4 febrero,2022 4:36 am

Revocan condena a indígena por la muerte de su bebé en fallo con visión de género e intercultural

 

La magistrada Indalecia Pacheco resolvió que Aurelia fue discriminada por el sistema judicial porque es mujer, indígena, migrante y por su condición de pobreza. Deberá reponerse el proceso penal, mientras sigue en prisión. El fallo sienta un precedente, señala ONG de derechos humanos

 

 

 

 

 

Chilpancingo, Guerrero, 4 de febrero de 2022. En julio de 2021, Aurelia, indígena de 23 años, recibió una sentencia de 13 años y 4 meses de prisión por el delito de homicidio en razón de parentesco; este 18 de enero de 2022, la magistrada, Indalecia Pacheco León, revocó la condena al identificar que la acusada fue discriminada por el sistema judicial, al ser mujer, indígena, migrante y por su condición de pobreza.

Sin embargo, la joven sigue privada de su libertad, en espera de la reposición del proceso penal por graves violaciones a sus derechos humanos.

En un comunicado, el Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia (IMDHD), dio a conocer el caso de Aurelia, que acompaña legalmente.

Resaltó el fallo de Pacheco León que sienta un precedente “para juzgar con perspectiva intercultural y de género”.

Demandó al Poder Judicial de Guerrero  juzgar con perspectiva de género e intercultural bajo los estándares previstos por esta sentencia, los asuntos que involucren a niñas y mujeres, y que la reposición del procedimiento de Aurelia cumpla con estos parámetros, garantizando la más estricta protección de sus derechos humanos.

La asociación aseguró que en México y en Guerrero, cientos de niñas y mujeres reciben sentencias desde 20 y hasta 60 años de prisión por abortar, o acusadas de homicidio en razón de parentesco.

En la mayoría de los procesos, “no se respetan los derechos humanos de las acusadas, se reproducen estereotipos de género, étnicos y de condición social contra las niñas y mujeres. Tampoco se consideran los contextos de violencia física, sexual, económica, cultural, psicológica y emocional en que viven la situación específica de violaciones a sus derechos sexuales y reproductivos”, recalcó.

No hay datos específicos de casos como el de Aurelia en el estado porque el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) no ha dado a conocer el informe de “revisión de casos judiciales de mujeres privadas de su libertad por e delito de aborto y de homicidio en razón de parentesco en todos los distritos judiciales, para garantizar mediante proceso o recursos legales pertinentes su declaración de inocencia, excarcelación y reparación de daños”.

Es la única medida dictada por el Poder Judicial en la Alerta de las Mujeres Guerrerenses por Agravio Comparado declarada a mediados de 2020, y cuyo periodo de cumplimiento terminó en diciembre pasado.

En este asunto, el instituto señaló que Aurelia “fue orillada a aceptar una sentencia de 13 años y 4 meses de prisión por su supuesta participación en el delito de homicidio en razón de parentesco”.

No obstante que tuvo un embarazo producto de una violación, que no pudo denunciar, “porque nunca tuvo acceso a servicios de salud sexual y reproductiva, ni la posibilidad de interrumpir su embarazo de manera libre y segura”.

Indicó que la joven enfrentó el parto sola y en condiciones insalubres, hasta que un familiar la encontró y la llevó a un hospital, donde le impusieron un implante anticonceptivo sin su consentimiento y la esposaron en el mismo hospital, para después trasladarla al reclusorio, en donde se encuentra actualmente detenida.

Con el acompañamiento del IMDHD y las abogadas Verónica Garzón y Ximena Ugarte, se revirtió la sentencia condenatoria, y la magistrada de la Sala Penal Unitaria del Sistema Penal Acusatorio, con sede en Iguala, Indalecia Pacheco León, ordenó reponer el procedimiento penal.

Del análisis destacaron que la magistrada identificó “situaciones de discriminación hacia Aurelia en el sistema de justicia en particular, y frente a la sociedad en general, por ser mujer, por ser indígena, por ser migrante y por encontrarse en situación de pobreza”.

Señaló la obligación del Poder Judicial de “administrar justicia con perspectiva intercultural y abordar en toda resolución las formas en que el racismo, el patriarcado, el adultocentrismo, la opresión de clases y otros sistemas de discriminación crean desigualdades”.

Confirmó que Aurelia “fue juzgada en un sistema jurídico al que no pertenece y cuyas reglas no comprende, por lo que hizo énfasis en la trascendencia que tiene la total comprensión y el consentimiento de todos los actos que se llevan a cabo dentro de un proceso penal por parte de las personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas, no como mera formalidad, sino con obligaciones reforzadas para las y los operadores de justicia”.

 

 

 

 

 

 

 

Texto: Lourdes Chávez/Foto: Tomada de Internet