27 septiembre,2024 6:10 am

Revoca Sala Regional del Trife fallo del TEE y otorga la alcaldía de Tierra Colorada a MC

Chilpancingo, Guerrero, a 27 de septiembre de 2024.- La Sala Regional en la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife), determinó modificar el resultado de la elección de alcalde del municipio de Juan R. Escudero (Tierra Colorada), por lo que le revocó el triunfo al candidato del PVEM Gustavo Gatica Navarrete y se lo otorgó al abanderado de Movimiento Ciudadano (MC), Óscar Sanchez Luna.

En sesión celebrada la tarde de ayer jueves, por unanimidad, el pleno de la Sala Regional Ciudad de México revocó la resolución del Tribunal Electoral del Estado (TEE) del pasado 7 de agosto, que modificó el cómputo municipal de la elección del ayuntamiento de Juan R. Escudero y confirmó la declaración de validez que dio el triunfo al candidato del PVEM.

La elección municipal de Juan R. Escudero fue una de las pocas de MC decidió impugnar por la poca diferencia que obtuvo en la votación, de alrededor de 45 votos, de acuerdo con los primeros cómputos distritales dados a conocer.

Al confirmar el TEE el triunfo del PVEM, MC acudió a la segunda instancia que es la Sala Regional Ciudad de México del Trife, donde al resolver el juicio SCM-JRC-178/2024 y acumulados, el pleno sostuvo que el TEE actuó de manera correcta al corregir los resultados de una casilla, ya que MC presentó pruebas claras y certificadas del error. En específico, una copia certificada del acta de escrutinio y cómputo de una casilla, la cual indicaba que obtuvieron 93 votos, no 43 como había registrado el Consejo Distrital.

En el proyecto, la Sala Regional consideró que el TEE actuó de manera adecuada al anular la votación en un casilla en la que se denunció que una persona integrante de mesa directiva no pertenecía a la sección en la que actuó como primera secretaria.

La irregularidad en que la que Sala Regional no compartió la determinación del TEE fue en “la decisión de anular la votación de dos casillas por la presunción de que hubo una disminución en la calidad del desarrollo de las labores del funcionariado electoral debido a que las personas funcionarias de una mesa tuvieron que recibir la votación para toda una sección, no encuentra soporte en la normativa federal y local, que específica de manera clara y precisa las causales de nulidad”, indicó el proyecto de la Sala Regiona”.

Por este hecho la Sala Regional revocó la resolución del TEE “y al advertir que de la recomposición de la votación existe un cambio de ganador, ordenó al instituto local emitir la constancia respectiva al candidato de Movimiento Ciudadano y dejar sin efectos la otorgada a la candidatura del PVEM”.

Texto: José Miguel Sánchez