
Acapulco, Guerrero, a 30 de mayo de 2026.- El Reglamento de Anuncios para la Zona Metropolitana de Acapulco de Juárez se adjudica el mandato de evitar la contaminación visual y la facultad de establecer espacios para la colocación de anuncios.
La ciudad se ve tapizada de anuncios de políticos morenistas, incluida la presidenta municipal, Abelina López Rodríguez; es claro que esa normatividad no se aplica.
En el reglamento de anuncios, lo primero que se nota es que es una norma desactualizada, pues mantiene sanciones en salarios mínimos cuando esta modalidad cambió desde enero de 2016, ahora las multas se cobran en Unidades de Medida y Actualización (UMA). El reglamento en vigor fue elaborado durante el gobierno de Manuel Añorve Baños (2009-2012), es decir que tiene 14 años sin que los ediles crean conveniente su actualización.
El reglamento de anuncios tiene una sección dedicada a “la propaganda política y/o electoral”, que va del artículo 120 al 127.
La misma norma que pretende regular los anuncios, establece que puede haber acuerdos entre el gobierno y los anunciantes, pues en el caso de los anuncios políticos o electorales, la aplicación del reglamento se sujeta a los “convenios” que la autoridad municipal establezca con los actores políticos, indica el artículo 120.
Este artículo dice: “Los anuncios políticos o electorales se sujetarán a las disposiciones que al efecto disponga la autoridad municipal, de conformidad con los convenios que celebre con los diversos actores de este sector”, que en la práctica significa que los actores políticos se pueden anunciar con el permiso del alcalde.
En el artículo 125, el Ayuntamiento se compromete a que los anuncios políticos o electorales “no produzcan contaminación visual ni colocación o fijación excesiva de este tipo de anuncios”, que cuando no se cumpla este artículo, el Ayuntamiento podrá aplicar multas de 500 a mil días de salarios mínimos, pero sujetas a lo dispuesto por el artículo 120, es decir, a los convenios de la autoridad municipal con los actores políticos.
En la actualidad, varios espacios públicos de la ciudad están saturados con propaganda de los actores políticos de Morena, que buscan un cargo de elección popular para los comicios de 2027.
En la mayoría de las principales vialidades de Acapulco, como la avenida Cuauhtémoc, la calzada México-Acapulco, el bulevar Vicente Guerrero, la avenida Lázaro Cárdenas y en la carretera Cayaco-Puerto Marqués se ve la promoción de políticos morenistas.
De entre las frases pintadas en sitios públicos están: “Taja no se raja”,“#Rogelio Ortega”, “es Pablo”, “Pablo Amílcar sí es de Morena”, “todos con Pablo”, “Pablo va”, “July”, “Beatriz Mojica”, “Beatriz Mojica senadora por Guerrero”, “es Jacinto”, “juntos por un Guerrero joven”, “PBI”, “Acapulco sABE”, “Irugami, experiencia que resuelve”, “Iván pa’rriba” y “R el bueno”.
Se sabe que los textos refieren a políticos de Morena, porque son personajes públicos y el color que usan para escribir sus nombres es el guinda, el que identifica al partido.
El texto señala que la Dirección de Licencias de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, “determinará los lugares de uso común para la colocación de anuncios electorales, en bastidores, mamparas y elementos de equipamiento urbano; siendo éstos los únicos sitios para la colocación de los mismos” y advierte que “la colocación de todo anuncio electoral que no esté ubicado en los lugares autorizados, deberá pagar los derechos correspondientes”.
El reglamento prohíbe que se instalen anuncios políticos o electorales en zonas de monumentos.
La norma municipal específica cuáles son los anuncios electorales y políticos, en donde atribuye a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, “vigilar el cumplimiento y la correcta aplicación del presente reglamento y las demás disposiciones aplicables en materia de anuncios” y es la Dirección de Licencias la que otorga los “permisos publicitarios”.
El reglamento específica que un anuncio es “toda expresión gráfica, escrita o auditiva que señale, promueva, muestre o difunda al público cualquier mensaje relacionado con la producción y venta de bienes, con la prestación de servicios y con el ejercicio lícito de actividades profesionales, industriales, mercantiles, técnicas, electorales, políticas, cívicas, culturales, artesanales, teatrales, del folclore nacional o cualquier tipo de espectáculo”.
En el artículo segundo, fracción tres y cuatro, el reglamento detalla que los anuncios electorales son “aquellos regulados en la legislación electoral, quedando incluidos entre éstos los vinculados con actos anticipados de campaña, actos de precampaña o como propaganda electoral durante el período de campaña electoral” y como anuncios políticos define: “Aquellos destinados a la promoción de las ideas y opiniones, que tienen como propósito influir en el sistema de valores de los ciudadanos y en su conducta, dentro del marco de la legislación aplicable”.
Daniel Velázquez


