26 junio,2025 3:46 am

Sanciona el TEE a una página de Facebook por afectar “la honra y dignidad” de Leticia Mosso

 

Acapulco, Guerrero, a 26 de junio de 2025.-  El Tribunal Electoral del Estado (TEE) por unanimidad sancionó al administrador de un perfil de Facebook, La voz de Tlapa, por hacer comentarios “que afectan la honra y dignidad” de la diputada del PT, Leticia Mosso Hernández, aunque el nombre de la quejosa fue reservado como dato protegido.

El tribunal electoral sancionó conductas que consideró “injerencias arbitrarias en el ámbito de su vida privada y familiar”, de la diputada.

Este es el segundo juicio, por violencia política en razón de género, que promueve la diputada Mosso Hernández ante el TEE, el anterior fue en 2024, contra el empresario Pedro Segura Valladares, quien en ese entonces criticó que haya sido electa como diputada local por la vía plurinominal y se refirió a ella como la pareja del dirigente estatal del PT, Victoriano Wences Real, pero con otras expresiones que motivaron la queja.

La denuncia fue desechada porque en ese entonces los magistrados argumentaron que forma parte de la libertad de expresión del empresario.

En el caso de este miércoles, los magistrados del TEE dividieron en dos el mensaje, publicado el 23 de febrero en el perfil La Voz de Tlapa, que motivó la queja de Mosso Hernández, quien alegó que esa publicación “denostaba su imagen, hacia referencias ofensivas a su vida privada y a la relación con su esposo”, Victoriano Wences.

En la sesión se informó que el mensaje no le gustó a la diputada petista porque critica sus aspiraciones a la presidencia municipal de Tlapa y el periodista los llama, “la familia imperial”. También cuestiona que su integración al Congreso es por representación proporcional, cargo que ha ostentado desde 2018 y que “la ciudadanía de la Montaña no votó por ella”.

Durante su reflexión, los magistrados señalaron que esa parte del mensaje “se dirige a cuestionar el cargo de representación popular que ostenta y el tiempo que tiene desempeñando este cargo electivo, el tipo de elección por el que obtuvo la diputación local y una posible aspiración a cargo de elección popular, por ello, en el proyecto se considera que esa porción de la publicación se ampara en el ejercicio de la libertad de expresión; sin embargo, la siguiente parte de la publicación tiene elementos ajenos al cargo de elección popular que la quejosa ostenta, ya que se trata de injerencias arbitrarias en el ámbito de su vida privada y familiar, que afectan la honra y dignidad, pues revela supuestos acontecimientos de un pasado que en nada se vinculan con el cargo público o con posibles aspiraciones político-electorales futuras o como un interés público en pro del debate político, por lo que esa expresión se encuentra fuera del margen de tolerancia permitido”.

El fallo del TEE se inscribe en el debate nacional que enfrentan gobiernos morenistas de Puebla y Campeche, donde se han modificado leyes para sancionar a los periodistas que son críticos a las autoridades en funciones, y a quienes la presidenta Claudia Sheimbaum Pardo defiende, al afirmar que “hay la mayor libertad de expresión de la historia y no se censura a nadie”.

La sanción impuesta al administrador del perfil de Facebook La Voz de Tlapa, Maximiliano Bello Flores, consiste en una amonestación pública y deberá disculparse tres veces en el mismo perfil donde publicó la nota, hacer un curso de género de manera obligatoria y se le recomendó bibliografía, para la sensibilización, y su nombre será inscrito en el Registro Estatal de Personas Sancionadas por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género por tres meses.

Documentos falsos

Otro de los asuntos que resolvió el TEE fue una queja del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) contra el PT y el ex diputado local Andrés Guevara Cárdenas, por la presentación de un acta de nacimiento “irregular” para acreditar el lugar de nacimiento del entonces candidato a alcalde de Huitzuco, Andrés Guevara, pero quien en los registros anteriores, se consta que su lugar de nacimiento es Atenango del Río, por ello se le negó el registro, se procedió contra el partido postulante y el candidato por la presentación de un “documento irregular”.

En su alegato, Guevara Cárdenas sostuvo que realizó un trámite administrativo en el Registro Civil, para la corrección de datos y cambiar el lugar de nacimiento de Atenango a Huitzuco, información que fue corroborada con la dependencia en mención, por lo que se revocó la petición del IEPC, de aplicar una sanción.

“Con el alcance probatorio de los documentos públicos, ya no existe prueba alguna que permita sostener la acusación de que Andrés Guevara Cárdenas simuló ser originario de Huitzuco, y que el acta que presentó es falsa”.

El detalle que pasaron por alto los magistrados es que la corrección de datos, que hizo el ex diputado local morenista, fue en marzo de 2024 en pleno proceso electoral, cuando él ya se había desempeñado como diputado local y no había considerado oportuno hacer el cambio del lugar de nacimiento.

Daniel Velázquez / Foto: Facebook Tribunal Electoral del Estado de Guerrero