27 abril,2018 7:29 am

Revoca el Trife decreto del Congreso que negó la reincorporación de Leyva Mena

Le da cinco días hábiles para un nuevo acuerdo
Texto: Lourdes Chávez
Foto: Archivo El Sur-Eric Chavelas Hernández
Chilpancingo, Guerrero. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó el decreto el Congreso local, que niega la reincorporación del alcalde de Chilpancingo Marco Antonio Leyva, y ordenó emitir un nuevo pronunciamiento en un término de cinco días hábiles.
En su sesión de este martes, sobre la solicitud que hizo el alcalde de ser restituido en el cargo, la Sala Regional de la Cuarta circunscripción Plurinominal de la Ciudad  de México, señaló que la resolución del Congreso carece de fundamento y motivación.
De acuerdo con el análisis, el Congreso sustentó su negativa en el hecho de que el alcalde solicitó su licencia por el resto del periodo de gobierno para el que fue electo. Sin embargo, la Sala razonó que la licencia que se le otorgó fue indefinida, y no definitiva, como pretende hacerlo valer el Congreso.
Los magistrados determinaron que la petición de Leyva Mena de que el tribunal ordene directamente su restitución “es inatendible” en este momento procesal, en atención al principio de separación de poderes, pero ordenó que la  legislatura dicte un nuevo pronunciamiento en el término de cinco días.
En octubre de 2017, Leyva Mena solicitó licencia en el cargo en medio de un escándalo por el conflicto de recolección de basura. En enero de ese año pidió su reinstalación y recurrió a una juicio ciudadano en el Tribunal Electoral del Estado para que Congreso respondiera su demanda.
El tribunal local se declaró incompetente, y el caso se resolvió en la instancia federal, que ordenó una respuesta inmediata. Inconforme con el dictamen recurrió el acuerdo que ayer resolvió, por segunda ocasión, que tome en consideración que la licencia fue indefinida, no definida, y que resuelva en consecuencia.
En otro tema, desechó la denuncia por violencia política de género que promovió la a precandidata del PRD a alcalde de Iguala, Zulma Janet Carbajal Salgado, porque en dos ocasiones reclamó el mismo agravio –falta de claridad sobre la designación de candidaturas–, que en un primer momento fue resuelto por el tribunal local.
En un tercer asunto de Guerrero, los magistrados de la Sala revocaron la sentencia del TEE, que impone una multa económica al PRI, por alrededor de 10 mil pesos,  por incumplir los plazos de reposición del procedimiento para designar al candidato a alcalde de Metlatónoc.
Estimaron que al analizar el asunto, el tribunal local no valoró correctamente la conducta que le había atribuido al partido, y no expuso las razones y fundamentos necesarios para sustentar la sanción.
La Sala federal también determinó que el TEE no estableció los parámetros relativos “a la gravedad e individualización de la sanción y las circunstancias de modo tiempo y lugar”, así como las condiciones socioeconómicas del partido infractor.
En este sentido, el Trife revocó la sentencia contra el PRI y ordenó que se emita una nueva resolución, donde se tome en cuenta estos lineamientos.
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