán consideradas como amenazas a la seguridad interior, ni podrán ser materia de declaratoria de protección a la seguridad interior”.

Argumentos en contra de la Ley de Seguridad Interior

La nueva Ley autoriza al Ejército para convertirse en una fuerza policial con libertad para intervenir cuando lo juzgue necesario.

Al no tener un control ni vigilancia directos el Ejército tendrá facultades para detener, interrogar e investigar a cualquier persona, lo cual pone en riesgo los derechos humanos más elementales.

Los gobernadores que soliciten el apoyo de las Fuerzas Armadas deberán entregar datos detallados del por qué creen necesitarla, sin embargo, el presidente no está obligado a rendir cuentas ni información de los resultados.

El dinero y las cuentas de las Fuerzas Armadas no podrán ser auditados.

Las Fuerzas Armadas quedan dotadas de la facultad de intervenir cuando lo consideren necesario por estar en riesgo las instituciones gubernamentales.

Instituciones públicas como la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) y el Instituto Nacional Electoral (INE) estarán obligados a entregar información solicitada por el ejército sin que medie una orden judicial.

Texto: Redacción El Sur / Foto: Saúl López, Cuartoscuro