27 noviembre,2018 6:11 pm

Queda en el aire acceso de PGR a cuentas bancarias sin autorización

Por seis votos contra cinco, la SCJN rechazó hoy invalidar que la PGR tenga acceso directo a cuentas bancarias si necesidad de solicitar autorización judicial.
Ciudad de México, 27 de noviembre de 2018. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no logró aclarar si es válido que la PGR acceda a información bancaria sin orden judicial previa, como lo permite la ley desde hace años.
Por seis votos contra cinco, el Pleno de la Corte desechó hoy un proyecto que declaraba inconstitucional el artículo 42, fracción primera, de la Ley de Instituciones de Crédito, que obliga a los bancos a entregar la información que les requiera la PGR.
El amparo en cuestión, promovido por un acusado de fraude fiscal que ya fue declarado culpable, será retornado a un miembro de la mayoría para que presente un nuevo proyecto en 2019, para cuando la Corte tendrá nuevos Ministros.
La votación no implicó que seis Ministros estuvieran en favor de la constitucionalidad de la facultad de la PGR, pues uno de ellos, Alberto Pérez Dayán, votó en contra del proyecto por razones técnicas, que lo llevaron a concluir que no podía pronunciarse sobre este tema específico en el caso a discusión.
De hecho, Pérez Dayán se pronunció por la inconstitucionalidad del artículo 142, pero en una segunda intervención, aclaró que no podía hacer ese voto en este amparo, presentado por Pedro Guillén Mariscal, quien fue sentenciado a dos años de cárcel por un fraude fiscal de 1.4 millones de pesos.
Al no dictarse sentencia hoy, seguirá vigente el criterio de la Primera Sala de la Corte, que en noviembre de 2017 resolvió con voto de cuatro Ministros que las procuradurías sí requieren orden judicial para obtener información bancaria.
Desde entonces, varios jueces han aplicado el criterio de manera retroactiva, favoreciendo a acusados de fraude fiscal y lavado de dinero, entre ellas, la ex lideresa magisterial Elba Esther Gordillo, el contador del ex Gobernador de Veracruz, Javier Duarte, y Álvaro Emir Garduño, conocido como Lord Rolls Royce.
Pérez Dayán y Fernando Franco afirmaron hoy que este criterio no debería ser retroactivo, sino sólo para nuevas investigaciones.
“De lo contrario, se afectarían de manera desproporcionada investigaciones realizadas por autoridades competentes conforme a la legislación válida”, advirtió Franco.
Aparentemente, los cuatros Ministros de la Primera Sala que votaron el primer precedente en 2017 estaban a favor de la aplicación retroactiva.
Margarita Luna Ramos, Luis María Aguilar y Jorge Pardo se sumaron a Eduardo Medina Mora y Javier Láynez para apoyar la facultad del artículo 142, que según el proyecto de José Ramón Cossío, viola el derecho humano a la vida privada.
“De entre las posibles medidas aptas para permitir que el Ministerio Público recabe pruebas sobre la probable comisión de un fraude fiscal, el simple requerimiento de información financiera constituye la medida menos lesiva y suficiente para permitir la investigación criminal”, dijo Aguilar.
Agregó que, sin la información bancaria, no hay elementos para que se acuda con un juez a solicitar la orden, provocando un círculo vicioso.
Es imposible prever lo que pasará la próxima vez que la Corte discuta el tema, pues se ignora la fecha en que lo hará y cuál será su integración.
Para entonces, podría haber dos nuevos Ministros, en lugar de Cossío, quien se retira este viernes, y de Luna, que lo hará en febrero de 2019, pero también podría haber sólo un reemplazo o ninguno, y la Corte estaría funcionando con 10 o nueve Ministros.
Texto: Víctor Fuentes / Agencia Reforma / Foto: Agencia Reforma