
Ciudad de México, 25 de septiembre de 2025 .-Tras más de una hora de discusión y con 21 turnos de palabra, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación revocó un amparo concedido a un particular contra el artículo quinto transitorio de la Ley Minera promulgada por López Obrador en 2023, que determinó desechar todas las solicitudes de nuevas concesiones que estaban en trámite. En este caso, la solicitud fue planteada desde 2021.
Se trata de la primera reforma impulsada por el ex presidente Andrés Manuel López Obrador que revisa la nueva corte.
La discusión se prolongó aunque desde el inicio estaba claro que tendrían siete votos a favor de negar el amparo, pues el solicitante no tenía un derecho adquirido, sino apenas una expectativa, frente a dos votos, de Giovanni Figueroa y Arístides Guerrero, quienes consideraban que tenía derecho no a una concesión, sino una respuesta.
La ministra Lenia Batres fue quien propuso revocar el amparo de revisión 583/2024 interpuesto contra la Ley Minera, una de las más de 20 que la mayoría de Morena y sus aliados aprobaron en ultra fast track durante el llamado Viernes Negro del Senado de abril de 2023.
“Las personas que presentaron una solicitud de concesión antes de la entrada en vigor del decreto reclamado no tenían un derecho adquirido a que se les otorgara la concesión, sino una expectativa de derechos respecto de la entrega justamente de ese título de concesión”, indicó.
Quienes apoyaron su propuesta, incluido el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, argumentaron además desde la soberanía que la Nación tiene sobre sus recursos y la facultad de dar por terminada cualquier concesión hasta el establecimiento de nuevos requisitos por lo que, aunque se diera seguimiento a la solicitud del amparo, no conseguiría el derecho.
Estela Ríos y Lenia Batres aplaudieron la nueva Ley Minera.
“Se trata de nuevas finalidades, además del resguardo de la propiedad originaria de la nación, y eso implicó establecer un régimen absolutamente distinto en término de concesiones, que implicó nuevos requisitos que no eran parte del régimen anterior”, dijo Batres.
Aguilar Ortiz, Batres, Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz, Sara Irene Herrerías, María Estela Ríos González e Irving Espinosa votaron a favor de negar el amparo, mientras que Arístides Guerrero y Giovanni Figueroa votaron en contra.
Ya sin discusión, los ministros votaron en el mismo sentido en el Amparo en Revisión 123/2025 interpuesto por un particular que había solicitado una concesión minera desde 2018.
Temas como el Amparo en Revisión 583/2024 se analizaban antes en privado por las Salas de la Corte, por lo que su trámite era más rápido.
La nueva Corte, conformada por ministros elegidos por voto popular, eliminó las dos salas dedicadas a temas penal y civil y administrativos y laborales, y planteó que esos temas sean tratados en el Pleno.
Agencia Reforma


