29 abril,2020 10:36 am

Urge Salud estatal a inhumación o cremación inmediata de cuerpos por casos de Covid-19

Emite protocolo para trabajadores del sector y de las funerarias, recomienda que no se realicen velatorios y tomar en cuenta “los principios de precaución y dignidad humana al momento de manipular el cadáver”

Chilpancingo, Guerrero, 29 de abril de 2020. Derivado del incremento de las muertes por contagio del Covid-19, la Secretaría de Salud estatal difundió desde el viernes los lineamientos que deben tomar en cuenta los trabajadores tanto de las instituciones de salud del estado y municipios, como el personal de las funerarias, en los que se recomienda tomar en cuenta “los principios de precaución y dignidad humana al momento de manipular el cadáver”.

Asimismo, a fin de minimizar los riesgos a la salud pública, pide “tomar en cuenta las culturas y religiones de cada región”, pero hacer hincapié “que no deben hacerse velatorios por el alto riego de potencial infección” y realizarse inmediatamente el destino final del cadáver”.

En el documento denominado Manejo de cadáveres infectados por Covid-19 de la Secretaria de Salud, se establecen los lineamientos para la transferencia del cuerpo desde la sala de aislamiento u otro entorno a una funeraria, crematorio o entierro; las actividades y responsabilidades de los prestadores de servicios de salud frente al manejo del cadáver; las actividades y responsabilidades de los servicios funerarios en el traslado y destino final del cadáver, así como las condiciones sanitarias y de seguridad del vehículo fúnebre para el trasporte de cadáveres.

De entrada recomienda al personal encargado de amortajar el cadáver y el equipo funerario, asegurarse que se apliquen los estándares en todo momento, es decir, realizar la higiene de las manos, la limpieza ambiental, incluido el uso adecuado de equipo de protección, como delantal de manga larga, guantes y protección facial utilizando en todo momento máscaras de filtración N95 como mínimo (nunca tapabocas), asociado a la capacidad del cuerpo de trabajadores de expeler aerosoles por vía aérea aún tras la muerte.

Asimismo, se recomienda el uso de sacos mortuorios, o de no contar con ellos, envolver el cuerpo con un paño y retirarlo lo antes posible de la zona de aislamiento, y realizar la limpieza y desinfección terminal de toda la zona y elementos (cama, equipos de la cabecera, colchonetas, puertas, cerraduras, ventanas), incluyendo todos los elementos de protección personal que sean reutilizables.

Asimismo, pide: “tener siempre en cuenta los principios de precaución y dignidad humana al momento de manipular el cadáver”.

Pide que el alistamiento del cadáver se realice teniendo en cuenta el destino final de este; sea la cremación o la inhumación en sepultura o bóveda.

Establece igualmente que el transporte, la cremación o inhumación, según sea el caso, se efectuará en el menor tiempo posible, “con el fin de prevenir la exposición de los trabajadores y comunidad general al virus Covid-19”.

Asimismo se instruye que para minimizar los riesgos a la salud pública, “de ninguna manera se deben realizar rituales fúnebres”, y que estos se podrán hacer posterior a su cremación (alternativa más indicada) o inhumación (en caso de no poder ser cremado según las alternativas encontradas en el territorio).

Agrega que después de realizado el alistamiento del cadáver, debe ser trasladado al vehículo funerario que lo llevará al sitio de destino final (horno crematorio y/o cementerio).

“El cadáver únicamente podrá salir de las instalaciones del prestador de servicios de salud, cumpliendo con la documentación para garantizar la cremación o inhumación segura de este”, refiere el documento.

En seguida añade que el cuerpo será entregado al personal que realizará el servicio funerario de traslado hacia el destino final definido.

Además que “se deben tomar en cuenta las culturas y religiones de cada región, y hacer hincapié que no debe hacerse velatorios por el alto riego de potencial infección, así como el riego para el personal funerario en el embalsamiento, por lo que no se recomienda la realización del mismo”, y realizarse inmediatamente el destino final.

Establece que el cadáver será evacuado a través de la ruta interna definida por cada hospital, en el menor tiempo posible, aislando la zona de transeúntes o personal no relacionado al alistamiento y traslado del cadáver, y que se ubicará en el vehículo fúnebre de traslado, el cual deberá ser de uso exclusivo para tal fin.

“El traslado del cadáver al cementerio se deberá realizar en lo posible, a través de una ruta corta y rápida”. Asimismo pide que el personal que trasportó el cadáver hará entrega de este en el área del horno crematorio o en el sitio de inhumación al personal del cementerio, quienes realizarán los correspondientes procedimientos de inhumación o cremación según el caso.

“Luego de la entrega del cadáver, se debe realizar inmediatamente el procedimiento de desinfección del vehículo y los elementos empleados para el traslado del cadáver de acuerdo a los procedimientos de bioseguridad”,

Se recomienda también para el traslado de los cadáveres una unidad especial que cuente con el equipo y kit de limpieza suficiente, y a fin de disminuir algún tipo de contaminación, se recomienda recubrir el vehículo transportador con plástico polietileno calibre 4.

Texto: Zacarías Cervantes / Foto: Archivo