Ciudad de México, 21 de febrero de 2024. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó hoy atraer amparos que buscan despenalizar el aborto en ocho estados.
Por tres votos contra dos, la Primera Sala de la Corte desechó un proyecto que aceptaba la solicitud del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) para reasumir su competencia originaria sobre los ocho litigios.
Los ministros Alfredo Gutiérrez, Margarita Ríos-Farjat y Jorge Pardo votaron contra el proyecto de Juan Luis González Alcántara, que sólo apoyó Loretta Ortiz.
Uno de los integrantes de la mayoría deberá presentar un nuevo proyecto, en fecha por definir, y como es habitual en las sesiones de las salas, no se expusieron argumentos durante la votación pública.
En agosto de 2023, el GIRE pidió a la Corte reasumir amparos que impugnan códigos de 13 estados.
El proyecto rechazado hoy solo abarcaba amparos en Jalisco, Sonora, Tabasco, Michoacán, Chiapas, Querétaro, Tlaxcala y Campeche.
Que la Corte no intervenga por ahora, no quiere decir que los amparos serán negados, sino que los recursos respectivos se mantendrán en los tribunales colegiados de circuito de cada entidad.
Jurisprudencia de la propia Primera Sala obligaría a dichos tribunales a resolver el fondo de los amparos, donde ya también existe criterio del Pleno de la Corte en el sentido de que la penalización es inconstitucional.
Es posible, en paralelo, que los Congresos locales despenalicen por su cuenta, como ya ha sucedido en 12 estados.
El año pasado, la Sala concedió tres amparos contra normas que penalizan el aborto voluntario.
Dos de ellos, promovidos por GIRE, tuvieron el efecto de ordenar la derogación de los artículos de los códigos penales federal y de Aguascalientes que sancionan el aborto en cualquier etapa de la gestación, medida que la Corte nunca había ordenado en una sentencia de amparo.
En el caso del Código Federal, el Congreso de la Unión ni siquiera ha iniciado el proceso para ejecutar el amparo, que puede tomar meses e incluso, si no hay interés de los grupos mayoritarios de Morena y sus aliados, prolongarse más allá de la Legislatura que termina en julio.
El Código Federal, que en este tema no ha sido reformado desde 1931, aplica en hospitales del IMSS, ISSSTE, IMSS-Bienestar y demás instalaciones del gobierno federal.
El otro amparo concedido por la Sala no fue promovido por GIRE, sino por una mujer de Chihuahua, por lo que no tuvo el efecto de ordenar la derogación, sino solo de proteger a la quejosa.
Texto y foto de archivo: Agencia Reforma