14 julio,2026 8:02 pm

Presenta PVEM queja contra Somos México… ¡sin firma!

Ciudad de México, 14 de julio de 2026. Por falta de una firma en el documento, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) prevé desechar una impugnación del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) contra Somos México respecto a la fiscalización.

El pasado 25 de junio, el mismo día en que se aprobó el registro de los nuevos partidos políticos, en la Oficialía de Partes del Instituto Nacional Electoral (INE) se presentó un recurso de apelación contra el informe de fiscalización a la agrupación Personas Sumando en 2025 (Somos México).

Somos México, a diferencia de otras agrupaciones, no fue sancionado en el proceso de fiscalización sobre origen y destino de los recursos usados para el proceso de registro.

La agrupación había recibido impugnaciones de parte de Morena sobre doble afiliación de militantes, pero el PVEM no había intervenido contra el partido surgido a partir de la llamada “Marea Rosa”.

De acuerdo al proyecto, el representante suplente del Partido Verde ante el INE, Fernando Garibay, presentó la impugnación a su nombre, pero no firmó el documento.

“Del escrito presentado ante la Oficialía de Partes del INE no se advierten elementos suficientes que permitan verificar que se trate un medio de impugnación promovido por el partido recurrente y tampoco se cuenta con el documento digital que pudiera permitir la verificación de los certificados electrónicos correspondientes, toda vez que se presentó de manera física ante la autoridad responsable”, precisa el proyecto.

En consecuencia, al no contener firma autógrafa, lo procedente es desechar de plano la demanda del recurso de apelación, señala el proyecto presentado por el magistrado Reyes Rodríguez.

“Esta Sala Superior considera que, con independencia de que se actualice una diversa causal de improcedencia, el recurso de apelación debe desecharse de plano, porque carece de firma autógrafa del representante suplente del partido recurrente, ya que la representación o impresión de la firma electrónica no acredita la voluntad procesal del recurrente”, indica el proyecto.

Argumenta que esto es consistente con el Reglamento para el Uso y Operación de la Firma Electrónica Avanzada en el INE, que sujeta su utilización en procedimientos contenciosos a lo que disponga la normativa de la materia.

Somos México está a la espera de que el Tribunal Electoral resuelva la impugnación que se presentó por la instrucción del INE para cambiar nombre, color y tipografía.

Agencia Reforma