28 mayo,2020 5:23 am

Puebla: la ley y la grilla

Humberto Musacchio

 

Se multiplican las protestas contra la Ley Estatal de Educación de Puebla o más bien, sus críticos hacen mucho ruido, pues quieren ver la norma como un incalificable atentado a la propiedad privada y afirman, sin mayores datos, que contiene ambigüedades y aberraciones.

Los quejosos protestan porque se deja a los padres en libertad para adquirir los uniformes y útiles escolares fuera de la escuela, lo que, como es obvio, limita, aunque no suprime, el negocio que tradicionalmente hacen los directivos de cada plantel imponiendo la obligatoriedad de comprarlo todo intramuros.

Otra posible causa de irritación es que el artículo 14 del nuevo ordenamiento establece que en cada escuela “se observarán los lineamientos generales que en la materia emita la autoridad educativa federal, para la venta, expendio y distribución de alimentos y bebidas de alto valor nutricional, en las tiendas de consumo escolar, cooperativas escolares y lugares donde se expendan o consuman alimentos dentro de las instituciones oficiales y particulares de todos los niveles educativos”, pues se pretende, según el mismo artículo, que se fomenten “hábitos para a una vida saludable, así como para prevenir y diagnosticar de manera oportuna la obesidad infantil y juvenil”, lo que impide “realizar o permitir que se difunda publicidad dentro del plantel escolar que fomente el consumo de productos nocivos a la salud, así como realizar o permitir la comercialización de bienes o servicios ajenos al proceso educativo, distintos de alimentos” (las mayúsculas gratuitas son de los diputados poblanos). Por supuesto, tales medidas afectas los intereses de quienes dan autorización para la venta de productos chatarra, la concesión de tienditas y negocios de otro tipo dentro de cada plantel.

La ley sanciona el hecho de “dar a conocer, antes de su aplicación, los exámenes o cualesquiera otros instrumentos de admisión, acreditación o evaluación a quienes habrán de presentarlos”, así como “entregar certificados, constancias, diplomas, títulos y grados académicos a quienes no cumplan los requisitos aplicables”. Sobra decir que lo anterior es una lucrativa actividad de las universidades patito, competidoras de la llamada Universidad del Portal de Santo Domingo, donde hasta un analfabeto puede adquirir un doctorado en física nuclear.

Un punto que ha sido bandera de la derecha, especialmente de los colegios religiosos, es su repulsa al libro de texto gratuito que, sobra decirlo, es de empleo obligatorio en el proceso de enseñanza-aprendizaje en todo tipo de escuelas, pues la pretensión es que cada niño mexicano reciba la misma educación básica. Por eso la ley sanciona el hecho de “rechazar o no utilizar los libros de texto que la autoridad educativa federal autorice y determine para la educación básica”, así como el incumplimiento de “los lineamientos generales respecto al uso de material educativo” para el mismo nivel de enseñanza. Difícilmente la derecha podrá echar atrás esas disposiciones. Ni siquiera lo pudieron hacer Fox y Calderón, los dos presidentes panistas de la docena trágica.

La multicitada ley es “de observancia general en el estado de Puebla y regula la educación que imparten el Estado, los municipios, sus organismos descentralizados y los particulares, con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios”, pero establece que “las universidades y demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía se regularán por las leyes que las rijan”. Sin embargo, el “sistema educativo estatal se integra, además de las autoridades educativas”, con las instituciones gubernamentales, las particulares con reconocimiento de validez oficial de estudios y “las instituciones de educación superior a las que la Ley otorgue autonomía”. ¿Entonces?

Se ha mencionado que la ley atenta contra el derecho de propiedad. En realidad, sólo señala que las instituciones educativas, públicas y privadas, están obligadas a proporcionar a la autoridad la información, facilidades y colaboración que se requiera “para el ejercicio pleno de la función social educativa”, pero nada que autorice al gobierno a expropiar o disponer de los bienes de particulares. Que sea menos.